Milei tiene su Ley Bases: en qué cambiará la vida de la población argentina

Tras un extenso debate que ocupó gran parte de la discusión política durante el primer semestre del año, el Ejecutivo logró aval legislativo para su primera norma. Hacemos un repaso por las principales reformas que se vienen.

Milei tiene su Ley Bases: en qué cambiará la vida de la población argentina

La Ley Bases contó con el apoyo del PRO y de un amplio sector de la UCR y de HCC

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Publicado el 28 DE JUNIO DE 2024

Finalmente, tras seis meses en el poder, el presidente Javier Milei pudo celebrar que tiene su Ley Bases. La amplia norma, si bien fue reducida en su articulado, tiene una gran influencia en diferentes áreas centrales del Estado. Obtuvo 147 avales en Diputados (107 en contra y dos abstenciones). También fue aprobado el llamado paquete fiscal, que incluye la restitución de la cuarta categoría del impuesto a las ganancias y un nuevo piso de Bienes Personales.

Así, esta “ley ómnibus” de 238 artículos plagada de reformas es, para La Libertad Avanza, la ansiada culminación de lo que el presidente Javier Milei llamó “fase 1”. A partir de ahora, se esperan más reformas, pero en una sintonía más fina. En este marco, la población deberá prepararse para una serie de cambios que, dependiendo de su actividad, traerá modificaciones.

La Ley Bases tuvo muchas modificaciones desde que comenzó a ser tratada por la Cámara Baja. Foto: @DiputadosAR

Principales reformas

La ley está dividida en nueve títulos, nueve grandes temas que van desde el aval a que el Presidente tenga facultades especiales hasta reformas del Estado que incluyen contratos y acuerdos. También avanza en reformas laborales y en políticas de promoción del empleo y modernización laboral. Además, modifica políticas sobre energía y promueve el tan discutido Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones (RIGI). Asimismo, amplía medidas fiscales de ajuste y aumenta el impuesto al tabaco.

En un repaso general, detallamos algunas modificaciones.

  • Se declara la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un año;

