Los cambios legislativos en Argentina que garantizan las denuncias por abuso a niños, niñas y adolescentes
Marcelo Corazza, el ganador de la primera edición del reality de Gran Hermano en 2001 fue detenido acusado de integrar una organización de explotación sexual y corrupción de menores. Un recorrido histórico en materia de leyes nacionales que amparan a esta población.
Se espera una decisión de la Corte Suprema sobre la declaración de imprescriptibilidad de los delitos de violencia sexual en la infancia / Foto: Télam
En los últimos 20 años en Argentina hubo modificaciones a la normativa que garantiza el acceso a la Justicia de niñas, niños y adolescentes abusados sexualmente, leyes que se fueron adecuando al impulso de las propias víctimas y que permitió ahora que un joven pudiera hablar y así iniciar la causa por “asociación ilícita, trata de personas y corrupción de menores”, donde hay cuatro detenidos, entre ellos, un productor de Gran Hermano.
Marcelo Corazza, el ganador de la primera edición del reality realizada en 2001 y actual productor del mismo programa, ayer fue detenido acusado de integrar una organización dedicada a la explotación sexual y la corrupción de menores, y por la misma causa están presos Andrés Fernando Charpenet, Francisco Rolando Angelotti y Raúl Ignacio Mermet. La causa está a cargo del juez en lo Criminal y Correccional 48, Javier Sánchez Sarmiento.
El paraguas legal que permite que las víctimas abusadas siendo menores de edad puedan denunciar cuando se sientan preparadas y contenidas, tiene su historia en el país.
Recorrido histórico de las leyes
Tres años antes de la emisión del programa Telenoche Investiga que dio a conocer el 23 de octubre de 2002 en horario central una investigación que sacó a la luz los abusos a menores de edad del cura Julio César Grassi, ya se había producido un cambio fundamental legislativo en Argentina.
Fue con la sanción de la ley 25.087 en 1999, que sustituyó el título "Delitos contra la honestidad" por el de "Delitos contra la Integridad Sexual" en el Código Penal, un cambio conceptual que implicó dejar de lado las consideraciones ético-religiosas en la persecución de estas violencias.
Este cambio legislativo también implicó la derogación de un artículo que eximía de prisión a un delincuente sexual por casamiento posterior con la víctima, pero introdujo en su lugar la figura del "avenimiento" que fue eliminado recién en 2012.
El avenimiento estipulaba que la víctima mayor de 16 años podía proponer al tribunal un entendimiento con el imputado por agresión sexual, que los jueces podían aceptar excepcionalmente en caso de que fuera formulado libremente y si existía una relación afectiva preexistente.
De esa manera la acción penal se extinguía, lo que ocurrió en el caso de Carla Figueroa, la joven pampeana de 19 años que se casó con el hombre que la había violado en 2011 con la consecuencia de que a los pocos días de recuperar la libertad él la asesinó a puñaladas. Un año después, la figura del avenimiento había desaparecido del Código Penal a través de la ley 26.738.
Once años más tarde, se sancionó la ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que, entre otras cosas, estableció que tenían derecho a participar en todo procedimiento judicial en el que estaban involucrados y a ser escuchados en los tribunales.
El próximo cambio legislativo importante se dio en 2011 con la sanción de la normativa 26.705 conocida como "Ley Piazza" porque fue impulsada por el diseñador Roberto Piazza luego de contar públicamente que fue abusado por un hermano en su infancia con ninguna consecuencia para el agresor porque el delito había prescripto.
Hasta ese momento, para casos de abuso sexual en la infancia corrían las mismas reglas que para cualquier otro delito; se consideraba prescripto después de transcurrido el máximo de duración de la pena señalada para el delito, que en estos casos era de 12 años.
Concretamente, la norma estableció que en el caso de violencia sexual contra menores de edad el tiempo de prescripción debía empezar a computarse desde la mayoría de edad de la víctima.
Luego, en 2015 se sancionó la ley 27.206 que suspendió para esos delitos la prescripción mientras la víctima sea menor de edad y hasta que habiendo cumplido la mayoría de edad formule por sí la denuncia o ratifique la formulada por sus representantes legales.
Así, después de los 18 años la persona puede denunciar haber sufrido abuso sexual en la infancia sin plazos, el problema es que a partir de allí sí empiezan a correr los tiempos de prescripción y quedan afuera todos los casos de abuso no denunciados sufridos antes de 2015.
Por eso se espera una decisión de la Corte Suprema de Justicia sobre la declaración de imprescriptibilidad de los delitos de violencia sexual en la infancia.
El máximo tribunal tiene varios casos de absolución por prescripción, en los que debe dirimir si prevalece el principio de legalidad o el interés superior del niño consagrado por la Convención de los Derechos del Niño que en la Argentina tiene rango constitucional desde 1994.
Información importante
*Atención especializada sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes
Línea 102 (gratuita y confidencial)
Línea 137 (Si sos víctima de violencia familiar o sexual)
Por provincias: https://www.argentina.gob.ar/desarrollosocial/linea102/areasninez
Urgencias al 911*
Fuente: Télam
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