Leyes del trabajo carcelario

Qué dicen las normas vigentes.

Leyes del trabajo carcelario

La Ley Nacional 24660 consagra el "derecho y deber" del trabajo carcelario, pero no se cumple. Foto ilustrativa: derechoconstitucional.es.

Provincial

Los presos y el trabajo

Unidiversidad

Unidiversidad / Nicolás Nicolli

Publicado el 05 DE MAYO DE 2017

Pese a la reforma que obtuvo sanción inicial ayer, 9 de mayo, en el Senado, hay dos leyes vigentes que consagran el derecho de los presos a trabajar, estudiar y capacitarse durante el cumplimiento de su condena. Sin embargo, no se están cumpliendo debido a los graves problemas que existen en el sistema carcelario.

La Ley Nacional 24660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad regula los procedimientos y las características del empleo en situación de encierro. La normativa establece como "derecho y deber" que la persona presa puede trabajar como cualquier otra, con la misma seguridad social, sin castigo ni forzadamente, teniendo en cuenta sus capacidades y aptitudes, y con una remuneración acorde al salario mínimo, vital y móvil.

Como sucede con otras realidades del país, la Ley no se aplica y hay cientos de presos que hoy no trabajan. La sobrepoblación de las cárceles –en Mendoza se ubica por encima del 50 %, según la Fundación Xumek–, los problemas de infraestructura y la ausencia del Estado agravan aún más la problemática.

A estos aspectos adhiere la Ley Provincial 8465, que el Ejecutivo mandó con éxito al Senado para ser modificada y que ahora pasará a la Cámara de Diputados. Es que en su artículo 7 establece que el trabajo y aquellas actividades que integren al recluso tienen "carácter voluntario". Sin embargo, la norma nacional exige, en su artículo 121, que sin perjuicio de su obligación a trabajar, no se coaccionará al interno a hacerlo.

Pese a estas diferencias, la capacitación laboral del preso, en especial la de los jóvenes adultos, está establecida como "de especial cuidado" en ambas leyes, y se consagra la promoción de programas de formación y reconversión laboral, con la participación de las autoridades laborales, agrupaciones sindicales, empresarias y otras entidades sociales vinculadas al trabajo y a la producción.

Conocé la reforma a la Ley Provincial 8465 que obtuvo sanción inicial en el Senado:

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