Qué se podrá hacer y qué no en Mendoza hasta el 25 de octubre

Pasado en limpio, los detalles sobre los alcances en la provincia del último y nuevo decreto firmado por Alberto Fernández.

Qué se podrá hacer y qué no en Mendoza hasta el 25 de octubre

Foto: Publicada por Los Andes

Sociedad

Efecto pandemia

Unidiversidad

Unidiversidad / Fuente: Prensa Gobierno de Mendoza

Publicado el 12 DE OCTUBRE DE 2020

Este lunes 12 de octubre comenzó a regir en todo el país el Decreto 792/20, que ubicó a ocho departamentos de Mendoza (Capital, Godoy Cruz, Maipú, Las Heras, Guaymallén, Luján de Cuyo, Tupungato y Tunuyán) en fase de aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) hasta el 25 de octubre. Sin embargo, el gobernador Rodolfo Suarez aclaró este mediodía que "Mendoza no vuelve de ninguna manera a Fase 1", y dio a conocer qué restricciones se aplicarán para cumplir con la disminución de la circulación que especifica la normativa nacional.

Tomando como referencia las propias declaraciones del primer mandatario, prácticamente el funcionamiento en la provincia se mantendrá como en las últimas semanas, aunque se volverá atrás fundamentalmente con lo establecido el pasado miércoles.

No obstante, el gobernador adelantó que en su visita de mañana a Buenos Aires, donde mantendrá un encuentro con el ministro del Interior Eduardo "Wado" De Pedro, elevará una solicitud formal para que las últimas autorizaciones en Mendoza sean habilitadas por Nación.

Qué sí se puede hacer en Mendoza

- Salidas para realizar actividades físicas y/o de esparcimiento: se vuelve al sistema según la finalización del DNI. Los que terminen en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán hacerlo los días lunes, miércoles, viernes y los que finalicen en 0, 6, 7, 8 y 9 días martes, jueves y sábados; de 7 a 23 horas. Los domingos, en tanto, los primeros están autorizados de 8 a 14 y los otros de 14 a 19. No rige el máximo de distancia de 5 kilómetros del domicilio.

- Compras en comercios, shoppings, pago de impuestos, asistencia a gimnasios, trámites, peluquerías, etc.: se deberá respetar el día según salida del DNI y los horarios de cada actividad:

a- Comercio en general: de 8 a 21.

b- Supermercados mayoristas y minoristas: de 8 a 21.

c- Centros comerciales, malls y shopping center: de 10 a 23. En su interior las tiendas comerciales en general de 10 a 21 y hasta las 23 los locales gastronómicos ubicados en su interior o que tengan salida a la vía pública.

d- Gimnasios: de 7 a 23.

e- Administración pública: de 9 a 18.

- Los restaurantes, confiterías y cafés se mantendrán abiertos de 7 a 23 horas, respetando los protocolos específicos (reserva previa, ocupación máxima del 50%, distanciamiento entre mesas, máximo de seis comensales por mesa, llenado de declaración jurada, etc.).

- Turnos médicos, odontológicos y/o de cualquier tipo de prestación de salud debidamente fundada: no es necesaria la coincidencia del último número del DNI; se pueden realizar cualquier día.

- Compras en farmacias y expendio de combustible: cualquier día y horario, siempre que el comercio esté abierto.

- Práctica deportiva: están permitidas las disciplinas individuales (tenis, paddle, remo, atletismo, natación, etc.), en clubes y establecimientos para su práctica (si es alquiler, con reserva previa). En cuanto a entrenamientos de deportes grupales, se permiten, siempre y cuando no se exceda el límite de diez personas a la vez y que se realicen al aire libre.

- Asistencia a cementerios: de 10 a 16, todos los días.

- Servicio doméstico: el empleador deberá disponer los medios de movilidad, ya sea mediante taxis, remises o con su propio vehículo, para que el/la trabajador/a pueda prestar servicios en su domicilio.

- Reparto a domicilio (delivery): de domingos a jueves de 7 a 23; viernes y sábados de 7 a 24.

- Mudanzas: habilitadas dentro del área del departamento donde se domicilia y zona cercana de influencia.

- Turismo interno: en la conferencia de hoy, Suarez afirmó que sigue vigente en toda la provincia. Cabe recordar que sólo pueden reservar en los establecimientos turísticos las familias convivientes.

- Obra pública y privada: incluyendo todas las profesiones y labores requeridas para la actividad (albañiles, profesionales y técnicos de obra de todas las categorías, pintores de obra, plomeros, gasistas, electricistas, yeseros, constructores de tabiquería y construcción en seco, fleteros, tramitadores, inspectores de obra y demás servicios que tengan actividades en mantenimiento, remodelaciones y construcciones de obras nuevas, incluidas instalaciones).

- Traslado de niños, niñas y adolescentes: en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.

Qué no se puede hacer en Mendoza

- Reuniones sociales de ningún tipo (familiares, entre amigos, etc.) en domicilios particulares, bares y espacios cerrados.

- Atención en bares (sólo están permitidos los restaurantes, confiterías, cafés, heladerías, etc): aunque la mayoría de los bares se reconvirtieron y habilitaron como establecimiento gastronómico.

- Práctica de deportes grupales en predios: por ejemplo, alquiler de canchas de fútbol; así como tampoco en el interior de clubes deportivos y sociales.

- Actividades en clubes, que no sean al aire libre.

- Entrenamientos deportivos que superen el límite de diez personas.

- Circulación de personas entre las 23.30 y las 5.30 horas del día siguiente: Suarez destacó que sigue vigente el "alerta sanitaria". Se exceptúa a trabajadores esenciales o exceptuados, según la actividad; así como también cuando una persona compre en una farmacia o cargue combustible).

- Transporte público desde las 0.30 hasta las 5.30.

- Realización de velatorios: están habilitados los servicios funerarios, entierros y cremaciones, pero sin reunión de personas.

- Clases presenciales en cualquier nivel y modalidad educativa.

- Toda otra actividad no habilitada (de manera presencial) hasta el momento: fiestas, festivales, celebraciones en salones y peloteros, visitas de familiares en el sistema penitenciario, eventos masivos, hoteles alojamiento, teatros, cines, actividades sociales en clubes, etc.

Cabe aclarar que en los departamentos que permanecen en fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (San Carlos, Lavalle, La Paz, San Martín, Junín, Rivadavia, Santa Rosa, San Rafael, General Alvear y Malargüe), las actividades permitidas se mantendrán como hasta hoy. "En aquellos departamentos no incluidos en el ASPO sigue funcionando todo igual", indicó Suarez al respecto.

Suarez aclaró que Mendoza no vuelve a Fase 1, pero habrá nuevas restricciones

El gobernador dijo que muchas de las actividades permanecerán abiertas, pese al decreto presidencial de confinamiento para el Gran Mendoza y Valle de Uco. "Quiero transmitirles a los mendocinos que pueden ir a trabajar y que vamos a defender el ...

mendoza, dispo, aspo, cuarentena, decreto nacional, fase1, ,