
Suarez promulgó la ley que obliga a quienes aspiren a un cargo a tener “Ficha Limpia”
De esta manera, Mendoza se convierte en la primera provincia que impide a quienes cometieron delitos de corrupción, contra la libertad y la integridad sexual, acceder a una lugar en las listas o ocupar un cargo público.

Foto: Ilustrativa
El proyecto de Ficha Limpia, que fuera impulsado por María José Sanz y José Orts (UCR), fue promulgado durante esta jornada, por lo que Mendoza ya cuenta con una ley que impedirá a quienes sean condenados o condenadas por delitos de corrupción, contra la libertad y la integridad sexual, entre otros, aspirar a cargos electivos u ocupar funciones públicas. El gobernador Rodolfo Suarez destacó, a través de las redes sociales, la importancia de esta ley para evitar los delitos de corrupción en el Estado provincial. “Promulgamos en Mendoza la Ley de Ficha Limpia. Esta norma nos posiciona como la primera provincia que impide a quienes cometieron delitos de corrupción, contra la libertad y la integridad sexual, entre otros, acceder a una candidatura u ocupar un cargo público de funcionario”.
Promulgamos en Mendoza la Ley de Ficha Limpia. Esta norma, nos posiciona como la primera provincia que impide a quienes cometieron delitos de corrupción, contra la libertad y la integridad sexual, entre otros, acceder a una candidatura u ocupar un cargo público de funcionario.
— Rodolfo Suarez (@rodysuarez)
“Este avance enorme en materia institucional abarca a todos los poderes del Estado y forma parte de la esencia del fortalecimiento del sistema democrático, combatiendo la impunidad en la función pública, continuó el Gobernador.
En líneas generales, se incorporaron más delitos a las limitaciones para poder ser candidato a un cargo electivo, como el homicidio simple, todas las agravantes del homicidio, el homicidio culposo agravado por conducción indebida cuando una persona ha ingerido sustancias, alcohol, o por exceso de velocidad, con abandono de persona, el homicidio como resultado de riña, o la privación ilegítima de la libertad, la desaparición forzada de personas, la tortura, cuando una persona encargada de un menor de 10 años no lo presenta a sus padres o tutores cuando lo fuera requerido. La explotación por trabajo infantil, la coacción, las amenazas agravadas, el robo seguido de homicidio, la extorsión y el secuestro extorsivo, el fraude a la Administración Pública y los delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional también se incluyen.
Los delitos
No podrán ocupar cargos políticos ni electivos los que tengan sentencia en primera instancia por cualquiera de estos delitos:
- Malversación de fondos, tráfico de influencias, cohecho y "todo lo relacionado a hechos contra la administración pública";
- Delito contra la propiedad: robo cuando es seguido de muerte;
- Femicidio, homicidio simple y todos los homicidios agravados;
- Homicidio culposo agravado: quien produjera la muerte de otro bajo conducción irreglamentaria de automotor, se diera a la fuga o estuviese alcoholizado;
- Secuestro extorsivo;
- Trata de personas;
- Delitos contra el orden público y contra los poderes constitucionales.
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