Tras el ajuste de personas en la planta estatal, el Gobierno hizo reformas en el empleo público

El Ministerio de Desregulación, encabezado por Federico Sturzenegger, decretó cambios para ingresar al Estado. Además, modificó reglamentaciones para la disposición del personal. Chequeado resumió 5 reformas clave.

Tras el ajuste de personas en la planta estatal, el Gobierno hizo reformas en el empleo público

Javier Milei le tomó juramento a Federico Sturzenegger a principios de julio en Casa Rosada. Foto publicada en ambito.com

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Publicado el 08 DE AGOSTO DE 2024

Tras los primeros seis meses de la gestión encabezada por Javier Milei, el Indec difundió números duros del ajuste llevado adelante en la planta de empleados públicos de la Nación. El líder de La Libertad Avanza había prometido echar a decenas de miles de personas durante la campaña y, ya en funciones, sostuvo lo mismo. Más allá de lo discursivo, al cierre del primer semestre, una parte de esa promesa se hizo realidad. Asimismo, el Ejecutivo nacional avanzó en reformar el sistema de ingreso al Estado, pero hay matices en cuanto a la profundidad de las medidas.

El dato más importante que se dio a conocer a finales de julio fue del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), que publicó que la dotación total de personal de la administración pública, empresas y sociedades del Estado disminuyó en 28.138 empleados entre el 31 de diciembre de 2023 y el 30 de junio de 2024. Esta información fue tomada por Chequeado, que agregó que las personas empleadas pasaron de ser 341.473 el último día de diciembre a 313.335 el último día de junio. Esto es una reducción del 8,2 %.

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Este número, hoy, está lejos de los 70 mil puestos que Milei había prometido arrasar en el marco del “plan motosierra”.

Trabajar en la Administración Pública Nacional

En los primeros días de agosto, salió publicado en el Boletín Oficial el Decreto (N.º 695/24), que reglamentó más puntos de la Ley Bases y establece modificaciones en relación con el empleo en la Administración Pública Nacional (APN). Esta norma fue promovida y celebrada por el integrante más reciente del Gabinete, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

El decreto establece una evaluación obligatoria y anónima para el ingreso y la promoción, y se endurecen las sanciones por incumplimientos, incluyendo descuentos por días de paro y posible cesantía por inasistencias reiteradas. En tanto, se modifican los plazos para iniciar trámites jubilatorios y se crea un registro de personal en situación de disponibilidad para casos de reestructuración de una unidad.

Chequeado resumió en 5 puntos las claves de la reforma

1- Un examen obligatorio para ingresar en la administración pública

El nuevo decreto establece una “evaluación general de conocimientos y competencias” como requisito previo y obligatorio para el ingreso a la Administración Pública Nacional. Esta evaluación será diseñada y reglamentada por la autoridad de aplicación y será anónima.

Según Sturzenegger, “el examen lo deberá rendir cada empleado público que ingrese y su resultado lo determinará una computadora”, y “solo podrá proseguir el proceso de contratación quien obtenga una nota superior a la de corte”.

El objetivo, de acuerdo con el ministro, es que no se repita “la estrategia desarrollada por el kirchnerismo en su retirada de ‘minar’ al Estado de militantes sin las competencias básicas para sus tareas. La clave es que la nota del examen es objetiva, es decir, sin interferencia humana”.

La autoridad de aplicación determinará el puntaje mínimo requerido para la aprobación del examen y la cantidad de intentos que se podrán rendir. Esta evaluación se aplicará tanto para el ingreso como para la promoción en la carrera administrativa y la asignación de funciones de jefatura.

Sin embargo, ya existían exámenes de ingreso en varios organismos del Estado. Juan M. Graña, doctor en Economía, investigador independiente de Conicet, explicó a Chequeado: “El acceso a los puestos de planta permanente ya está regido por examen de ingreso”.

Además, Demián García Orfanó, economista y delegado de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) en el Ministerio de Economía de la Nación, explicó a Chequeado: “El decreto agrega un examen adicional para contratos artículo 9, sin aclarar si cada vez que te renuevan el contrato te lo vuelven a tomar”. Los contratos “por artículo 9” del Decreto 1421/2022, que es el que modifica este nuevo decreto, son los conocidos como de planta transitoria.

