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21 DE NOVIEMBRE DE 2024
Tras los tratados internacionales que instituyeron la comunicación en Argentina y luego de haber sido debatida por largo tiempo, la nueva ley de Servicios de Comunicación Audiovisual dispara expectativas inimaginables, o temores y aires de desilusión. El Plan Técnico se ha transformado en la papa caliente. En esta primera parte, el origen del fuego que calienta la papa.
Así como el petróleo, los minerales y el agua, el espectro radiofónico es un recurso finito.
Existe un convenio y un tratado -ambos internacionales- que sirvieron como el cimiento sobre el que se estructuró la comunicación en Argentina. Se trata del Pacto de San José de Costa Rica (celebrado en el 1969, que entró en vigencia mundialmente en 1984 y que fue reconocido con carácter de ley en Argentina con la Reforma Constitucional del 1994); y el Convenio Internacional de Nairobi (1982) que en nuestro país es la Ley Nº 23.478/86.
En el contexto mediático particular por el que atraviesa la Argentina, con el proceso de desinversión de poder mediático inminente, es importante fijar los ojos sobre el Convenio Internacional de Nairobi. Este acuerdo hace referencia a los mecanismos de distribución del espectro para los Servicios de Telecomunicaciones (todas aquellas que existen de manera inalámbrica en el espacio). Lo que puede leerse como la primera forma de distribución del espectro en Argentina.
En dicho convenio se diferenciaron los servicios de radiodifusión (radios FM, AM) y señales de tv abierta. Se estableció que la potestad de esta herramienta para la construcción de una sociedad quedaba bajo los Estados nacionales para garantizar el acceso democrático. Se organizó así, el uso de 69 canales libres y gratuitos en UHF y VHF (hace referencia al rango de frecuencias en donde puede operar la radio, VHF= Very High Frecuency, UHF= Ultra High Frecuency). Para radio FM las frecuencias van del 87 al 108Mhz de la banda VHF y para AM las frecuencias se proyectan desde el 530 al 1800Khz en la banda MF (Frecuency Modulation). Además se sentaron los criterios para los sujetos que puedan acceder al uso de estos soportes de telecomunicaciones.
A partir de entonces, para garantizar el cumplimiento del Convenio Internacional al que había suscripto la Argentina, era necesario reordenar el espectro radioeléctrico y para ello se debía elaborar y ajustar los planes técnicos.
La primer medida que se tomó fue suspender la aplicación del Plan Nacional de Radiodifusión, es decir, todos los concursos públicos para acceder a licencias de radio y televisión. Y se congeló la distribución del espectro, habilitando así el desarrollo de negociados paralelos a favor de las empresas privadas.
En 1989 se promulga la Ley Nº 23.696/89 o más conocida como Ley Dromi, de Reforma del Estado, la cual modificó varios artículos de la Ley Nº 22.285/80 de Radiodifusión (ley promulgada por la dictadura militar). Se derogó el inciso “c” del artículo 43 que ponía límites a la cantidad de licencias por radiodifusor, legalizando de esta forma la creación de multimedios. Pero la modificación más radical fue la del artículo 45, inciso “e” que permitió la entrada de capitales extranjeros como licenciatarios de la radiodifusión.
Cuando hay hacinamiento no importa que el corazón sea grande
Así como el petróleo, los minerales y el agua, el espectro radiofónico es un recurso finito. No hay espacio ilimitado para todos aquellos que quieran tener una radio o un canal de televisión, al menos a la manera tradicional o analógica.
La “radiofrecuencia” o “espectro de radiofrecuencia”, es el espacio por el cual se mueven las ondas que llegan a nuestros aparatos (celulares, radios, radares, televisores). Haciendo una analogía, podríamos decir que es el “domicilio” de donde salen las ondas que captamos. Éstas tienen diferentes usos tales como audio, video, radionavegación, servicios de emergencia y transmisión de datos por radio digital. Suelen ocuparse tanto en el ámbito civil como en el militar e, incluso, para distintos usos que le dan los radioaficionados.
Continuando con la analogía, se podría decir que, de la misma manera que se divide un terreno en lotes, se divide el espectro de radiofrecuencia: si bien una radio (TV, compañía de celulares, etc.) tiene una frecuencia asignada –como si fuera el número de nuestra vivienda- se necesita un espacio entre frecuencias para moverse libremente. Una persona no ocupa 300 mtrs2., pero necesita de ese espacio para construir su casa y moverse dentro de ella. Ese espacio es lo que se denomina “ancho de banda”. Entonces, por ejemplo, los celulares usan una parte del espectro que va de 800MHz a 900MHz; los que hacen Radio en FM usan el espectro desde 86MHz a 108MHz, etc. El espectro de radiofrecuencia se aplica a la porción menos energética del electromagnético, situada entre 3 kHz y 300 GHz aproximadamente. He aquí la explicación de por qué se trata de un recurso finito. Con el espectro pasa al igual que en un barrio donde se acaba el terreo en el cual construir, permitiendo una cantidad determinada de casas.
