Según la Procuraduría provincial, el ítem aula es constitucional

El organismo avaló la medida impuesta por Cornejo. Ahora se espera el dictamen de la Suprema Corte de Justicia.

Según la Procuraduría provincial, el ítem aula es constitucional

El 23 de marzo de 2016, con una Legislatura fuertemente custodiada, se aprobaba la aplicación del ítem aula. Foto: Diario Vox.

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Ítem aula

Unidiversidad

Unidiversidad / Marcelo Alfaro

Publicado el 20 DE ABRIL DE 2017

El ítem aula, una de las políticas más resistidas por los docentes y que llevó al SUTE a presentar un recurso de inconstitucionalidad en los Tribunales Provinciales, es apoyado por la Procuraduría General. La medida, que fue impuesta por decreto en el 2016 por el gobernador Alfredo Cornejo, vuelve al debate, luego del apoyo por parte del organismo presidido por Alejandro Gullé.

El dictamen, firmado por el fiscal adjunto en lo civil, Héctor Fragapane, debido a que el Procurador General no se encuentra en la provincia, expresa que el organismo está a favor de la constitucionalidad de la normativa impulsada por el Ejecutivo.

De todos modos, se deberá esperar la definición de la Suprema Corte, la cual tiene que expedirse en junio. Sin embargo, el Máximo Tribunal cuenta ahora con un elemento más para decidir de qué manera se resuelve el conflicto.

La presentación judicial del sindicato docente cuestiona la falta de consulta al Consejo General de Educación para dictar la norma y denuncia que “Cornejo se atribuye facultades” tras no respetar la autonomía de la Dirección General de Escuelas, como plantea la Constitución Provincial.
 

¿Qué es el ítem aula?

Se trata de una medida decretada por el Ejecutivo Provincial en 2016, que se integró al aumento salarial ofrecido a los docentes de la provincia. Según el Gobierno, es una medida que disminuye el ausentismo docente, efecto que se notó, además, en la escasa participación de los docentes en los diferentes paros propuestos desde su implementación.

En la praxis, se trata de descuento que percibe el docente que supera las tres inasistencias mensuales. En este caso, el trabajador pierde ese monto por el mes de imputadas las faltas. Este descuento se suma a los de pérdida de presentismo y de día laboral no trabajado. En caso de llegar a computarse diez ausencias, se pierde el ítem para todo el año.

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