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16 DE DICIEMBRE DE 2024
Existen reglas de ceremonial y protocolo para el tratamiento de la enseña nacional. Qué hacer ante el deterioro.
Foto ilustrativa tomada de Pinterest
El Día de la Bandera se conmemora cada año en la Argentina el 20 de junio. Esa fecha es feriado nacional y día festivo dedicado a la bandera argentina y a la conmemoración de su creador, Manuel Belgrano, fallecido en ese día de 1820.
El uso de la bandera nacional y las reglas de protocolo y ceremonial fueron cambiando a través de los años. En 1869, a través de un decreto del Poder Ejecutivo Nacional se dictaminó que “la Bandera Argentina, será izada en todos los edificios públicos, y podrá serlo en casa de los particulares en días de conmemoración patriótica, siendo el derecho a esta demostración cívica extensivo a los extranjeros que a ella quisieran asociarse”.
Ya en 1933 y bajo la misma figura de decreto, en su artículo sexto se disponía el uso del pabellón nacional izado a media asta como señal de luto, solo ocurriría en caso de “fallecimiento del Presidente o Vicepresidente de la Nación, Ministros del Poder Ejecutivo, Presidente Provisorio del Senado, Presidente de la Cámara de Diputados, Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Gobernadores y Vicegobernadores de provincia, Presidentes de las Cámaras legislativas y del tribunal superior de ésta y de aquellos ciudadanos que por sus descollantes méritos y calificados servicios se declaran por decreto acreedores a esa honra”.
En 1943, el Poder ejecutivo resolvió que “la Bandera oficial de la nación es la Bandera con sol, aprobada por el Congreso Nacional, el 25 de febrero de 1818”.
Es el decreto 1635 del Ministerio de educación de la Nación en 1978, el que determina su uso y protocolo en escuelas y edificios oficiales y que rige hasta la actualidad.
En él se precisa que la Bandera, una vez arriada, no debe tocar el suelo y será recogida sin plegarla para ser trasladada al sitio donde será guardada. La Bandera no se podrá lavar, y esto sí prefigura un símbolo: el lavado le quitaría la Gloria y los Honores acumulados en las batallas libradas, es decir que no se puede lavar la Honra de la Patria.
Ante el inevitable desgaste o deterioro por el mero transcurso del tiempo, la resolución mencionada indica que la bandera deberá incinerarse. Esta ceremonia se cumplirá en un recinto cerrado y luego de haberse anulado su carácter emblemático, para lo cual deberá cortarse y separarse en tres paños. Por último, se labrará un acta donde constarán los detalles de la ceremonia.
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