Qué dice la Ley laboral para presos

La modificación al Código de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad busca que a partir de ahora los reclusos trabajen para obtener beneficios. Los detalles.

Qué dice la Ley laboral para presos

El proyecto de ley impulsado por Cornejo contó con el aval de la mayoría del Senado. Foto: Prensa Legislatura.

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Los presos y el trabajo

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Unidiversidad / Nicolás Nicolli

Publicado el 10 DE MAYO DE 2017

El gobernador Alfredo Cornejo logró tener más rápido de lo que pensaba la ley que anunció durante su discurso del 1° de Mayo para obligar a los presos a que trabajen.  Es que este miércoles 10, la Cámara de Diputados convirtió en ley esa iniciativa que ayer tuvo sanción inicial en el Senado.

El proyecto fue aprobado por mayoría, mientras que el bloque FIT votó en contra y se abstuvieron de votar Lucas Ilardo y Patricia Galván (FPV). Cuando la norma sea promulgada por el mandatario, los presos estarán obligados a trabajar y el Gobierno deberá generar más de 2000 empleos.

 

En los fundamentos del proyecto, el Poder Ejecutivo destaca: “Tanto el delito como la reincidencia han crecido a niveles inusitados en la Argentina. No se ha cumplido el fin de la resocialización, salvo en porcentajes tan mínimos que ni siquiera llegan a configurarse como excepciones a la regla; y a su vez, la reiterancia de delitos implica que el sistema en general propende a que quienes cometen delito lo vuelvan a hacer”.

La nueva ley prevé así la obligatoriedad de los presos con condena de Mendoza de trabajar para poder acceder a ciertos beneficios, como la prisión domiciliaria o salidas transitorias. Actualmente sólo el 20 % de los 2400 reos de la provincia trabajan y la gran mayoría lo hace de manera informal. Esta norma, por el contrario, busca que todos los presos condenados de las cárceles provinciales trabajen y reciban un salario para ayudar a su familia, retribuir monetariamente a las víctimas de sus actos delictivos y ahorrar para el momento de su salida en libertad.

El sistema de reinserción se desarrollará primando las labores en todas sus formas, en la capacitación, en la educación, en la introyección en el rol de las víctimas y en la retribución hacia las mismas. “Los derechos de la persona privada de libertad serán equivalentes a los derechos de los ciudadanos de la provincia de Mendoza, siempre que se encontraren en condiciones de igualdad”, explica otra parte del proyecto aprobado.

La reforma convoca por primera vez a las víctimas del delito a participar en el sistema penal y crea un régimen que traza ejes, que promueve que los presos trabajen y se capaciten para conseguir disminuir los índices de “reiterancia” y reincidencia de quienes están privados de su libertad.

Apenas una semana después del anuncio del gobernador Alfredo Cornejo, el Senado de Mendoza aprobó este martes 9 de mayo el proyecto de reforma a la Ley Provincial 8465, que obliga a los presos a trabajar con el fin de acceder a beneficios en su condena. La propuesta del oficialismo contó con el aval del Partido Justicialista (PJ) –salvo en los artículos 4 y 16– y recibió el rechazo del Frente de Izquierda y de los Trabajadores (FIT).

Después de calurosos debates en comisiones, el peronismo adelantó que daría el cuórum en el Senado para la sesión del 9 de mayo, y que votaría a favor de la reforma impulsada por el Poder Ejecutivo. Finalmente, la modificación al Código de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad tuvo 32 votos afirmativos, así como también dos negativos del FIT y dos abstenciones del bloque peronista: Luis Böhm y Guillermo Amstutz.

Durante ese debate, la senadora María José Ubaldini (PJ) expresó su apoyo al proyecto de ley, pero cuestionó que aquel interno que no quiera trabajar deberá seguir en el régimen y no podrá acceder a la calificación de buena conducta. La justicialista recalcó que, en la actualidad, sólo el 8 % de los internos trabaja y que los demás no pueden hacerlo por el hacinamiento, pese a que tienen la voluntad.

Los miembros del bloque justicialista, ante la ausencia del tema en el proyecto oficial, pidieron que los agresores sexuales tengan un tratamiento psicológico apropiado, debido a que el trabajo y la educación no son condiciones suficientes para reinsertarse en la sociedad cuando cumplan su condena.  

 

Noelia Barbeito, del Frente de Izquierda, acusó a Cornejo de hacer "demagogia punitiva" y votó en contra, junto a su compañero de bloque Víctor da Vila. Foto: Prensa Legislatura.

Pese al aval general de su bloque, los senadores peronistas Luis Böhm y Guillermo Amstutz coincidieron con Barbeito, ya que entienden que la normativa impulsada por el Gobernador "distrae la atención y tapa la falta de estrategias para el futuro de Mendoza". Asimismo, ambos aseguraron que el Ejecutivo provincial escracha a quienes votan en contra de sus medidas, por lo que decidieron abstenerse.

Otro punto cuestionado por la oposición fue el artículo 16 del proyecto, que permite a la víctima acceder al legajo del delincuente. El PJ votó negativamente y argumentó que la persona afectada puede conocer datos de los familiares del recluso y  del domicilio, lo que avasalla el derecho de la intimidad.

 

Qué quiere modificar Cornejo

"Quiero terminar con las cárceles de máxima ociosidad", afirmó el gobernador Alfredo Cornejo en su discurso del 1.º de mayo en la Legislatura provincial. Con la reforma exprés en la Legislatura, la intención del Ejecutivo es obligar a los presos a trabajar y capacitarse, con el fin de que devuelvan el "costo" que le generan a los mendocinos, ya que la legislación vigente lo define como un "derecho voluntario".

Cornejo y las cárceles de máxima ociosidad

El gobernador anunció el envío a la Legislatura un proyecto que obliga a trabajar a los condenados. Dijo que el garantismo sólo privilegió los derechos del victimario por sobre los de las víctimas. Los puntos centrales de la iniciativa.

La iniciativa de Cornejo no es ninguna revolución en la vida carcelaria, porque ya existe la Ley Nacional 24660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, que presenta como "derecho" y "deber" el trabajo de los reclusos para su adecuada resocialización, para el fortalecimiento de la dignidad humana y para el estímulo de actitudes solidarias.

Sin embargo, tal como sucede con otras realidades del país, la normativa no se está cumpliendo como debería. La reforma de Cornejo agrega y define, en el artículo 4, "las labores dentro de las celdas y módulos de alojamiento como un deber primordial en la ejecución", lo que significará, en caso de aprobarse, que el trabajo deberá incorporarse como actividad de carácter permanente y no de forma voluntaria, como la Ley Provincial 8465 lo indicaba en su artículo 7.

La obligatoriedad del trabajo será para todos los condenados, aunque no regirá para los procesados –aquellos que todavía no tienen sentencia– y será una opción. El compromiso laboral les permitirá acceder a ciertos beneficios, como salidas transitorias y domiciliarias.

Ambas leyes, incluso, establecen cómo se divide la remuneración que las personas reciben por su labor. Al contrario de lo que muchos creen, el dinero no queda solamente para el preso, sino que se reparte para intentar reparar el daño que se causó a la víctima, para resguardar a la familia del recluso y, finalmente, para su manutención dentro de la cárcel.

 

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