Para la nueva jueza de la Suprema Corte, la paridad tiene que existir en las actividades pública y privada
En el sistema judicial local las mujeres son mayoría, pero los puestos de mayor jerarquía siguen ...
23 DE DICIEMBRE DE 2024
El fiscal federal Dante Vega desentraña en esta entrevista las implicancias de los principales puntos del proyecto de reforma del Consejo de la Magistratura aprobado este jueves por la Cámara de Diputados del Congreso Nacional. La oportunidad histórica de que Argentina alcance “una verdadera Justicia al servicio del pueblo” queda en manos de Senadores.
El fiscal federal, Dante Vega. Foto: Archivo Edición UNCuyo / Axel Lloret
La mirada del referente permite interpretar con claridad la implicancia de la trascendente iniciativa que impulsa el oficialismo y que en la madrugada del jueves fue sancionada en Diputados y girada a la cámara alta.
Según detallan medios nacionales, la sesión especial donde se trató la propuesta –que tuvo una duración de 17 horas– se caracterizó por fuertes cruces entre el oficialismo y la oposición, que se retiró del debate en particular cuestionando la votación de un artículo del dictamen, y que no participó del tratamiento de la creación de tres cámaras de casación penal y de la regulación de cautelares.
Ahora, el proyecto aprobado con las mayorías requeridas por la Constitución debe ser nuevamente analizado por el Senado, que debe decir si acepta o no los cambios incorporados por el oficialismo sobre la administración del Poder Judicial, a la luz de las sugerencias de la Corte Suprema.
En la sesión participaron más de 80 oradores y se concluyó con la aprobación en general por 130 contra 123 sufragios, con lo cual se cumplió con el requerimiento constitucional de mayorías absolutas para proyectos derivados de la Constitución Nacional, tal como informa Télam.
La oposición votó en los dos primeros artículos y luego optó por permanecer cerca de sus bancas o en el salón de Pasos Perdidos, por lo cual la mayoría de los ítems tuvieron 130 votos contra 9, lo suficiente para cumplir con el requisito constitucional que exige 129 votos para la aprobación de esta ley.
La entrevista al fiscal Dante Vega
¿Cuál es su mirada sobre el proyecto de reforma al Consejo de la Magistratura?
El proyecto en general ha sido malinterpretado por algunos sectores por mero desconocimiento. Esto lo digo como ciudadano. Después de haberlo leído, entiendo que la discusión de fondo es si los consejeros pueden ser elegidos por el voto popular. Esto ha ganado mucho debate, incluso en el seno de los operadores del derecho y en la Corriente de opinión “Justicia Legitima” que integro.
No es un tema que se pueda resolver de la noche a la mañana, por eso, sobre lo que se debate y se dice, resalto el miedo a la elección popular que se pretende instalar. Esto no debe espantar a nadie: si la ciudadanía está capacitada para elegir a las más altas autoridades de la República, también lo está para elegir a los consejeros de la Magistratura. Eso, como idea, no debe espantar a nadie porque la democracia representativa es una sola. Después podemos discutir los mecanismos para la elección, pero hay que entender que los únicos que se terminan espantados son aquellos que interpretan que es una maniobra del gobierno por copar el Consejo de la Magistratura; ahí es donde se ensucia el debate, como se ha visto recientemente.
¿Son cuestiones subjetivas las que ensucian el debate, entonces?
Por supuesto, porque terminan desvaneciendo una cuestión fundamental que es la democratización de la Justicia Federal. Es fundamental que sea revisada en sus mecanismos de designación de jueces, de remoción de jueces. Es el único poder al que no le ha llegado la hora democrática; los otros han sido validados permanentemente por la ciudadanía. Y la forma natural para que esto se discuta es el Congreso de la Nación, como está ocurriendo. Es muy sano para la democracia que esto ocurra.
Respecto a la modificación que sufrió el proyecto, y que también fue a pedido de la propia Corte, de que la elección de secretarios/as y funcionarios/as del Poder Judicial sean de extrema confianza del juez, ¿qué opina? Porque si bien es importante, no terminaría de democratizar el poder judicial, ¿o está bien que así sea?