El Plan Técnico es, justamente, una propuesta que organiza el espectro en función de las disponibilidades técnicas. Prolongando la analogía anterior, sería como la función que cumple la Dirección de Catastro del Ministerio de Hacienda cuando divide en lotes los terrenos. Es la definición de categorías (alcance) y cantidades de esas categorías, administrando el espectro según el territorio. Esta tarea, por normativa internacional y nacional, la debe asumir el Estado Nacional. ¿Qué implica dicha tarea? Evaluar cuántos canales va a haber; la clase de canales según territorio, sus categorías; y la consecuente definición de usuarios según categorías y territorio.
¿Y por casa cómo andamos?
A la hora de hablar del espectro radiofónico en Argentina, conviene analizarlo viendo la radio por un lado y la televisión por otro, porque ambos medios tienen distintos panoramas.
Radios. El espectro radiofónico en Argentina hoy se encuentra dividido en “zonas de no conflicto” y “zonas de conflicto”, determinado por la saturación del espectro.
Las primeras, son aquellas ciudades muy pequeñas, pueblos o zonas fronterizas donde el espectro radioeléctrico se encuentra disponible, es decir, que aún no se ha utilizado completamente el ancho de banda para el tipo de frecuencia. Mientras que las segundas, corresponden a los distritos en donde el uso del espectro supera ampliamente lo planificado de manera que los radiodifusores entran en competencia por el espectro aumentando la potencia de sus transmisores o su capacidad de cobertura en territorio y ocupando más Mhz de los que corresponderían a su frecuencia. Por ejemplo, si una radio emite en la frecuencia 88.7Mhz, debería, según lo establecido por Convenio Internacional, dejar 0.2Mhz libres a cada costado de su frecuencia de manera tal que no se interfiera con otras radios.
Televisión. La Televisión Abierta posee los canales del 2 al 69. De los cuales del 13 al 69 (salvo canal 26 de Pierri, 21 de la Iglesia y 60 de la Universidad de Lomas de Zamora) fueron entregados durante los años 90 como servicios complementarios (empresas de cable) y sistema de comunicación privada (radio taxis, ambulancias, etc.). Los canales del 14 al 20, fueron entregados a servicios de telecomunicaciones del Estado como policías y ambulancias. Esto permitió la total ocupación de la Banda destinada a la TV abierta.
El Estado intervino a través del Comfer (Comité Federal de Radiodifusión) para “quitar” cuatro canales en todo el territorio nacional a nombre de SATVD-T (Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre) y negociar con algunos pulpos económicos el cambio de frecuencias complementarias por abiertas.
El resto de los canales se encuentran ocupados por otros servicios. Esto quiere decir que aquellas empresas favorecidas por el menemismo que presionaron para impedir la aplicación de un nuevo plan técnico, son las que hoy negocian una licencia de televisión a cambio de dejarle espacio para la televisión estatal. Por eso la disputa por poder hacer televisión abierta no es por la falta de espacio, como en radios en zona de conflictos, sino por el uso inconstitucional del espectro ocupado por Telefonía, Cableras, y sistemas de telecomunicaciones cerrados.
Y un día llegó una nueva ley de medios
Luego de haber sido debatida por largo tiempo, en 24 foros que se desarrollaron en distintos puntos del país, y haber pasado por más de 100 modificaciones; la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual fue sancionada y promulgada el 10 de octubre de 2009.
Esta normativa creó, además, a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), el organismo estatal que tiene la función de aplicar y controlar el cumplimiento de dicha ley y regular el funcionamiento de los medios audiovisuales en la Argentina.
Es una vuelta de página en la historia de las comunicaciones en Argentina. Un nuevo capítulo que, si bien parece traer aire (en todo el sentido de la palabra), los medios que se manejan con una lógica comunitaria y funcionan de manera antagónica a los grande medios de comunicación; dudan de los laureles que supimos conseguir al notar lo dificultoso que puede ser su aplicación y las pocas respuestas de organismos competentes.
La segunda publicación relacionada con la implementación de la ley SCA y el Plan Técnico, ahondará en la concreción de la letra, haciendo pie en Mendoza.
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