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04 DE NOVIEMBRE DE 2024
El secretario de Salud, Adolfo Rubinstein, promovió la actualización, que fue publicada en el Boletín Oficial, pero será derogada.
Foto publicada en clarin.com
Unidiversidad / Télam / La Nación
Publicado el 20 DE NOVIEMBRE DE 2019
En una decisión difícil de entender, el presidente Mauricio Macri ordenó a la ministra de Salud y Desarrollo Social, Carolina Stanley, dar marcha atrás con la resolución del secretario de Salud, Adolfo Rubinstein, que actualizaba el protocolo de Interrupción Legal del Embarazo (ILE) tras cuatro años. La resolución, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, actualizaba el protocolo siguiendo recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Según medios nacionales, la decisión de Rubinstein provocó rechazo dentro de la administración nacional y de Cambiemos. "Se cortó solo", describieron fuentes de la Casa Rosada a diario "La Nación".
Salió el Protocolo ILE 2019: cuáles son los principales cambios
El nuevo Código Civil y Comercial, nuevas resoluciones en el área de la Salud y la OMS han sido claves en la actualización de la última guía (publicada en 2015) para que efectores públicos apliquen la interrupción legal del embarazo.
Incluso, horas antes, el presidente provisional del Senado, Federico Pinedo, criticó por "inconstitucional" la decisión de la Secretaría de Salud de actualizar el "Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo". "Me parece lamentable y claramente inconstitucional la resolución del secretario de Salud ampliando de manera irresponsable las causales de aborto no punible y limitando la objeción de conciencia médica", señaló Pinedo en sus redes sociales.
Por su parte, esta jornada, el propio Rubinstein había salido a celebrar esta actualización (que finalmente duró solo algunas horas) en su cuenta en Twitter.
La Secretaría de Gobierno de Salud aprobó el protocolo nacional para la atención integral de las personas con derecho a #ILE. Un gran paso para seguir avanzando en la consolidación de derechos y en la protección de la salud pública con equidad. https://t.co/yjevwcLTmh
— Adolfo Rubinstein (@RubinsteinOk)
Decisión "inexplicable"
La decisión del Gobierno nacional de revocar la actualización del protocolo de Interrupción Legal del Embarazo (ILE) fue tomada con sorpresa por una especialista del Conicet que señaló que la resolución "venía a cubrir el desfasaje entre la legislación vigente y el protocolo".
La médica investigadora del Conicet y del Centro de Estudios de Estado y Sociedad (Cedes), Mariana Romero, afirmó en diálogo con Télam que “los cambios que propone el protocolo que se publicó hoy en el Boletín Oficial son una actualización necesaria que requería un protocolo que está vigente desde finales de 2015”.
“En primer lugar era necesaria una actualización respecto de los abortos con medicamentos, porque la Organización Mundial de la Salud (OMS) actualizó sus recomendaciones sobre los mismos y es necesario que el protocolo ILE de la secretaría de Salud las tenga en cuenta”, ejemplificó.
En ese sentido apuntó que “otro elemento que era necesario incorporar es el protocolo de consentimiento informado de niños, niñas y adolescentes para que esté de acuerdo con la reforma del código civil y comercial que se modificó después de la anterior actualización del protocolo ILE”.
Romero sostuvo que “El primer protocolo es de 2007, luego se publicó una nueva versión en 2010 y otra en 2015, actualizaciones como las que se publicó hoy son necesarias para mantenerlo acorde a la legislación vigente”.
La médica consideró que “es inexplicable el rechazo a esta actualización, es como pretender que no se tome en cuenta la evidencia científica o que no esté de acuerdo a las leyes vigentes”.
“Esta última versión del protocolo ILE publicada hoy vuelve a incluir la posibilidad de la objeción de conciencia, dejando en claro que es un acto personal y no institucional, y que debe ser informada con anterioridad a los casos; además se vuelve a indicar que la objeción no puede ejercerse ante una emergencia y que es responsabilidad del objetor informar y derivar la consulta”, agregó.
“Entendemos que en este caso no era necesaria la consulta a otros organismos públicos porque se trata de un protocolo de aplicación en el ámbito de los servicios de Salud y por lo tanto es de incumbencia directa de la secretaría de Salud”, completó.
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