¿Qué trabajos no podían hacer las mujeres, por ley, hasta julio de 2023?
Trabajos nocturnos –excepto espectáculos y cuidados–, destilación de alcohol, fabricación de colorantes, manipulación de pinturas, carga y descarga, engrasado de maquinarias, labores en canteras o subterráneos, fundición de metales: todas actividades consideradas masculinas por ser riesgosas o insalubres. Derogaron una ley de 1924.
Una ley de 1924 impedía a las mujeres realizar tareas consideradas riesgosas o insalubres. Foto: Pexels
La Cámara de Diputados derogó por unanimidad una ley, vigente desde hace casi 100 años, que prohibía el trabajo a mujeres en actividades consideradas riesgosas o insalubres. Abarca desde labores en canteras o subterráneos y actividades de la industria portuaria hasta el expendio de bebidas alcohólicas destiladas o fermentadas. La ley 11317 –sancionada el 30 de septiembre de 1924– y su decreto reglamentario, del 28 de mayo de 1925, fueron derogados con 153 votos afirmativos, durante una extensa sesión de la Cámara Baja realizada desde el mediodía del 5 de julio hasta la madrugada del 6.
Las normativas prohibían también que menores de 12 años realizaran cualquier clase de trabajo, incluido trabajos rurales –una postura ratificada por varias convenciones internacionales–, pero contenía un capítulo específico sobre prohibición de tareas "peligrosas o insalubres" para mujeres y personas menores de 18 años, que eran reservadas para varones. En el dictamen, se excluyeron las normas que están referidas a la prohibición del trabajo infantil.
Las tareas vedadas a las mujeres eran: actividades de carga y descarga de navíos; en canteras o trabajos subterráneos; en la carga o descarga por medio de grúas o cabrias; como maquinistas o foguistas; en el engrasado y limpieza de maquinaria en movimiento; en el manejo de correas; en sierras circulares y otros mecanismos peligrosos; en la fundición de metales, en la fusión y sopleo bucal de vidrio. Las mujeres quedaban además excluidas de tareas que tenían que ver con el transporte de materias incandescentes, la destilación y expendio de bebidas alcohólicas o fermentadas en cualquier local o dependencia. Tampoco se las podía emplear en trabajo nocturno –entre las 20:00 y las 7:00, en invierno, o las 6:00, en verano–, salvo en el caso de espectáculos nocturnos, servicios de enfermería y personal doméstico.
Luego de completado el trámite, la diputada del Frente de Todos (FdT) Vanesa Siley aclaró que en el dictamen que fue puesto a consideración de la Cámara Baja se excluyeron las normas que están referidas a la prohibición del trabajo infantil.
"Tal vez, hace casi 100 años, tenía un fin loable prohibir el trabajo de mujeres en estas actividades por considerarlas insalubres, nocturnas o riesgosas, pero la actualidad de hoy nos lleva a replantearnos esa cosmovisión o esos estereotipos patriarcales que trasladan al mundo laboral las discriminaciones que, socialmente y estructuralmente, vivimos y sufrimos las mujeres", indicó Vanesa Siley, diputada por el Frente de Todos y dirigente sindical, en declaraciones a los medios de prensa acreditados en el Congreso.
En ese sentido, Siley aclaró que, si bien en determinadas ramas se fueron incorporando mujeres a tareas históricamente masculinizadas, "en la minería sigue siendo alegada esta norma para no contratar" personal femenino, algo que también se verifica en la industria marítima portuaria.
La diputada chaqueña del FdT María Lucila Masin destacó que "la iniciativa fue construida a partir de la demanda de trabajadoras de la Empresa de Energía" de esa provincia. Por su parte, la diputada del PRO Silvana Lospennato celebró que la iniciativa, consensuada entre los bloques del oficialismo y la oposición, haya sido tratada en el recinto, y destacó la importancia de esta derogación como "un paso más en la igualdad".
"El Banco Mundial identificó a esta ley en particular como una de las rémoras del derecho argentino que no permiten la igualdad real de trato a las trabajadoras y los trabajadores. Este es un paso más, pero todavía, en materia de inserción económica de las mujeres, tenemos un largo camino por recorrer en nuestro país", afirmó Lospennato.
En tanto, desde la agrupación Mujeres Sindicalistas, se indicó que esta derogación "implica terminar con barreras en el acceso igualitario a distintas actividades, especialmente en zonas portuarias y de operaciones, donde actualmente se sigue alegando esta normativa para evitar incorporar mujeres en tareas que son bien remuneradas".
Finalmente hoy a las 2 AM se derogó la Ley 11.317 que prohibía ciertos trabajos masculinizados, entre ellos en la actividad portuaria. Proyecto presentado por la compañera Diputada Vanesa Siley; con 153 votos afirmativos, 0 negativos, 0 abstenciones pic.twitter.com/buFJCD5HYx
— A.P.D.F.A. (@apdfanacional)
Fuente: Télam / Infoleg / argentina.gob.ar
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