Cierre de la AFIP: ¿qué cambia y qué pasará con el monotributo?
Análisis económico de la actualidad argentina junto a la economista Carina Farah.
24 DE OCTUBRE DE 2024
Debido a incumplimientos de convenios por el uso del recurso hídrico, ambas provincias deberán "pacificar las aguas" el próximo 14 de junio ante la Corte Suprema de la Nación.
La Corte rechazó los argumentos de Mendoza por el conflicto del Río Atuel. Foto: El Diario de La Pampa.
El conflicto entre Mendoza y La Pampa no da tregua. Ahora, la provincia vecina denunció un abuso del Río Atuel, lo que viola el carácter interprovincial del curso hídrico y de utilización compartida, que fue establecido por la Corte Suprema de Justicia en 1987. La audiencia de conciliación será el 14 de junio ante el Máximo Tribunal de la Nación.
En paralelo a la tensión latente por Portezuelo del Viento, La Pampa celebró su “primer triunfo” tras la resolución de la Corte que la convocó, junto a Mendoza, para “pacificar las aguas” por el incumplimiento de convenios que datan de 1987 por la utilización del Río Atuel, en el límite entre ambas provincias.
El procurador general de Rentas de La Pampa, Hernán Pérez Araujo, afirmó que se trata de una “resolución positiva” de la Corte y que la estaban esperando hace tiempo. Sin embargo, Pérez Araujo advirtió a Télam que la conciliación será complicada.
En sintonía, el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, quien presentó el primer reclamo formal ante la Justicia, manifestó que “la postura de Mendoza está cada vez más débil” porque no se basa en razones constitucionales, sino en “solo el uso de la fuerza”. En declaraciones a El Diario de La Pampa, advirtió que si no hay un acuerdo favorable para la provincia limítrofe, solicitarán una medida cautelar que garantice el caudal del río.
Los representantes de Mendoza habían planteado la incompetencia de la Corte de la Nación, pero el Máximo Tribunal lo rechazó de forma unánime por considerar “competencia originaria” para intervenir en la causa.
“La necesidad de dirimir la situación denunciada, y dado que ninguna de las provincias podría erigirse en juez de su propia causa, determina que esta Corte Suprema de Justicia de la Nación sea la que deba llevar adelante los procedimientos pertinentes a ese fin”, ratificó el Tribunal en su resolución ayer, 26 de abril.
La audiencia de conciliación será finalmente el 14 de junio, a las 10.00, en la sala ubicada en el cuarto piso del Palacio de Justicia, de Capital Federal.
Historia de la demanda
El conflicto arrastra un extenso historial de discordia y se remonta a 1947, en plena inauguración del embalse El Nihuil, en San Rafael. En aquel momento, La Pampa aseguró que la nueva construcción había modificado el curso del agua, lo que habría perjudicado a los habitantes del oeste de la vecina provincia.
Hubo que esperar 40 años para que, en 1987, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declarara el carácter “interprovincial” del Río Atuel y estableciera el marco regulatorio para utilizar el recurso hídrico de manera compartida y equitativa. Recién en 2014, La Pampa demandó a Mendoza por el supuesto daño ambiental ocasionado y por el incumplimiento de ese fallo.
La jurisdicción pampeana había solicitado que el máximo tribunal ordenara el “cese y recomposición” del daño ambiental con obras que optimizaran el recurso hídrico, a la par de una condena a Mendoza a pagar una indemnización por los “perjuicios sufridos” en la zona del Río Atuel.
En aquella oportunidad, la Corte se basó en el artículo N.º 127 de la Constitución Nacional, que establece que las demandas de las provincias deben ser sometidas a la Justicia de la Nación y dirimidas por ella.
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