Oficializaron el Dispo hasta el 31 de enero de 2021 en todo el país

La decisión la adoptó el presidente Alberto Fernández a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 1033/2020. Qué dice el texto de la norma.

Oficializaron el Dispo hasta el 31 de enero de 2021 en todo el país

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Fuente: Télam

Publicado el 21 DE DICIEMBRE DE 2020

El Gobierno nacional oficializó este lunes la prórroga de la modalidad del distanciamiento social, preventivo y obligatorio (Dispo) para todo el país hasta el 31 de enero próximo por la pandemia por coronavirus. La decisión la informó el presidente Alberto Fernández a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 1033/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial y cuyo contenido había sido anunciado el viernes último.

Hasta ahora regían en forma disímil el distanciamiento y el aislamiento en el país, ya que se había notado una caída en la cantidad de contagios en el AMBA y en algunas provincias, mientras que en otras había aumentado.

"El país se encuentra en una etapa de disminución de casos, aunque con algunas alertas por la ralentización de esta disminución en algunos departamentos, por lo que es fundamental lograr que la población continúe con las medidas de prevención", indicó el decreto publicado hoy.

Agrega que "es necesario que el sistema de salud continúe en alerta para la detección temprana de casos y que los sistemas de atención primaria se refuercen para lograr un mejor rastreo de contactos estrechos".

Durante el Dispo, como viene sucediendo, las personas estarán obligadas a seguir "reglas de conductas generales", como "mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades", establece el DNU.

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Foto Télam

 

Respecto de las actividades económicas, se determina que "solo podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria". Advierte también: "Sigue sin existir país del mundo que haya logrado aún controlar definitivamente la epidemia, por lo que se mantiene vigente la imposibilidad de validar en forma categórica alguna estrategia adoptada, especialmente cuando las realidades sociales, económicas y culturales introducen mayores complejidades".

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"Muchos de los países que habían logrado controlar los brotes y relajado las medidas de distanciamiento social, y que habían regresado a fases avanzadas de normalización de actividades y funcionamiento, se encuentran actualmente transitando una segunda o tercera ola de contagios", se advierte.

Por otra parte, por Decisión Administrativa 2116/2020, el Gobierno nacional autorizó celebración de eventos religiosos de más de 20 personas en espacios cerrados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otras actividades en la provincia de Buenos Aires.

 

Detalles del decreto

  • El sistema de salud debe contar con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria;
  • El aglomerado urbano, departamento o partido no debe estar definido por la autoridad sanitaria nacional como aquellos que poseen "transmisión comunitaria sostenida" del virus SARS-CoV-2;
  • La razón de casos confirmados, definida como el cociente entre el total de casos confirmados de las última 2 semanas epidemiológicas cerradas y el total de casos confirmados correspondientes a las 2 semanas previas, deberá ser inferior a 0,8. Este indicador permite observar el aumento o descenso de casos de las últimas 2 semanas en relación con las semanas anteriores. Si el indicador se encuentra entre 0,8 y 1,2, se considera una evolución estable, si es mayor a 1,2, se considera evolución en aumento, y si es menor a 0,8, se considera en descenso. No será necesario cumplimentar este requisito si, por la escasa o nula cantidad de casos, no puede realizarse el mencionado cálculo.

 

El decreto completo

486358027 decreto-956 de Unidiversidad

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