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Los comercios deberán mantener los valores de 304 productos vigentes al 6 de marzo último.
Foto publicada en minutopolitico.com.ar
Unidiversidad / Fuente: Télam
Publicado el 18 DE MAYO DE 2020
El gobierno nacional prorrogó hasta el 30 de junio la vigencia de los precios máximos para 304 productos, que incluyen alimentos, bebidas, artículos de higiene y limpieza, cuyos valores deben ser los que regían al 6 de marzo último, como medida para intentar paliar la crisis económica por la pandemia de coronavirus. La Resolución 133/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, publicada en el Boletín Oficial, extiende los alcances de la Resolución 100/2020 de la misma dependencia. La medida rige para hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, minimercados minoristas y supermercados mayoristas.
Estos deben mantener para 304 productos como precios máximos de venta al consumidor final aquellos efectivamente informados por cada comercializadora al Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA) vigentes al 6 de marzo de 2020.
Lo mismo rige para todos los distribuidores, productores y comercializadores de cosas muebles, obras y servicios, y prestaciones que se destinen a la producción, construcción, procesamiento, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte y logística, y esparcimiento.
La medida incluye a todos los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados, a excepción de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), y a los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo que cuenten con salón de ventas.
La Secretaría de Comercio Interior intimó a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización “a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia de la presente medida”.
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