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La Secretaria de Gestión Institucional de Irrigación, Marcela Andino, explicó que se desalentará el uso de cauces sin autorización ni infraestructura apta. En los últimos 5 años se produjeron 57 fallecimientos.
Fuente: Departamento General de Irrigación
Publicado el 09 DE ENERO DE 2020
Las altas temperaturas que se registran en nuestra provincia en los primeros meses del año, hace que muchos mendocinos y mendocinas busquen alternativas de refrescancia en cauces que nos son aptos para el uso recreativo, ocasionando no sólo grandes deterioros en la red hídrica sino también provocando tragedias que podrían ser evitables. Las estadísticas de los últimos 5 años aportadas por Defensa Civil de la Provincia indican que en promedio, unas 57 personas perdieron su vida en cauces y ríos de la Provincia. En la mayoría de los casos, se trató de jóvenes y niños.
Bañarse en cauces de riego está prohibido y existen legislaciones en Mendoza que lo penan. Desde el 2018 la campaña del Departamento General de Irrigación "Verano #SinMuertosDeCalor” busca generar conciencia, informar y prevenir acerca de lo que puede ocurrir tras sumergirse en cauces de riego, canales, diques y embalses no aptos para bañarse.
Se trata de una campaña fuerte apoyada en la frase que habitualmente se usa para referirse al calor y que muchas veces se repite sin darle el valor o importancia necesaria a su significado real. "Estoy muerto de calor", es habitual escuchar entre los mendocinos y mendocinas. En las escenas del spot se aprecia a un grupo de amigos cercanos a un dique y que uno de ellos decide saltar al agua.
Si te tirás, abajo del agua hay...
En canales y diques hay rocas. También sistemas de compuertas que succionan el agua y pueden provocar la muerte instantánea. La baja temperatura del agua puede ocasionar también un shock térmico y la propia corriente, según la traza y pendiente del canal, inevitablemente arrastran y sumergen al bañista.
Mendoza cuenta con 38 diques y más de 12 mil km de canales (5000 km en la cuenca del río Mendoza entre primarios, secundarios y terciarios), de los cuales un porcentaje importante se encuentra en propiedades privadas, por lo que se hace necesario que la ciudadanía en general tome conciencia de los riesgos que implica bañarse en los cauces, ya que en la mayoría de los casos es imposible contar con la ayuda y auxilio inmediato.
Una Ley pena el uso indebido de cauces
El Senado y la Cámara de Diputados de la provincia de Mendoza sancionaron, en 2018, la Ley 9099 Código Contravencional, que en su artículo 124, menciona penas por bañarse en cauces de agua no autorizados para ese fin de hasta $5 mil. "El que usare para bañarse cauces de agua, canales de riego, represas, diques derivadores, tomas y cualquier obra hidráulica de la Provincia, no autorizado para ello por la autoridad correspondiente, será sancionado con multa desde doscientas (200) U.F. hasta quinientas (500) U.F. o arresto desde dos (2) días hasta cinco (5) días, o trabajo comunitario de cinco (5) días. Si el que realizare la conducta descripta fuese menor de edad, los padres, tutores o cuidadores de los mismos que hubieren omitido cumplir con el deber de vigilancia, serán sancionados con la misma sanción prevista para el tipo contravencional".
En tanto, en su artículo 138, también pena la obstrucción, alteración o deterioro de los cauces de agua con hasta $28 mil. "El que mediante cualquier tipo de actividad intentare entorpecer el normal discurrimiento de las aguas por los canales de la red de riego de la Provincia o alterar el curso de las mismas, arrojando objetos, desviándolas, o deteriorando las obras de toma, los taludes de los canales, las compuertas o cualquier obra hidráulica de conducción de las mismas, o el que arrojare vertidos con compuestos químicos tóxicos y contaminantes a los cauces de agua, será sancionado con multa desde un mil (1.000) U.F. hasta tres mil (3.000) U.F. o arresto de diez (10) días, imponiéndosele además la obligación de realizar cursos sobre medio ambiente, a cargo de la Secretaría de Ambiente o el organismo que en el futuro la reemplazare".
Como aún no ha sido sancionado por la Legislatura el Presupuesto Provincial 2020, hay que regirse por la Pauta de Gastos 2019, según la cual la U.F tiene un valor de $9,50.
En tanto, la Resolución Nº160 de 1993 de la Superintendencia de Irrigación prohíbe la utilización de ríos y cauces naturales o artificiales para la realización de actividades balnearias o esparcimiento. Y a partir de esta es que se lleva adelante la campaña de concientización este año.
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