Cierre de la AFIP: ¿qué cambia y qué pasará con el monotributo?
Análisis económico de la actualidad argentina junto a la economista Carina Farah.
24 DE OCTUBRE DE 2024
El Gobierno nacional dispuso que tampoco podrán ser cortados los servicios a los sectores vulnerables que adeuden hasta seis facturas. Mirá quiénes son los beneficiarios.
Foto de archivo: Victoria Gaitán / Unidiversidad
Unidiversidad / Fuente: Télam
Publicado el 19 DE JUNIO DE 2020
El Gobierno nacional prorrogó hasta fin de año el congelamiento de las tarifas de los servicios públicos. Esta parálisis de precios estaba determinada en la Ley de Emergencia Social, que regía hasta este mes. También vencía en junio la disposición que prohíbe interrumpir la provisión de los servicios ante la falta de pago por parte de usuarios pertenecientes a sectores vulnerables. Los beneficios en ambos casos fueron extendidos.
En este último caso, el Decreto 543/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial amplió de tres a seis las facturas impagas consecutivas o alternas que un usuario incluido dentro del grupo de personas en situación de vulnerabilidad podrá acumular sin que la empresa de cualquiera de los servicios públicos pueda interrumpir el suministro.
El decreto precisó que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios en caso de mora o falta de pago de hasta seis facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1.º de marzo de 2020.
Los incluidos son los beneficiarios de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE); de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el salario mínimo vital y móvil (SMVM), actualmente en $ 16 875; monotributistas sociales; y jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos SMVM. Además, están comprendidos los monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el salario mínimo; los que perciben seguro de desempleo; los electrodependientes; las empleadas domésticas y los exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza
Por ahora, no habrá nuevo refuerzo del IFE
Si bien ya se está cobrando la ayuda de $ 10 000 otorgada por el Gobierno para paliar la crisis económica derivada de la pandemia de coronavirus, llamada IFE, desde la Anses no hay noticias de algú refuerzo de este beneficio. En tanto, los subsidios Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrían llegar a reconvertirse en créditos blandos.
Por otro lado, el Poder Ejecutivo Nacional dispuso ampliar hasta el 31 de diciembre la vigencia del congelamiento de las tarifas de servicios públicos.
Garantizar la conectividad
Asimismo, el decreto prorrogó hasta el 28 de junio próximo la obligación de las prestadoras de brindar un servicio reducido que garantice la conectividad a los usuarios que cuentan con sistema de servicio prepago de telefonía móvil o Internet que no abonaren la correspondiente recarga para acceder al consumo.
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