Cierre de la AFIP: ¿qué cambia y qué pasará con el monotributo?
Análisis económico de la actualidad argentina junto a la economista Carina Farah.
24 DE OCTUBRE DE 2024
El Ministerio de Seguridad ya puso en vigencia, desde este martes, el uso de armas electrónicas que no son mortales por parte de miembros de fuerzas policiales y de seguridad federales.
La medida fue dispuesta través de la Resolución 395/2019, publicada en el Boletín Oficial y firmada por la ministra Patricia Bullrich, y llega luego de que, en enero pasado, desde la cartera anunciaran la compra de pistolas Taser para utilizar –en un principio– en estaciones de trenes y aeropuertos. En ese marco, se instruyó a los titulares de la Policía Federal, de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, de la Prefectura Naval y de Gendarmería Nacional "a que procedan a la inmediata implementación de cursos de capacitación específica para el empleo de armas electrónicas no letales".
En los considerandos de la disposición, se remarca que la incorporación de esas armas "permitirá abordar situaciones operacionales en las que resulte necesaria la utilización de la fuerza sin el empleo de armas de fuego, siendo un medio intermedio para ejercer un uso racional y gradual de la fuerza ante situaciones de enfrentamientos con personas violentas o amenazantes".
Asimismo, se destaca que "la normativa y la doctrina internacional dan cuenta de los resultados obtenidos en los estudios médicos y técnicos realizados en prestigiosas universidades (...), donde se concluye que el empleo de las armas electrónicas no tiene efectos letales sobre las personas".
En tanto, en el anexo de la resolución del Ministerio de Seguridad, se determina que se hará uso de las armas electrónicas no letales en los siguientes casos: "para inmovilizar, proceder a la detención o para impedir la fuga de quien manifieste peligro inminente de lesionar a terceras personas o de auto lesionarse; cuando deba ejercerse la legítima defensa propia o de terceras personas; o para impedir la comisión de un delito de acción pública".
Asimismo, en otro de los puntos de la reglamentación, se deja claro: "Ante el necesario empleo de armas electrónicas no letales, funcionarios de las fuerzas policiales y de seguridad federales deberán identificarse como tales de viva voz advirtiendo su inmediata intervención, salvo que dicha acción pueda suponer un riesgo de lesiones para otras personas, o cuando resultare ello evidentemente inadecuado o inútil, dadas las circunstancias del caso".
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