No se podrá circular entre las 00.30 y las 05.30

La decisión fue tomada en conjunto entre el gobernador Suarez y los intendentes luego de una reunión. Comenzará a regir desde este martes.

No se podrá circular entre las 00.30 y las 05.30

Foto: Prensa de Gobierno de Mendoza

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Unidiversidad / Fuente: Los Andes

Publicado el 05 DE ABRIL DE 2021

En medio de la segunda ola de COVID-19, las autoridades provinciales decidieron restringir la circulación nuevamente. Después de una reunión entre Rodolfo Suarez y el grueso de intendentes, se llegó a un acuerdo: no se podrá circular entre las 00.30 y las 05.30. La restricción comenzará a regir desde este mismo martes.

La otra medida que se tomará es la reducción del público para eventos y reuniones en espacios al aire libre: el máximo será de 250 personas. 

Cuando comience a aplicarse la restricción, a partir de esta noche, solo funcionarán de madrugada los servicios esenciales y/o urgencias. Esto se hace con el propósito de desalentar fiestas clandestinas.

La norma saldrá publicada este martes en el Boletín Oficial.

El nuevo marco de prohibición de actividades entre las 0.30 y las 5.30 se extenderá según el monitoreo diario de la situación epidemiológica, indicó este mediodía en conferencia de prensa el ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia, Víctor Ibañez. 

“Son medidas que en ningún caso afectan el empleo y la actividad comercial de la provincia”, resaltaron desde el Gobierno provincial. 

Asimismo, Ibañez aclaró que “los que viajen de madrugada podrán circular con la misma documentación, si son esenciales”, en referencia a trabajadores que cumplan sus tareas en el horario nocturno. De esta manera, se mantendrá la presencialidad en las escuelas. Todas las actividades habilitadas hasta el momento seguirán funcionando (deporte, salas culturales, cines, restaurantes, bodegas, turismo), siempre al 50 %.

 

Aforo reducido en eventos

Los eventos deportivos que se realicen en lugares cerrados deberán ser sin presencia de público, mientras que en los espacios al aire libre no podrán superar las 250 personas, con una cada por cada metro cuadrado. En lo que respecta a las reuniones y actividades sociales, las que se realicen puerta adentro podrán albergar hasta el 50 % de la capacidad, con un tope máximo de 250 personas.

En el futuro, las nuevas restricciones dependerán de la ocupación en camas UTI y el aumento de los contagios.

 

Las reuniones familiares

Para finalizar el ministro Ibañez aclaró: “En cuanto a reuniones familiares, está vigente la norma que permite el encuentro de hasta 20 personas, con todos los protocolos vigentes y no exponiendo a las personas mayores. Las reuniones de amigos están habilitadas en bares y restaurantes, que seguirán funcionando igual, excepto por el límite horario. Si esto se incumple, se puede proceder al arresto de hasta 30 días y trabajos comunitarios”.

 

En síntesis

  • La restricción de circulación de 00.30 a 5.30.
  • Durante la realización de eventos en lugares habilitados y al aire libre, se deberá respetar la distancia de hasta un metro cuadrado por persona y hasta un máximo de 250 personas.
  • Los eventos que se realicen en lugares cerrados, serán con la capacidad del salón de hasta el 50 % y con un máximo de 250 asistentes.
  • La actividad deportiva que se realiza de forma cerrada será sin público.
  • La actividad deportiva que se realiza al aire libre podrá ser con público de hasta 250 personas.

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