La Justicia condenó este miércoles a Lázaro Báez a 12 años de prisión por lavado de dinero de fondos provenientes de la corrupción. También fueron culpados Fariña, Elaskar, Rossi y los hijos de Báez.
La Justicia condenó a Lázaro Báez a cumplir 12 años de prisión por maniobras de lavado de dinero por más de 55 millones de dólares entre 2003 y 2015. Foto: Diario 26
Se terminaron el misterio y las especulaciones alrededor de la causa que definía a los culpables por la ruta del dinero K. Finalmente, la Justicia condenó este miércoles al empresario Lázaro Báez a 12 años de prisión, al término del juicio oral en el que se lo investigó por maniobras de lavado de dinero por más de 55 millones de dólares entre 2003 y 2015.
La Fiscalía había pedido una condena de 12 años de cárcel y una multa de $ 2121 millones para el empresario. Pese al cambio de gobierno, las querellas que representan al Ejecutivo también habían solicitado penas muy altas: 8 años y 6 meses desde la Oficina Anticorrupción, 9 años por parte de la Unidad de Información Financiera (UIF) y 8 años desde la AFIP. La decisión de los jueces Adriana Palliotti, Guillermo Costabel y María López Iñíguez generó la reacción de Jorge Lanata, el periodista que destapó el escándalo en su programa de televisión y motivó la investigación que impulsó el fiscal federal Guillermo Marijuan.
La maniobra incluyó la participación de hijos de Báez y de otros nombres de su entorno, que también recibieron duras penas.
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El resto de los condenados
- Martín Báez: 9 años de prisión, multa de 7 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de coautor.
- Jorge Chueco: 8 años de prisión, multa de 5 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de coautor.
- Daniel Pérez Gadín: 8 años de prisión, multa de 5 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de coautor.
- Juan Alberto De Rasis: 6 años de prisión, multa de 4 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
- Julio Enrique Mendoza: 6 años de prisión, multa de 3 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de coautor.
- Leonardo Fariña: 5 años de prisión, multa de 5 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en calidad de coautor. La pena fue reducida en 3 años por haber colaborado como imputado arrepentido.
- Leandro Báez: 5 años de prisión, multa de 3 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
- Eduardo Guillermo Castro: 5 años de prisión, multa de 3 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
- Fabián Rossi: 5 años de prisión, multa de 4 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
- César Gustavo Fernández: 5 años de prisión, multa de 4 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
- Walter Adriano Zanzot: 5 años de prisión, multa de 3 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
- Federico Elaskar: 4 años y 6 meses de prisión, multa de 3 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
- Martín Andrés Eraso: 4 años y 6 meses de prisión, multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
- Claudio Fernando Bustos: 4 años y 6 meses de prisión, multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
- Carlos Juan Molinari: 4 años y 6 meses de prisión, multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos en carácter de autor.
- Alejandro Ons Costa: 4 años de prisión, multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
- Melina Báez: 3 años de prisión, cuyo cumplimiento será dejado en suspenso, y multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe secundaria.
- Luciana Báez: 3 años de prisión, cuyo cumplimiento será dejado en suspenso, y multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe secundaria.
- Daniel Alejandro Bryn: 3 años de prisión, cuyo cumplimiento será dejado en suspenso, y multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos en carácter de autor.
- Juan Ignacio Pisano Costa: 2 años y 6 meses de prisión, cuyo cumplimiento será dejado en suspenso, y multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe secundario.
- Jorge Norberto Cerrota: 2 años y 6 meses de prisión, cuyo cumplimiento será dejado en suspenso, y multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe secundario.
En los casos de Luciana y Melina Báez, Bryn, Pisano Costa y Cerrota, deberán además cumplir tareas en un patronato durante dos años.
En tanto, fueron absueltos Eduardo César Larrea, Santiago Walter Carradori, Mario Lisandro Acevedo Fernández, Christian Martín Delli Quadri y Sebastián Ariel Pérez Gadín.