Supermercados de Ciudad dejan de entregar bolsas de plástico
La medida comienza a implementarse este miércoles. Tampoco podrán darse sorbetes en los espacios gastronómicos.

Foto publicada en Los Andes
Unidiversidad / Fuente: Los Andes
Publicado el 01 DE SEPTIEMBRE DE 2021
La Municipalidad de la Ciudad de Mendoza comunicó la entrada en vigencia de la ordenanza que establece la prohibición de venta de bolsas plásticas en los supermercados e hipermercados. Los comercios minoristas tendrán plazo de adaptarse hasta el 1-° diciembre. La medida se aplica desde hace tiempo en el departamento de Godoy Cruz, por ejemplo. Desde este 1.° de septiembre, las y los vecinos de la capital mendocina deberán asistir a los supermercados con sus propias bolsas o carrito, ya que las empresas no podrán ofrecer bolsas no biodegradables.
La ordenanza 4000/2020 fue aprobada en junio del año pasado 2020, pero no se había puesta en vigencia. En julio de 2021, el municipio postergó el comienzo de la medida debido al "perjuicio económico" que la pandemia estaba ocasionando en diversos sectores productivos y emprendimientos, se argumentó desde Ciudad.
La medida establece la prohibición de venta de bolsas en los supermercados e hipermercados. Además, veda la venta, el expendio y el uso de sorbetes plásticos en locales comerciales y gastronómicos.
Comercios mayoristas, autoservicios, venta de sustancias alimenticias minorista y de consumo familiar, comercios netamente minoristas, minimercados, almacenes y dietéticas deberán implementar esta ordenanza a partir del 1.° de diciembre.
La Dirección de Ambiente y Desarrollo Sostenible será la encargada de darle cumplimiento al decreto municipal. Por su parte, la Dirección de Comercio será la autoridad a cargo de fiscalizar los casos de violación de la norma. En caso de detectar una infracción, el área labrará el acta correspondiente.
Multas
Los supermercados, hipermercados e industrias que entreguen bolsas plásticas recibirán multas:
- Primera infracción: apercibimiento;
- Segunda infracción: multa de 2000 UTM;
- Tercera infracción: multa de 4000 UTM.
En caso de una nueva infracción, se procederá a la clausura del establecimiento.
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