Un ginecólogo, culpable por no practicar un aborto

La Justicia de Río Negro condenó a Leandro Rodríguez Lastra, el profesional que no garantizó el protocolo de aborto no punible con una joven de 19 años violada y embarazada por un familiar en 2017.

Un ginecólogo, culpable por no practicar un aborto

Rodríguez Lastra, el médico declarado responsable. Foto: Página 12

Sociedad

Aborto no punible

Unidiversidad

Fuente: Télam y Página 12

Publicado el 21 DE MAYO DE 2019

La Justicia de Río Negro declaró responsable de incumplimiento de los deberes de funcionario público al ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra por no realizar un aborto no punible a una joven de 19 años violada y embarazada por un familiar en 2017 en Cipolletti, quién permaneció internada en un hospital hasta el momento de parir.

El fallo del juez de Río Negro Álvaro Maynet permitió, sin embargo, que el ginecólogo continúe con sus tareas profesionales hasta tanto se de a conocer el tiempo de la pena y que ésta quede firme en las próximas audiencias.

La pena prevista es de un mes hasta dos años de cárcel "por lo que Rodríguez Lastra no pasaría tiempo tras las rejas", dijeron fuentes judiciales, que indicaron que la inhabilitación para ejercer su profesión será por el doble de tiempo de la pena que se establezca. 

Tras el fallo, el juez argumentó las circunstancias en las que un aborto se considera no punible según el artículo 86 del Código Penal y la ley rionegrina 4796, y resaltó que Rodríguez Lastra no estaba inscripto en el registro de objetores de consciencia.

El fiscal Santiago Márquez Gauna había considerado que el ginecólogo no respetó el deseo de la víctima y se negó a realizar la práctica reglamentada en las leyes provinciales porque no le creyó a la joven cuando dijo que había sido violada, ni tampoco lo hizo con las profesionales que se comunicaron con él. 

La defensa del médico, a cargo de los abogados Damián Torres y Juan Pablo Chirinos, indicó que la responsabilidad fue de las médicas que atendieron a la víctima en el Hospital de Fernández Oro y aseguraron que no existió un proceso abortivo por lo que no habría podido ser revertido. 

A su vez, destacaron que los medicamentos que le dio a la joven fueron para tratar la fiebre y el proceso infeccioso con el que el 22 de abril de 2017 ingresó al hospital de Cipolletti cuando el embarazo cumplía 22 semanas de gestación.

Según Página 12, el médico contó en distintos reportajes que luego de evaluar el caso resolvió impedir que el aborto se produzca mediante la aplicación de medicamentos, accionando contrariamente a lo indicado por la ley provincial 4.796, el decreto provincial 182/2016 y la ley nacional 26.485. 

Luego de hacerse público el hecho, el ginecólogo y la doctora Yamila Custillo –quien finalmente quedó fuera de la acusación en mayo de 2018–, fueron denunciados por la diputada por Río Negro, Marta Milessi, defensora y autora de la ley 4796 que regula y controla la atención sanitaria en casos de abortos no punibles. La joven fue obligada a seguir con un embarazo no deseado y el bebé fue dado en adopción.

sociedad, aborto no punible, río negro, justicia, ginecólogo, responsable,