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05 DE NOVIEMBRE DE 2024
El profesor y dirigente político Alberto Montbrun reflexiona sobre la posible convocatoria a Convención Constituyente, invocando el plebiscito aprobado en 2001.
Foto: Los Andes
La última aberración institucional que quiere perpetrar el gobernador de Mendoza cuenta con el apoyo de un sector de la UCR. Aprovechando que no tenemos ningún problema ni con la seguridad, ni con la salud ni con la educación, la partidocracia asentada en la Legislatura ha decidido introducir un tema nuevo a la agenda política de la provincia: reflotar un intento de reforma de la constitución provincial que caducó entre 2002 y 2011. ¡Vamos todavía! No se puede negar que los muchachos tienen talento e imaginación. Si tuviésemos esa tozudez para proveer calidad de vida a la gente, sí que seríamos un pueblo feliz.
Cómo fue la historia
Es sabido que en 1989, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza decidió
que el referéndum popular ratificatorio de una reforma constitucional previsto
en el artículo 221 de nuestra carta magna debía contar con una mayoría de votos
válidos por el "Sí" del cincuenta por ciento más uno, computada sobre el total del
padrón electoral de la provincia y no meramente sobre el total de votantes.
Aunque algo desmesurada, la opinión de la Corte
–que aún está vigente– se basa en la naturaleza rígida de nuestra constitución
y en la convicción de que cualquier duda debe interpretarse en contra de su
reforma.
En 2001, una mayoría de votantes aprobó el referéndum para reformar la Constitución provincial de acuerdo a la ley 6896 que la habilitaba (la que ahora se quiere reflotar), pero esa mayoría de votantes no alcanzó la mitad más uno del padrón electoral de la provincia como exige la Suprema Corte, y el entonces gobernador no promulgó la reforma ni convocó a elección de convencionales constituyentes.
En 2009 una mayoría de votantes aprobó la no reelección de los intendentes por más de un período, pero esa mayoría no alcanzó la mitad más uno del padrón electoral de la provincia como exige la Suprema Corte, y ni el entonces gobernador ni el actual promulgaron la reforma.
Se insistía por parte de muchos doctrinarios –entre los que me encuentro– que la interpretación de la Corte, en el sentido de la necesidad de la mitad más uno del padrón electoral de la provincia para aprobar una reforma, era excesiva.
Entonces, la Legislatura decidió precisar la redacción del artículo 221 en el sentido que se necesitaba sólo mayoría de votos válidos emitidos por el "Sí" para habilitar la reforma. Sin embargo, cuando esta última reforma se sometió a referéndum el pueblo de la provincia rechazó, con mayoría de votos por el "No", la posibilidad de modificar dicho artículo. Esta fue la última vez que el pueblo se expresó sobre el tema, hace apenas dos años, y lo hizo ratificando claramente la doctrina restrictiva de la Corte.
Pero además, digámoslo con sinceridad: la ley que se quiere reflotar no habilita transformaciones realmente significativas de la institucionalidad provincial; es marcadamente gatopardista. Es cierto que había que obtener el aval del partido demócrata, y que discutir con los demócratas la reforma de la constitución es más difícil que discutir de mecanismos anticonceptivos con el último papa. En general no quieren reformar nada. Pero ese intento quedó en el olvido. Fue discutido hace trece años. Reflotarlo ahora no tiene sentido.
He tenido y tengo una fuerte convicción reformista, pero no se puede manipular la legalidad ni violentar lo ya expresado por el pueblo en las urnas para satisfacer lo que parece, a esta altura, más un capricho que una necesidad de los ciudadanos: que el gobernador pueda reelegirse. Pongámonos las pilas con las cosas importantes, por favor.
reforma constitucional, suprema corte de justicia, referéndum popular,
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