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La Ley Integral de Discapacidad, Nº 24.901, tiene alcance nacional pero en el país hay dos provincias que no adhieren: Mendoza y Tierra del Fuego. NU Digital habló con Luis Petri, Diputado Provincial de Mendoza por la UCR, quien actualmente está encabezando este proyecto de ley para que se apruebe también en Mendoza. Te contamos de qué se trata este proyecto y el por qué existe una resistencia a la adhesión en nuestra provincia.
En la Provincia de Mendoza se dictó la ley 5.041 del 19 de Septiembre de 1985 que estableció un régimen de protección de las personas discapacitadas que tenía por finalidad asegurar la organización del sistema de protección, la atención médica, educación, seguridad social y aprovechamiento del tiempo libre; y la igualdad de oportunidades para su desempeño eficaz en la sociedad. Actualmente esto ha resultado poco preciso y las personas con discapacidad, se ven atrapadas en expedientes que nunca se resuelven en búsqueda de certificados, becas y demás recursos que necesitan por su condición.
Para evitar este trastorno burocrático que complica, aún más, la vida de las personas con discapacidad es que se implementó la ley 24.901. Curiosamente esta ley se dicta en el año 1997 e invita a las provincias a dictar normas complementarias sin embargo la provincia de Mendoza nunca adhiere.
Al respecto, Luis Petri, diputado provincial de Mendoza por la UCR dice que el argumento que se sostiene para la no adhesión es “porque se cree que esto puede llegar a desfinanciar el sistema de la obra social provincial. Nosotros creemos que esto no es así. Es necesario hacer esfuerzos presupuestarios, es necesario destinar fondos y garantizar a todas las personas con discapacidad el acceso a las prestaciones que en el orden nacional se les brinda”.
Esta ley integral de discapacidad, está en íntima relación con otras leyes que la provincia si ha adherido como lo es la ley nacional 26.653 de accesibilidad web a personas con Discapacidad; para facilitar el acceso a los contenidos de las páginas web pertenecientes al Estado, de todas las personas con discapacidad, con el objeto de garantizarles la igualdad real de oportunidades y trato.
La ley Integral de Discapacidad es un avance cuali y cuantitativo en el acceso de las personas con discapacidad a la educación, la salud, la inserción laboral, deporta, transporte, cultura y entretenimiento, etc.
Cabe destacar, además que la ley prevé importantes modificaciones de los entes que hasta el momento se han encargado de nuclear a los/las discapacitados/as. Entre estas modificaciones se encuentra, por ejemplo, que la Dirección Provincial de Asistencia Integral del Discapacitado pasa a ser una Subdirección; se crea el Registro Único para la Asistencia Integral a Personas con Discapacidad en reemplazo del Registro Único del Discapacitado en donde deberán asentarse todos los datos e informaciones que hagan al estado de la persona con discapacidad. Dentro del Registro Único para la Asistencia Integral a Personas con Discapacidad funcionarán el Registro Laboral Único de Aspirantes con Discapacidad; el Registro de establecimientos pertenecientes al Estado Provincial sujetos a concesión y el Registro de Prestadores de Salud. Se crea, además, la Defensoría del Discapacitado que funcionará como un órgano unipersonal, gozando de autarquía financiera y plena autonomía funcional y política y tendrá la misión de proteger y afianzar los derechos e intereses de las personas discapacitadas y de sus organizaciones, sean estos individuales, colectivos o difusos. La duración del mandato del Defensor del Discapacitado se establece de cinco años.
Asimismo, la Obra Social de Empleados Públicos, el Instituto Provincial de la Vivienda y el Ministerio de Desarrollo Humano Familia y Comunidad, la Dirección General de Escuelas, la Secretaria de Deportes, la Dirección de Vías y Medios de Transporte y en general todo organismo del Estado Provincial, deben realizar importante modificaciones.
La ley 24.901 no omite las obligaciones en este sentido que el sector privado tiene, e incentiva al empresariado a acatar las disposiciones de la ley mediante la facilitación de subsidios y préstamos que estén destinados para acomodar el edificio a las necesidades de los/as trabajadores/as con discapacidad.
En el audio que se encuentra a continuación, Luis Petri, detalló los alcances de esta ley.
Por: Analía Martín.
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