Creo que se pueden hacer las dos cosas, dialogando se encuentran los mecanismos. Por un lado, un sistema de concursos en el cual se evalúe la idoneidad de la persona que quiera ingresar a la Justicia, y que también se tenga en cuenta el interés que pueda presentar un magistrado o un fiscal en tener secretarios de confianza.
Por mi experiencia, entiendo que hay casos donde, efectivamente, el juez o el fiscal eligen secretarios de su confianza y muchísimos casos donde jueces ingresan a tribunales que ya tienen secretarios designados o heredados, y que han ganado la misma confianza.
La confianza de la que hablamos y que inspira un secretario es a la función, no a un juez determinado. Los secretarios son los que guardan los secretos, pero no de algo ilícito o irregular. Guardan los secretos de una gestión de un tribunal que no pueden trascender a la esfera pública en determinado momento. Si un tribunal permanentemente publicitara sus actos, su buen funcionamiento sería imposible. Hay cosas que deben mantenerse en reserva mientras se adopta una decisión, y otras que deben hacerse públicas. El secretario es una figura fundamental en ese mecanismo interno.
Con respecto al manejo de fondos que debería darse constitucionalmente por el Consejo de la Magistratura, ¿cree que es posible que se concrete?
En algún momento se va a dar; sucede que estamos hablando de un aspecto que es muy difícil para toda burocracia como es el manejo del dinero. Ninguna burocracia va a renunciar alegremente al manejo del dinero, eso está estudiado por especialistas. De todas maneras, no hay que ser burócrata ni sociólogo para darse cuenta de una verdad como esta.
En este proceso de reforma, la Corte está tratando de mantener ese manejo de los fondos que es mucho dinero, pero no hay una cuestión ilícita detrás de esto. Como ciudadano, entiendo que lo que subyace es una cuestión de poder, y el poder no se resigna tan fácil a la pérdida de prerrogativas. Entonces, hoy se da la circunstancia de que el Consejo de la Magistratura se encuentre virtualmente paralizado. Imaginemos un Consejo que administre todos los fondos del Poder Judicial de la Nación –que son muchísimos: no estamos hablando solamente de pagos de sueldos, es dinero que se destina a múltiples funciones-. Con un Consejo paralizado, la justicia entra en un caos.
Se mezclan las dos cosas. Yo no sé qué va a decir definitivamente el poder político al respecto, pero el mandato constitucional en algún momento se va a tener que cumplir y el Consejo de la Magistratura va a funcionar democráticamente: con funcionarios elegidos por el pueblo y con la administración de los fondos del Poder Judicial. Y la República también va a funcionar, no es que va a ver un intento por copar la justicia para sumarla al poder absoluto y todo eso tan falaz que se pretende instalar en la opinión pública.
¿Qué piensa sobre la regulación a las cautelares que propone la iniciativa?
No soy especialista, simplemente lo interpreto por lo que dicen los medios. He seguido con atención el debate que planteó Horacio Verbitsky en su columna de Página/12 y también observo el proyecto tal como estaba redactado. Creo que el aporte de este periodista sirvió al proyecto para que no quedaran desprotegidas las minorías o los sectores vulnerables ¿A quién le puede llamar la atención esto en un sistema democrático? El sistema democrático incorpora voces, provengan de una organización social, de un medio, de un sindicato, de donde sea.
Cualquier ciudadano advierte que se ha desnaturalizado el sistema de cautelares en el derecho argentino. Cuando se está hablando de una “cautelarización del derecho” se habla sobre datos de la realidad: hay cautelares que duran 2 o 4 años; de esta manera se subvierte no solo el significado de la medida sino del derecho.
Lo que tenemos que entender es que primero debe sancionase la ley en el Congreso, institución que representa la voluntad del pueblo. Luego vendrá la instancia de aplicación y revisado por parte de los jueces.