  • Se buscará reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal a fin de disminuir el déficit, transparentar el gasto y equilibrar las cuentas públicas; y asegurar el efectivo control interno de la Administración Pública Nacional con el objeto de garantizar la transparencia en la administración de las finanzas públicas;
  • El Poder Ejecutivo no podrá disponer la disolución de una treintena de organismos; entre ellos, el Conicet, la Anmat, el Incaa, el Enacom, el Incucai, la UIF, el INTI, el INTA, el Senasa, el SMN, el Banco Nacional de Datos Genéticos y todos aquellos vinculados con la cultura, entre otros;
  • Fondos fiduciarios: se autoriza al Poder Ejecutivo a “modificar, transformar, unificar, disolver o liquidar” los mismos, pero se excluye de la lista al Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas (Ley de “Zona Fría”);
  • Privatizar con condiciones: respecto de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima y Yacimientos Carboníferos Río Turbio, se podrá “únicamente organizar un programa de propiedad participada y colocar una clase de acciones para ese fin” e “incorporar la participación del capital privado, debiendo el Estado Nacional mantener el control o la participación mayoritaria en el capital social”;
  • Privatización total: Energía Argentina e Intercargo S.A.U.; en el esquema de privatización/concesión, aparecen AySA, Belgrano Cargas, Sociedad Operadora Ferroviaria y Corredores Viales;
  • Empleo registrado: empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la ley. Asimismo, sobre las multas por trabajo no registrado, la reglamentación determinará los porcentajes de condonación que habrán de aplicarse, los que en ningún caso serán inferiores al 70 % de las sumas adeudadas;
  • También se lleva el período de prueba de tres a seis meses. Se determina que podrá ser de hasta ocho meses en empresas de seis hasta 100 trabajadores, y de hasta un año en empresas de hasta cinco trabajadores;
  • Indemnizaciones/Fondo de cese laboral: esta es una novedad importante, dado que, mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir la indemnización prevista en el artículo 245 de la Ley 20.744 por un fondo o sistema de cese laboral conforme los parámetros que disponga el Poder Ejecutivo nacional. Los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado a su costo, a fin de solventar la indemnización y/o la suma que libremente se pacte entre las partes;
  • Colaboradores”: empresas de hasta tres trabajadores “independientes” (monotributistas) para “llevar adelante un emprendimiento productivo”. Se habla de una “relación autónoma, sin que exista vínculo de dependencia entre ellos, ni con las personas contratantes de los servicios u obras e incluirá, tanto para el trabajador independiente como para los trabajadores colaboradores, el aporte individual de una cuota mensual que comprenda la cotización al Régimen Previsional, al Régimen Nacional de Obras Sociales y Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen de Riesgos del Trabajo, en las condiciones y requisitos que establezca la reglamentación”;
  • Despidos: “podrá configurar grave injuria laboral, como objetiva causal de extinción del contrato de trabajo, la participación activa en bloqueos o tomas de establecimiento”;
  • RIGI: se plantea la creación de un Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones (RIGI), que incluye una serie de beneficios fiscales y aduaneros para sociedades nacionales y extranjeras que inviertan en proyectos por encima de los 200 millones de dólares. El RIGI resultará aplicable en proyectos de los sectores de forestoindustria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, petróleo y gas. El plazo para adherirse será de dos años y el Poder Ejecutivo nacional podrá prorrogar por única vez la vigencia del plazo por un período de hasta un año;
  • Sobre el RIGI, se incorporó que se “deberá contener un compromiso de contratación de proveedores locales respecto de bienes y/u obras para el desarrollo del proyecto equivalente como mínimo al 20 % de la totalidad del monto de inversión destinado al pago de proveedores correspondiente al proyecto, siempre y cuando la oferta de proveedores locales se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad. Dicho porcentaje mínimo deberá mantenerse durante las etapas de construcción y operación”;
  • Cigarrillos: se aumenta la tasa del impuesto interno sobre los cigarrillos del 70 % al 73 %. Esto incluye a todas las tabacaleras;
  • Ganancias: este impuesto había sido derogado en septiembre de 2023. Ahora, se restableció la llamada cuarta categoría y se estable un mínimo no imponible –los ingresos a partir de los cuales se cobra el impuesto– de $1,8 millones brutos (el sueldo antes de los descuentos) para solteros y $ 2.340.000 para casados con 2 hijos. Este piso tendrá una readecuación semestral de los topes a partir del año 2025;
  • Blanqueo de capitales: habrá nuevo régimen de regularización de bienes y activos no declarados. La vigencia será hasta el 30 de abril de 2025, con una posible prórroga hasta el 31 de julio del mismo año. Este régimen permitirá a las personas que posean capitales fuera del control del Estado adherirse al blanqueo de sus activos;
  • Blanqueo: para aquellos que deseen regularizar montos inferiores a USD 100.000, podrán hacerlo sin pagar impuestos siempre que ingresen el dinero en el sistema financiero argentino y no lo retiren hasta el 31 de diciembre de 2025, o lo destinen a ciertos tipos de inversiones específicas. En el caso de montos superiores a USD 100.000, se aplicarán diversas tasas impositivas según el período en el que se efectúe el blanqueo.

¿Qué bloques votaron a favor y cuáles en contra?

La votación se realizó sobre el dictamen de mayoría firmado el último martes en las comisiones de Legislación General, de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales. Según publicó chequeado.com, este dictamen obtuvo en el recinto de sesiones 147 votos a favor, 107 votos en contra y 2 abstenciones.

Así, los avales fueron aportados por los 38 diputados de La Libertad Avanza (LLA), 37 del PRO, 34 de la Unión Cívica Radical (UCR), 13 de Hacemos Coalición Federal, 8 de Innovación Federal, 5 de Coalición Cívica (CC), 3 del Movimiento de Integración y Desarrollo (MID), 3 de los tucumanos de Independencia, 2 de Buenos Aires Libre, 2 de Producción y Trabajo, 1 de CREO, 1 de Por Santa Cruz y 1 del Movimiento Popular Neuquino. En contra votaron los 99 diputados de Unión por la Patria (UP), los 5 del Frente de Izquierda (FIT), los 2 socialistas de Hacemos y la cordobesa Natalia de La Sota, que pertenece a esa misma bancada. Mónica Frade (CC) y Sergio Acevedo (Por Santa Cruz) se abstuvieron.

Fuente: Parlamentario.com / chequeado.com

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