Los primeros alimentos con etiquetado frontal estarán en las góndolas desde el 20 de agosto

Advertirán sobre el contenido en exceso de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, calorías y sodio. Las empresas pequeñas o medianas tendrán un plazo mayor para adaptarse a la nueva ley.

Los primeros alimentos con etiquetado frontal estarán en las góndolas desde el 20 de agosto

Foto: Télam

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Unidiversidad

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Publicado el 28 DE JULIO DE 2022

Los envases de alimentos y bebidas de grandes cadenas alimenticias aparecerán después del 20 de agosto en los supermercados con etiquetas en las que se advertirá al público consumidor sobre el contenido en exceso de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, calorías y sodio, de acuerdo con la Ley 27642, publicada en el Boletín Oficial en noviembre del año pasado, informó el Ministerio de Salud.

Por su parte, las empresas pequeñas o medianas tienen un plazo mayor para incorporar el etiquetado, que se prolonga hasta el 20 de febrero de 2023.

La cartera informó que aprobó el 35 % de solicitudes de prórroga en la implementación de estos sellos de advertencia, sobre un total de 2658 pedidos. En tanto, "del total de registros con autorización sanitaria, solo el 3,13% fueron prorrogados y corresponden en su mayoría a grandes empresas y pymes". Los pedidos de prórroga pueden realizarse en los casos que "exista una limitación con motivos justificables en el cumplimiento del cronograma de implementación para la adecuación a la declaración del rotulado frontal", destacó la cartera.

Los principales rubros que se presentaron son golosinas, mermeladas, jaleas, dulces y confituras (el 21,62 %); panificados y galletitas (el 15 %); embutidos y conservas cárnicas (el 14,45 %); lácteos (el 11,27 %), bebidas analcohólicas (el 10,63 %) y frutas y verduras procesadas (el 7,39 %). También cereales y pastas (el 6,55 %); salsas y aderezos (el 5,19 %); postres y polvos para preparados (el 2,96 %); snacks (el 2,16 %); helados (el 1,09 %); sopas y caldos (el 1,02 %), café y té (el 0,67 %).

La Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología (Anmat) implementó el Sistema de Declaración de Sellos y Advertencias Nutricionales que establece las gestiones, procedimientos, plazos y especificaciones con respecto a la declaración jurada, las solicitudes de prórroga y la solicitud de casos especiales. Con esta herramienta, junto al Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (Sifega), se puede elaborar una "calculadora de sellos", un instrumento de acceso público y abierto que permite calcular cuáles son los productos cuyos nutrientes críticos son iguales o superiores a los límites definidos en la ley.

A estas herramientas se agregan el “Buscador Público de Declaraciones Juradas”, que cuenta con información consolidada para la consulta en línea de los productos alimenticios con sellos de advertencias y leyendas precautorias. También está a disposición la “Gestión de Declaración Jurada del Sistema de Sellos y Advertencias Nutricionales”, una herramienta actualizada con el contenido de nutrientes críticos y calorías, y la presencia de edulcorantes y/o cafeína de los alimentos y bebidas analcohólicas alcanzados por la ley.
Además, en la página de la Anmat está publicado el “Sistema de Sellos y Advertencias”, donde se encuentran disponibles una amplia variedad de recursos para la implementación del etiquetado nutricional frontal.

Fuente: Télam

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