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Así lo expresó la directora del Vacunatorio Central, Iris Aguilar. Si bien la nueva ley prevé que los adultos presenten una constancia de vacunación, aclaró que esto no será un impedimento para obtener una documentación. Los beneficios de la norma.
La ley ratifica que la vacunación es una política de Estado, así como su gratuidad y obligatoriedad. Foto: Prensa Casa Rosada.
Concientizar, no sancionar. Con esas palabras, la directora del Vacunatorio Central, Iris Aguilar, definió el espíritu de la nueva Ley de Vacunas, que reafirma la política de Estado en esta materia, su obligatoriedad y gratuidad, y que prevé que los ciudadanos presenten una constancia de vacunación para realizar algunos trámites, aunque esto no será un impedimento para que obtengan el DNI o la licencia de conducir.
Este último punto fue el que se replicó en muchos medios de comunicación y generó consultas de los ciudadanos. Sin embargo, Aguilar dejó en claro que el fin último no es sancionar y que en la propia norma se aclara: “La falta de cumplimiento de la presentación establecida no será obstáculo en la prosecución de los trámites".
Más allá de este aspecto, la profesional destacó los beneficios que conlleva esta norma, que reafirma la política pública en materia de vacunación y prevé distintos mecanismos para que los ciudadanos comprendan su importancia en la prevención de enfermedades.
En qué consiste la Ley de Vacunas que sancionó el Congreso
Sin debate, los senadores aprobaron sobre tablas y por unanimidad, una norma para garantizar la gratuidad y obligatoriedad de las vacunas. Cuáles son los puntos principales.
Puntos clave
El 12 de diciembre, el Congreso aprobó por unanimidad la Ley de Vacunación, que reafirmó a la vacunación como una política de Estado, así como su gratuidad y obligatoriedad. Además, determinó que el Estado nacional es el responsable de adquirir los insumos y proveerlos a las 24 jurisdicciones.
La norma no está reglamentada, por lo que aún no existen detalles de su aplicación a nivel nacional ni provincial, según informaron desde el Ministerio de Gobierno.
La iniciativa determinó que la certificación de las vacunas incluidas en el Calendario Nacional será requerida para realizar diversos trámites, como el ingreso y egreso del ciclo lectivo y para la tramitación o renovación de DNI, pasaporte, certificado prenupcial, residencia, licencia de conducir y tramitación de asignaciones familiares. Si bien este punto generó confusión, en la misma norma se especifica que esto no significará un impedimento para la concreción del trámite.
Las evidencias científicas demuestran las ventajas de las vacunas
Así lo aseguró el Rubén Cerchiai, coordinador de Epidemiología de la provincia de Mendoza, quien reflexionó en torno a la obligatoriedad o no del calendario de vacunas. El médico destacó que, si bien el proyecto de ley presentado por la diputada ...
La importancia de concientizar
La titular de Vacunatorio Central ratificó la importancia de esta ley en materia de concientización y dijo que fueron muchos los profesionales y las organizaciones científicas que bregaron por su aprobación.
Aguilar explicó que como la norma aún no está reglamentada, para lo cual hay un plazo de 120 días luego de la aprobación, no se sabe cuáles son las vacunas que se incluirán para adultos. De todas formas, explicó que seguramente quedarán comprendidas la doble de adultos (contra la difteria y el tétanos) y la de Hepatitis B, que están disponibles en todos los efectores en forma gratuita.
La profesional destacó la importancia de que los adultos se apliquen ambas vacunas; en el primer caso teniendo en cuenta que existe un brote de difteria en Venezuela; en el segundo, que las secuelas de esta enfermedad son importantes y causantes de muchos trasplantes hepáticos.
Aguilar dijo que el éxito de la vacunación universal y gratuita es el factor que –paradójicamente– a veces produce un rebrote de enfermedades. Esto sucede porque existe un relajamiento en la población al no existir por años casos de alguna enfermedad, pero que con el tiempo pueden tener un rebrote, como es el caso de la difteria en Venezuela.
Sin cambios en los trámites
Tanto desde la oficina de prensa del Ministerio de Gobierno como desde la Unidad Ejecutiva de Seguridad, informaron que aún no reciben ninguna directriz desde la Nación sobre la aplicación de esta ley en Mendoza.
Desde la oficina de prensa del Ministerio de Gobierno, informaron que no recibieron ninguna directiva desde el Registro Nacional de las Personas (Renaper), que es el organismo encargado de la tramitación del DNI y los pasaportes.
Del mismo modo, el director de la Unidad Ejecutiva de Seguridad, Hugo Fiorens, explicó que aún no existe información al respecto y que la normativa la establece Nación, teniendo en cuenta que el carnet de conducir que se expide en Mendoza tiene validez en todo el país.
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