En un sistema de constitucionalidad como el que tenemos, que se llama de “constitucionalidad difusa” cualquier juez pude declarar la inconstitucionalidad de una ley, en tanto sea sobre un caso en particular; de lo contrario, se le daría un poder enorme al juez de andar emitiendo opiniones en abstracto cuando no puede hacerlo.
Esto viene ya de la jurisprudencia norteamericana. Entonces, en un caso sometido a su decisión, cualquier juez puede declarar la inconstitucionalidad de una norma ¿pero qué es lo que hace una cautelar desviada? Traslada la discusión de fondo y se restringen artículos de una ley. Así, deja de aplicarse la norma que había sido sancionada legítimamente por los representantes del pueblo. Por lo tanto, tampoco se resuelve sobre el fondo y la cuestión queda suspendida. Esto es lo que genera inseguridad jurídica.
Personalmente, lo que me interesa como ciudadano es que se encuadre la situación en términos honestos, si no, ya no se sabe qué se está discutiendo.
¿Entiende necesaria la creación de cámaras de casación?
Con este tema también se ve notablemente cómo se oscurece un debate que debería ser muy claro. He trabajado tanto en la Justicia Federal como en la Provincial, he sido abogado, la experiencia y el estudio me indican que tribunales intermedios a la Corte Suprema de Justicia de la Nación son necesarios.
No puede la Corte fallar miles de casos al año porque también ahí se desnaturaliza su función. Es materialmente imposible que un tribunal cualquiera falle en miles de casos, porque eso hace interpretar que no lee los casos o que los leen otros, o que directamente los sellan y se quedan con lo que ellos consideren importante, y lo accesorio, según su visión lo mandan de vuelta a los tribunales inferiores, o sea a un tribunal que funciona en forma cáustica.
Lo mencionó la Presidenta Cristina Fernández en un discurso hace unos días, no es que lo reveló porque esto ya era bien sabido: la Corte Federal norteamericana falla muy pocos casos al año, los casos trascendentes. Lo que pasa es que cuando esta Corte habla, toda la ciudadanía la escucha porque su opinión pesa.
¿Qué podemos esperar nosotros de la Corte Federal argentina cuando emite en miles de casos en los que no sabemos qué dice, en qué materia, etcétera? Esto lo digo porque las cámaras de casación que se intentan crear (entiéndase: tribunales intermedios entre las cámaras federales y la Corte) deben ser bienvenidas porque le van a sacar al máximo tribunal la necesidad de fallar en una enorme cantidad de casos, a cambio de la posibilidad de dedicarse a cuestiones donde verdaderamente esté en crisis la propia Constitución Nacional, que es allí donde tiene que fallar.
Quienes se oponen argumentan que se van a gastar recursos en la creación de una burocracia más, pero ¿cuál es el problema si es para dar soluciones?
¿Usted piensa que se ganaría en tiempo?
No sólo en tiempo, también en calidad de gestión, estoy convencido de eso.
Supongamos una nueva Cámara de Casación en lo Civil que resuelva la enorme cantidad de recursos que se plantean en todo el país contra las resoluciones civiles de la Cámara Federal; ya sería una instancia intermedia que liberaría a la Corte de la necesidad de entender en esta causa. Además, del cúmulo de fallos de casación civil llegarían muy pocos a la Corte, que aún permanecería habilitada de intervenir en estos casos, no es que se la sacaría de escena.
Entonces la idea es muy buena, pasa que después se la oscurece con la falsa idea de que el Gobierno intenta crear las cámaras para completarlas con jueces adictos. Como dijo Verbistky, este Gobierno ha creado una Cámara de Casación para delitos del foro nacional (no del foro federal) hace cinco años y con jueces designados por concurso. Y aún no se implementa.
Entonces, ¿cuál es la voluntad del poder de crear cámaras o tribunales para coparlos con jueces, si de hecho aún lo que ha creado no está en funcionamiento? Esto, la sociedad debería conocerlo y compartirlo, pero en ocasiones lo oscurecen los intereses ajenos a las instituciones.
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