2- Descuento por paro y sanciones disciplinarias por incumplimiento de los empleados

“El régimen disciplinario se endurece al brindarles más poder a los funcionarios para sancionar conductas de incumplimiento de los empleados. A su vez, se determina la obligatoriedad del descuento por día no trabajado por paro”, escribió Sturzenegger en su cuenta de X. Aunque en las modificaciones publicadas en el anexo 1 del decreto no se habla específicamente de “paro” ni de “huelga”, sí se indica que, en caso de “dos inasistencias consecutivas sin justificación, el titular de la unidad de recursos humanos deberá intimar al agente”; es decir, al empleado público, para que retome sus tareas y “justifique sus inasistencias”.

En caso de no hacerlo y “existiendo inasistencias injustificadas que excedan los tres (3) días continuos, quedará configurada la causal de abandono de servicio, aplicándose la sanción de cesantía”.

Solo por incumplimiento del horario, se establecen las siguientes medidas: “hasta 3 incumplimientos en 12 meses: un apercibimiento”, y “4 o más incumplimientos en 12 meses: entre 2 y 30 días de suspensión, según determine la autoridad”. Respecto de las inasistencias injustificadas, el decreto establece que por una inasistencia en 12 meses puede corresponder el apercibimiento, y por 2 o más inasistencias en 12 meses, entre 2 y 30 días de suspensión. Esto significa que, además del descuento por la falta, se imponen sanciones disciplinarias.

3- Cambios en los plazos para iniciar el trámite jubilatorio

El decreto modifica los plazos y procedimientos para la intimación a jubilarse. La unidad de recursos humanos de la jurisdicción u organismo donde trabaja la persona deberá efectuar la intimación para iniciar el trámite jubilatorio.

“El agente intimado tendrá un plazo de 60 días corridos para acreditar el inicio del trámite”, indica el decreto. Si no lo hace, será dado de baja, “salvo que demuestre que la demora no le es imputable, en cuyo caso se otorgará una prórroga por el mismo plazo”.

Una vez acreditado el inicio del trámite, la persona podrá continuar trabajando por un máximo de 180 días corridos (6 meses) o hasta que le llegue la jubilación. Esto reduce a la mitad el tiempo que se disponía antes, que era de un año.

4- Se regulan las contrataciones temporales

El decreto regula el régimen de contrataciones por tiempo determinado y designaciones en plantas transitorias. Indica que estas contrataciones estarán destinadas exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio o estacional. Las actividades transitorias incluyen servicios, asesoramiento técnico especializado, coordinación y desarrollo de programas de trabajo y proyectos especiales, o para atender incrementos no permanentes de tareas.

Para las actividades estacionales, se permite la incorporación de personal a una planta transitoria con designación a término, cuyas características serán reguladas por la autoridad de aplicación.

Además, se establece que el personal contratado y el incorporado a plantas transitorias carecen de estabilidad y su contrato puede ser rescindido o la designación cancelada en cualquier momento. Según Sturzenegger, estos cambios buscan “profesionalizar el empleo público y hacerlo más eficiente”.

5- Se crea un registro de personal en situación de disponibilidad

El decreto introduce también modificaciones en el régimen de disponibilidad para el personal afectado por reestructuraciones o reducciones de personal.

Se crea un registro de personal en situación de disponibilidad, que funcionará en el ámbito del ministerio que dirige Sturzenegger. Este registro permitirá un mejor seguimiento y posible reubicación del personal afectado por medidas de reestructuración o reducción de la dotación óptima necesaria.

Sturzenegger escribió: “Se reglamenta el proceso de disponibilidad. Cuando una unidad se elimina o está sobredimensionada, el personal puede ser puesto en disponibilidad. Durante el periodo de disponibilidad, cobrará el sueldo, dependiendo de su antigüedad, por un período de hasta 12 meses”.

Y agregó: “Durante este período, podrá capacitarse. Si consigue trabajo en el sector privado, la empresa podrá tomar a cuenta los sueldos del Estado, generando una oportunidad de reinserción rápida para estos trabajadores”.

Fuente: Con información publicada en chequeado.com

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