Nuevas pautas para la custodia de Macri y sus ministros

Así lo estableció la resolución 389 del Ministerio de Seguridad de la Nación. Los cambios son consecuencia de los incidentes y amenazas sufridos por los funcionarios.

Nuevas pautas para la custodia de Macri y sus ministros

Manifestantes agreden un auto de la comitiva de Macri. Foto: publicada por La Nación.

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Unidiversidad/ Fuente: Télam

Publicado el 30 DE AGOSTO DE 2016

A través de una resolución publicada este martes 30 de agosto en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó nuevas pautas de organización del servicio de protección y custodia del Presidente, la Vicepresidenta y los ministros. Los cambios, según especifica la normativa, empezarían a regir en 30 días, plazo previsto para que las fuerzas de seguridad se adapten a los nuevos requisitos de la cartera que conduce Patricia Bullrich.

Esta medida se da en el marco de una seguidilla de amenazas telefónicas, como las recibidas recientemente por la líder del GEN, Margarita Stolbizer, y los actos con abucheos y piedradas a Mauricio Macri y María Eugenia Vidal en Mar del Plata.

La resolución  389 de la cartera que conduce Bullrich estableció el carácter “obligatorio y permanente” de la custodia para quienes el Ministerio de Seguridad considere necesario. Además determina que la custodia "se regirá conforme a criterios objetivos de seguridad, tales como la función, las circunstancias de las personas a custodiar y proteger, y las hipótesis de amenazas reales que dichas situaciones conlleven".

La normativa diferencia tres niveles de protección, con protocolos específicos que serán establecidos por el Ministerio de Seguridad con carácter confidencial.

El Presidente y la Vicepresidenta con sus núcleos familiares componen el nivel 1, en tanto el nivel 2 lo conforman el jefe de Gabinete de Ministros, el ministro de Seguridad y el secretario de Seguridad. En el nivel 3 se encuentran los ministros y funcionarios para quienes el Ministerio de Seguridad "considere deba brindar el servicio de protección de Estado y custodia, y los expresidentes de la Nación".

El texto de la resolución señala también que "si el custodiado pretende prescindir del servicio, deberá notificar fehacientemente su voluntad ante las autoridades de la Fuerza de Seguridad que le brinda el servicio".

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