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23 DE DICIEMBRE DE 2024
Las familias modernas y la igualdad de género producen un llamado a un cambio legislativo respecto a los derechos sobre el cuidado de los hijos en la primera infancia.
Foto: Rosario Plus.
Hoy por hoy, Argentina se encuentra entre los principales países donde la discusión por la igualdad de género ocupa un lugar de importancia dentro de la agenda pública. El tema se trata en diversos ámbitos de la política nacional y suscita un gran reclamo social, pero, a pesar de lo mucho que se exponen las diferencias existentes entre hombres y mujeres –por hablar en términos binarios– en el país, aún existen injusticias, arrastradas desde hace décadas, que merecen una modificación de fondo.
En la actualidad, el régimen argentino sobre licencias de paternidad y maternidad data de 1974. El mismo presenta un marcado acento puesto sobre la madre y obvia el derecho del padre a formar parte de la crianza de su hijo, sin que esto lo haga menos injusto respecto a los beneficios que otorga a la mujer.
Las licencias parentales se rigen por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). En su cuerpo se contempla un lapso total de 90 días para el goce de la madre y solamente 2 días de corrido para el padre. Es una normativa basada en un esquema social que ya fue dejado atrás. No quedan dudas de que la organización social y laboral de las familias al día de hoy ha cambiado.
Para peor, la ley vigente no contempla ni los casos de adopción ni a las familias homoparentales, algo que va en contramano de la nueva conformación familiar que permite –desde agosto de 2015– la reforma del nuevo Código Civil y Comercial. La ley tampoco considera los aportes jubilatorios en los días que se extienda la licencia por maternidad, lo que produce una desigualdad de género según la cantidad de hijos que tenga una mujer a lo largo de su vida.
Por demás, Argentina se encuentra en incumplimiento con las recomendaciones hechas por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que establece 98 días de licencia para el cuidado en la primera infancia.
Sin embargo, no todas son malas noticias. Argentina tiene, por suerte, ejemplos internos a seguir, como es el caso de la provincia de Tierra del Fuego, donde la licencia consta de 210 días totales (30 previos y 180 luego del parto), que pueden ser transmitidos o compartidos con el “cónyuge, conviviente o progenitor”, no haciendo referencia al género. Por otro lado, en la Ciudad de Buenos Aires actualmente existe un proyecto para extender las licencias por paternidad.
En el mundo, las licencias de paternidad están presentes en 66 de 169 de países estudiados por la OIT, predominando en países con economías desarrolladas, y esporádicamente en otras regiones como Asia Central o Europa del Este.
La responsabilidad respecto del recién nacido es típicamente entendida como una responsabilidad tomada solamente por la mujer, rara vez tomada por hombres, especialmente cuando no se encuentra cubierta. A nivel internacional, sobresalen los países nórdicos: Islandia otorga 91 días por licencias de maternidad y 90 días de paternidad; Noruega, con 315 días de licencia sin distinción de género, y el Reino Unido, que otorgao 364 días para licencias de maternidad y 259 para licencias familiares (sin distinción de género).
Claramente, Argentina tiene una deuda pendiente.
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