Licencia por paternidad: ¿cuántos días corresponden por Ley en la Argentina?

El nacimiento del hijo de Alberto Fernández volvió poner en debate la extensión de las licencias por paternidad. Juan Camisassa, analista de Protección Social de Cippec y magíster en Economía Aplicada, pasó por Radio U para analizar la normativa.

Licencia por paternidad: ¿cuántos días corresponden por Ley en la Argentina?

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Publicado el 18 DE ABRIL DE 2022

El nacimiento de Francisco, el hijo de Alberto Fernández y Fabiola Yáñez, volvió a poner sobre la escena la necesidad de contar con licencias maternoparentales más largas, que contemplen la necesidad de cuidados del recién nacido y de los primeros meses. Por eso, Podría Ser Peor  (Radio U) entrevistó a Juan Camisassa, analista de Protección Social del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (Cippec) y magíster en Economía Aplicada.

“El esquema de licencia en la Argentina se basa en este punto: el trabajo en blanco. Si tenés la suerte de tener un trabajo en blanco, te corresponde la licencia; si no tenés un trabajo formal, no tenés derecho a la licencia", dijo el analista.

"Ahora bien, dentro de este sistema, tenemos una gran heterogeneidad, porque los trabajadores del sector privado se rigen por la Ley de Contrato de Trabajo, que tiene un determinado esquema de licencias que es, como dije anteriormente, de 90 días para la madre y dos para el padre. Luego, está todo un universo de normativas provinciales para los empleados públicos que van variando de provincia en provincia”, continuó Camisassa. Para el analista, el sistema de licencias por maternidad y paternidad tiene dos problemas.

“El primero tiene que ver con el seno maternalista. El hecho de que si una madre tiene un hijo se le dan 90 días de licencia a cargo del Anses, y si un padre tiene un hijo, se le dan únicamente dos días a cargo del empleador, está reforzando esta idea de que el trabajo de cuidado es eminentemente femenino. Por otro lado,  es que este régimen no considera opciones; por ende, quienes fueron adoptados no tienen el mismo derecho a ser cuidados que los que nacieron de padres y madres biológicos”, explicó.  

 

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Audio

  • Entrevista con Juan Camisassa.

    Analista de Protección Social de CIPPEC y Magíster en Economía Aplicada

Fuente: Radio U

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