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21 DE NOVIEMBRE DE 2024
Entre el jueves y el viernes se escucharon a los distintos expositores durante la audiencia publica convocada por la Corte. Ahora, fallará el máximo tribunal en pleno.
La audiencia se realizó en forma virtual y fue encabezada por el presidente de la Suprema Corte, Dalmiro Garay. Foto: Prensa Poder Judicial
Demagogos y abolicionistas: esos fueron dos de los conceptos que utilizaron algunas de las once personas que expusieron en la audiencia pública sobre la prisión perpetua convocado por la Suprema Corte de Justicia, en la que se destacaron tanto la presencia del exgobernador Alfredo Cornejo como la ausencia del exministro de la Corte nacional Eugenio Zaffaroni.
En la audiencia que comenzó puntualmente a las 9, expusieron en total 54 personas de las 108 que se inscribieron. Uno de los ausentes fue Zaffaroni, que explicó que no participaría debido a compromisos laborales.
El máximo tribunal local convocó a la audiencia como paso previo -aunque no vinculante- antes de fallar en pleno sobre la cuestión de fondo: si la prisión perpetua es o no constitucional. Esta decisión la tomará a raíz de la apelación a una sentencia dictada por el juez Eduardo Martearena en un juicio por jurado, en el que 12 personas encontraron culpables de homicidio agravado a tres varones, figura penada con prisión perpetua, pero el magistrado la consideró inconstitucional y los condenó a 25 años de prisión.
La audiencia pública por la prisión perpetua comienza con 108 expositores
Con 108 oradores, comienza la audiencia pública en relación a la prisión perpetua, que fue convocada por los integrantes de la Suprema Corte de Justicia para escuchar las opiniones de distintos sectores antes de determinar si esa pena es o no constitucional.
La audiencia se extendió durante dos jornadas, en la que cada una de las 54 personas tuvo cinco minutos para hablar, con la posibilidad de extenderse dos más. A largo del proceso quedó en claro que la temática genera posturas antagónicas, que a simple vista parecen irreconciliables: por un lado, quienes entienden que la pena de la prisión perpetua está directamente relacionada con la gravedad del daño que causó el victimario, y por el otro, quienes sin desconocer ese daño, la consideran una especie de “muerte civil” porque no permite ningún horizonte posible ni cierto de salida a los y las condenadas.
El juez Martearena, en la mira por negar una perpetua
Una vez más, la Justicia y el Gobierno se encuentran enfrentados y envueltos en una polémica. Es que el juez Eduardo Martearena, argumentando que es inconstitucional, se negó a la condena de prisión perpetua decidida por el jurado popular en contra de tres imputados, acusados de asesinar al cuidacoches Leonardo Lucero en Godoy Cruz, caso conocido como el de la "valija fúnebre".
Por la constitucionalidad
Entre quienes defendieron la constitucionalidad de la pena, hubo especialistas en derecho, ciudadanos y ciudadanas, y familiares que perdieron a un ser querido, específicamente por uno de los delitos señalados como plausibles de una prisión perpetua. Los fundamentos fueron distintos: mientras los y las profesionales de las leyes resaltaron que la pena no viola tratados internacionales, ni la Constitución, y que la resocialización no es el único fin de una pena, los familiares explicaron que es la sanción que merece el victimario en relación con el daño y que, de algún modo, brinda cierta “seguridad social” de que esa persona no volverá a comer un acto similar porque está en prisión.
Entre quienes defendieron la constitucionalidad, se destacó el exgobernador Alfredo Cornejo, que aseguró que esta discusión no es masiva, que no se discute en las calles, sino que se genera a partir del planteo de “un grupo minúsculo de abogados que insiste en promover una concepción de derecho que está en desuso en el mundo”. Expresó que esta discusión no se debe dar entre especialistas, sino entre ciudadanos y ciudadanas y entre los familiares de las víctimas, que están sometidos de por vida a no ver más a sus seres queridos.
El legislador nacional defendió la pena de prisión perpetua y dijo que no es un castigo, sino una sanción para quien ha tenido una conducta reprobable, quitando la vida a otra persona.
Cornejo dijo que comprendió que los problemas de seguridad y su resolución deben estar unidos a la administración de Justicia. Seguidamente, enumeró los cambios que produjeron las modificaciones de leyes que impulsó y las mejoras en el sistema carcelario, así como el descenso en la cantidad de algunos delitos.
El exmandatario calificó como falaz el argumento de la exclusión social de quien fue condenado, como si eso lo habilitara a cometer algún delito. Aseguró que ese razonamiento produce un daño enorme, especialmente a la ciudadanía.
“Esta es una pena impuesta a quienes cometen delitos gravísimos, que destruyen familias, que al menos tienen el consuelo de saber que el homicida tendrá una sanción proporcional al daño que causa. Solo hablar del condenado sin examinar el dolor de las víctimas es tener una parte de la ecuación. La víctima no gozará nunca más de ningún derecho, simplemente porque le fue retirado el derecho a la vida”, expresó
Prisión perpetua: voces, casos y argumentos para dos visiones antagónicas
Cuarenta y tres personas que participaron en la audiencia pública sobre prisión perpetua convocada por la Suprema Corte de Justicia expusieron con claridad las visiones antagónicas que genera el tema.
Por la inconstitucionalidad
Durante la audiencia, también se expresó un grupo de personas que consideró inconstitucional la pena. Los fundamentos centrales y compartidos fueron que viola principios establecidos en la Constitución y en tratados internacionales, que es inflexible e incierta, y que la persona no tiene ninguna perspectiva de salida, ya que con las modificaciones de leyes que se produjeron en 2017, se imposibilitó el acceso a beneficios a los 35 años, como la libertad condicional.
Otro de los aspectos que expusieron dos de los profesionales fue la falta de perspectiva de género que implica esta pena cuando la condenada es una mujer. Tanto la representante de organismos de derechos humanos, Bibiana Beigel, como el defensor oficial Rubén Castro, destacaron que se impone una sola pena, sin tener en cuenta contexto, antecedentes o situación de desigualdad de la mujer.
Beigel comenzó su exposición diciendo que esta discusión es un problema de derechos humanos complejo, en el que es necesario tener en cuenta diversas realidades, no solo la de quien enfrenta la condena, sino también la de víctimas y familiares. La letrada explicó que, con el correr de los años y las reformas legislativas, la pena se transformó efectivamente en perpetua al impedir la posibilidad de acceso a beneficios cumplida gran parte de su condena, como sí ocurre con los condenados por delitos de lesa humanidad. A esto, dijo, se suma la situación de las cárceles que no permiten la reinserción”.
“No decimos que la pena es inconstitucional, consideramos que los delitos más graves deben ser sancionados. Decimos que, en la condición actual de las cárceles, es inconstitucional”, fueron sus palabras.
En el mismo sentido, la profesional Natalia Campanello expresó que, en la actual situación, esta pena es como “una muerte en vida” porque las cárceles no garantizan derechos mínimos y porque el recluso no tiene ningún incentivo de salida que haga que su vida tenga sentido.
“Es una pena de muerte oculta. Las soluciones de mano dura no han dado resultado, es una demagogia punitivista. Se vende desde el gobierno, pero no es la solución definitiva al problema”, expresó.
Con el cierre de la audiencia pública, ahora será el máximo tribunal en pleno el que deberá fallar sobre la constitucionalidad o no de la pena de prisión perpetua.
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