Marchas masivas y veto presidencial: claves para entender la Ley de Financiamiento Universitario

El reclamo de la comunidad universitaria nacional por mejores condiciones salariales tuvo su freno tras el veto firmado por Javier Milei. Qué dice la Ley aprobada por el Congreso que establece mejoras en los gastos de funcionamiento y en materia salarial para personal docente y nodocente.

Marchas masivas y veto presidencial: claves para entender la Ley de Financiamiento Universitario

El reclamo por mayor financiamiento unió a la comunidad universitaria en Mendoza. Foto: Unidiversidad

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Publicado el 03 DE OCTUBRE DE 2024

Tras las masivas marchas en defensa de la educación superior pública que coparon las principales ciudades de la Argentina, el Poder Ejecutivo nacional publicó el veto a la Ley de Financiamiento Universitario que había sido aprobada por el Congreso en septiembre pasado. Con la firma del presidente Javier Milei, el veto escala la tensa relación que hay entre el Gobierno nacional y la comunidad universitaria para abrir interrogantes sobre cómo continuará el reclamo por mayor presupuesto. 

Ahora bien, vale la pena repasar qué dice Ley de Financiamiento Universitario que este 2 de octubre tuvo importantes manifestaciones de apoyo en todo el país, incluyendo Mendoza, donde más de 30 mil personas marcharon desde el campus de la UNCUYO hasta la Plaza Independencia para defender la sanción de la norma. 

Claves del financiamiento universitario 

En base a una publicación realizada por el sitio chequeado.com resumimos los principales puntos de la Ley que declara la emergencia presupuestaria del sistema universitario nacional para el año 2024, cuyo principal motor es “atenuar, ante el aumento de los costos de los bienes y servicios esenciales, el impacto que los mismos tienen para los compromisos salariales y los gastos de funcionamiento de todas las universidades nacionales”.

Para los gastos de funcionamiento, la iniciativa propone actualizar las partidas del Presupuesto 2023 (prorrogado por el Gobierno de Javier Milei) según la inflación acumulada ese año (del 211,4%) y luego aplicar un incremento bimestral de acuerdo con la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC), descontando los aumentos ya otorgados en lo que va del año. 

La norma, defienden quienes la votaron, implicaría para este año un costo fiscal de 0,14% del PBI, equivalente a $738.595 millones, según un informe de la Oficina de Presupuesto del Congreso. 

Asimismo, el proyecto avalado y luego vetado también modificaría el artículo 58 de la Ley de Educación Superior, estableciendo nuevos criterios para la distribución del presupuesto entre las universidades. Estos criterios incluyen factores como el número de estudiantes, tipos de carreras, cantidad de egresados, áreas de vacancia y actividades de investigación y extensión. 

En el mismo tono de la Ley y en continuidad con el reclamo, el Consejo Universitario Nacional (CIN) emitió un comunicado en defensa de la "universidad pública, base de la democracia y el desarrollo social", donde expone números para pedir mayor financiamiento y donde hace un reclamo particular por la pauta de gastos para 2025, ya que "si el proyecto de presupuesto para el 2025 no se modifica, la situación de las universidades y del sistema científico será mucho más grave que la que atravesamos hoy".

Sobre los salarios 

La Ley dice que hay que recomponer salarios a partir del 1º de diciembre de 2023 y hasta el mes de sanción de la ley por la variación acumulada de la inflación informada por el Indec durante dicho período. 

Desde el mes siguiente a la sanción de la ley y hasta el 31 de diciembre de 2024, el Ejecutivo deberá actualizar los salarios de forma mensual y conforme a la inflación informada por el Indec.

“Lo establecido acerca de la recomposición salarial no se aplicará si las paritarias a nivel general del sector docente y nodocente para 2024 son acordadas y rubricadas por el Poder Ejecutivo nacional y las federaciones representantes de los trabajadores de la educación superior y las escuelas preuniversitarias”, sostiene la normativa. 

En este marco, y de acuerdo con los datos publicados por la Federación Nacional de Docentes Universitarios (Conadu), al contrastar la pauta salarial de un docente universitario con la inflación publicada por el Indec, en agosto de 2024 la caída del poder de compra fue del 9,2 % respecto de diciembre de 2023.  

Por ejemplo, un auxiliar de primera con dedicación simple (9 horas semanales) y 10 años de antigüedad en diciembre de 2023 percibía $ 132.035,51 y en agosto de 2024 cobró un salario bruto de $ 232.531,90. 

Si la comparación se realiza sobre los sueldos de noviembre (antes de la inflación del 25,5 % registrada en diciembre), la caída hasta agosto fue del 23,71 %. 

El presidente Milei dijo más de una vez que el principal argumento para vetar la Ley de Financiamiento Universitario es que la norma no detalla de dónde saldrán los fondos para costear la adecuación salarial en el marco de su política de déficit cero.

En el decreto que oficializó el veto, el decreto 879/2024, detalló que la norma “no cuenta con previsión presupuestaria ni recursos a utilizar para su financiamiento”, acarrea problemas técnicos que imposibilitan su implementación ordenada, y afecta de manera tangible los objetivos de política económica fijados por el Gobierno nacional”. 

Qué puede suceder tras el veto presidencial 

A continuación, dejamos una infografía realizada por chequeado.com que ilustra cuál es el camino que puede recorrer una ley vetada por el titular del Ejecutivo nacional. 

 

Artículo por artículo, qué dice la ley 

Ley de Financiamiento Unive... by Ezequiel Derhun

 

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