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Desde el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos opinaron sobre la concesión del 2x1 al "represor civil" Luis Muiña que resolvió la Corte nacional.
El abogado Pablo Salinas (Foto archivo Axel Lloret)
A una semana de la recuperación del nieto número 122, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró aplicable la Ley 24390, que estuvo vigente entre el '94 y el 2001, y concede el derecho del “2x1” a genocidas de la última dictadura. La decisión generó voces en contra y a favor. Organismos de Derechos Humanos prometieron llevar el caso hasta tribunales internacionales y también opinaron especialistas mendocinos.
De esta manera, los delitos de lesa humanidad son puestos a la altura de cualquier delito común. En lo procesal se aplica la "Ley mas Benigna" que establece que al momento de determinar una condena por un delito, de existir dos normas que fijen sanciones por los mismos hechos, los jueces deben aplicar aquella que sea menos dañina para el acusado.
Por ejemplo, si una persona es acusada de asalto a mano armada y existen dos leyes que condenan esta situación, pero una fija una pena de 5 años de prisión y la otra sólo 3, los magistrados deben adoptar ésta última.
La ley fue sancionada, luego de que en diferentes cárceles del país se organizaran motines pidiendo mejoras edilicias debido al hacinamiento existente. Pero para los referentes de distintas organizaciones de Derechos Humanos, esa normativa nada tiene que ver con los condenados por delitos de lesa humanidad.
Desde el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos, el abogado Pablo Salinas expresó a Unidiversidad que la resolución tomada por el máximo tribunal de Justicia del país “es un caso de arbitrariedad manifiesta y una medida totalmente incompatible con el Sistema Jurídico Interamericano". "Es un escándalo jurídico sin precedentes”, agregó.
Salinas agregó que se realizarán presentaciones jurídicas conjuntas con otros organismos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Según indicó Salinas, hay una importante contradicción. "Por un lado, se habla del endurecimiento de penas a personas que cometan delitos y por otro se toman medidas que benefician a personas que -incluso- ya han sido condenadas por la Justicia y se las trata como ciudadanos preferenciales", dijo.
El caso Muiña y el expediente Benito Bignone
Este miércoles 3 de mayo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió un fallo con el cual acepta la aplicación del beneficio del 2x1 a Luis Muiña, detenido junto con Reynaldo Bignone el 30 de septiembre de 2007 y condenado en 2011 por su participación en delitos de lesa humanidad.
Muiña fue acusado y luego condenado por su participación en delitos de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención “El Chalet”, que operaba en el interior del hospital Posadas cuyo edificio fue militarizado. El 28 de Marzo de 1976 en un operativo comandado por el mismo Bignone, se llevó a cabo la detención de personal del hospital que fue trasladado al “Chalet” y luego desaparecido.
El condenado recibió una pena de trece años en el 2011, junto a Reynaldo Bignone y el ex jefe de la Brigada la Brigada Aérea de Palomar, Hipólito Mariani. En este caso se trata de un civil que colaboró en la detención clandestina de personas.
La decisión de la corte contó con el voto favorable de tres de los magistrados, Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, los últimos sugeridos por el presidente Mauricio Macri.
La fundamentación del voto de Highton y Rosenkrantz, se basa en el “apego al precedente “Arce”, donde se decidió que a los efectos de la ley penal más benigna lo que importa es que el delito se hubiera cometido durante su vigencia, siendo irrelevante que el imputado hubiera estado detenido o no durante dicho lapso”.
Por otra parte, en el informe publicado en el Centro de Información Judicial que mediante su voto conjunto propugnaban la solución más internacionalmente aceptada, incluso para el caso de los delitos de lesa humanidad.
Se menciona como parte de la resolución, el aval del Estatuto de Roma o como en el caso de Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia -instrumento constitutivo de la Corte Penal Internacional, tribunal permanente establecido para juzgar a los individuos responsables de los más graves delitos que afectan al mundo entero, tales como genocidio, crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad, al cual Argentina adhiere mediante la ley 26.200-, incorpora el principio de ley penal más benigna
Se advierte entonces un largo proceso jurídico donde intervendrán cortes internacionales para definir la situación del condenado, Muiña.
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