Por el incendio en el ECA, condenaron a exfuncionarios y empresarios
Deberán pagar más de $ 26 millones por los daños ocasionados en la cúpula de edificio en 2017. La jueza dijo que todo lo ocurrido "debió haberse evitado". Qué dice el fallo.
Foto: Unidiversidad
Unidiversidad / Fuente: Los Andes
Publicado el 06 DE AGOSTO DE 2021
Por el incendio de la cúpula del Espacio Contemporáneo de Arte (ECA) ocurrido en 2017, la Justicia condenó a funcionarios y funcionarias de ese entonces y a empresarios y empresarias a cargo de los trabajos en el edificio. Deberán pagar más de $ 26 millones por los daños ocasionados.
El incendio en el ECA, ubicado en la esquina de 9 de Julio y Gutiérrez, de Ciudad, se produjo un 18 de enero, una semana después de que empezaran las obras para la remodelación y puesta en valor del edificio. La cúpula se prendió fuego, se quemaron obras de arte y dos bomberos resultaron heridos luego de que se les cayera encima una placa de yeso.
A más de cuatro años, la Justicia emitió su fallo. La jueza María Paz Gallardo aceptó la demanda civil por daños y perjuicios que había presentado la Fiscalía de Estado y condenó por una millonaria suma a funcionarios de este entonces y a empresarios a cargo del trabajo en el ECA.
Personas condenadas
La Justicia falló contra el exsecretario de Cultura, Diego Gareca, hoy funcionario de la Municipalidad de Godoy Cruz; la coordinadora del ECA, María Tinte; la directora de Administración de la Secretaría de Cultura, Judit María de Liberato, y Margarita Videla, por entonces jefa del Área de Compras y Contrataciones de la Secretaría de Cultura.
Además, la condena económica recayó en los directivos y directivas de la empresa DELA SA, que ejecutaban la obra de limpieza e impermeabilización de la terraza del edificio cuando se produjo el siniestro.
Las personas condenadas son Alejandro Gustavo Balegno y Ana Laura Torrisi, presidente y vice respectivamente de DELA S.A.
De esta manera, la Justicia dio lugar a la demanda realizada por el fiscal Fernando Simón y determinó que estas personas deberán pagar $ 26 480 156,84 al Gobierno provincial en el término de diez días.
La Fiscalía de Estado optó por el reclamo económico contra los y las responsables del incendio debido a que hubo evidentes errores de gestión que lo provocaron. A los funcionarios los acusó por conductas “gravemente negligentes” en el cumplimientos de normativas y de control, tanto en la adjudicación de las reparaciones como en el desarrollo de la obra.
El fallo
La jueza señaló que "el daño sufrido por el patrimonio de la Provincia se debió a una multiplicidad de acciones y omisiones negligentes, tanto de la empresa contratista, sus directores y operarios como de los funcionarios intervinientes, que incurrieron en un irregular cumplimiento de las obligaciones legales que les están impuestas a cada uno según sus cargos".
Gallardo citó al ingeniero que realizó el informe pericial, Héctor Coria, que sostuvo que "todo lo ocurrido se pudo evitar y debió haberse evitado". Para la magistrada, "las condiciones de riesgos fueron creadas por la concurrencia de falencias de procedimientos técnicos y administrativos, con el aporte de acciones y omisiones en todas y cada una de las etapas de la obra de impermeabilización de la cúpula del ECA, desde el proyecto a la construcción".
“Considero que no se trató de un ‘imprevisto’, sino que fue un ‘accidente previsible’ que se originó a raíz del accionar de los operativos de la empresa DELA SA al efectuar las tareas de impermeabilización que les habían sido adjudicadas”, señala la jueza.
Caso por caso
Sobre la impermeabilización de la cúpula, la magistrada sostuvo que “se desprende claramente que el procedimiento realizado por DELA SA fue mediante la colocación de membrana Megaflex Geotrans en caliente”, a pesar de que el pliego “preveía otra técnica menos riesgosa de realizar la obra”.
Además, la jueza afirmó que “la empresa debió extremar los recaudos para evitar cualquier perjuicio, lo que evidentemente no hizo, derivándose de ello su deber de reparar el daño causado”.
En cuanto al exsecretario de Cultura, Diego Gareca, la sentencia dice que “es responsable personalmente del menoscabo patrimonial sufrido por el Estado Provincial” por haber sido quien designó a los integrantes de la Comisión de Preadjudicación y quien dictó la resolución de la adjudicación de la obra.
“Si quien tenía a su cargo la referida cartera hubiera actuado con la diligencia que el cargo le imponía, ejerciendo el control debido sobre las obras realizadas en el Edificio del E.C.A., tan valioso para el Patrimonio cultural de la Provincia, indudablemente el hecho no hubiera ocurrido”, dice el fallo.
Acerca de la responsabilidad de la coordinadora del ECA, María Tinte, la sentencia afirma: "Si hubiera efectuado un correcto análisis de las ofertas presentadas, hubiera advertido que DELA SA no cumplía con los requisitos del pliego y el riesgo que tal incumplimiento acarreaba para el bien que, por su cargo y función, tenía bajo su guarda”.
“Si (Tinte) hubiera controlado estrictamente la obra que se estaba ejecutando en el edificio cuya preservación es justamente la función principal para la cual fue designada, indudablemente el hecho no hubiera ocurrido”, dice el fallo.
Respecto de la jefa de Compras y Contrataciones, Margarita Videla, el fallo le imputa no haber realizado una correcta licitación del servicio. “El único criterio que se ponderó fue el precio, sin atender de manera alguna a la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta”, se explica en la sentencia. Por su parte, De Liberato, directora de Administración de la Secretaria de Cultura, “incurrió también en un irregular ejercicio de sus funciones”.
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