Ley de alquileres: qué cambios habrá si se aprueba el proyecto

La Comisión de Legislación General de Diputados dio dictamen favorable a nuevos criterios sobre la legislación actual. Duración del contrato, garantía y depósitos, entre los temas debatidos.

Ley de alquileres: qué cambios habrá si se aprueba el proyecto

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Télam/ Ámbito /Radio Mitre

Publicado el 07 DE NOVIEMBRE DE 2019

La Comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados, que preside Daniel Lipovetzky (PRO), logró un acuerdo, con lo cual se emitió un dictamen único este miércoles sobre la ley de alquileres. El proyecto podría llegar al recinto entre el 20 y el 27 de noviembre junto con la ley de góndolas.

La iniciativa, que propone reducir los costos que deben enfrentar los inquilinos para ingresar a una vivienda y establecer una fórmula para la actualización de los precios, entre otros temas, viene postergándose desde hace tres años en el Congreso y figura en la agenda del presidente electo, Alberto Fernández.

Las siguientes son las principales diferencias entre la legislación actual y el dictamen emitido por la Comisión en Diputados, según destacó la agencia de noticias Télam.



Duración del contrato

Actual: mínimo de dos años.

Dictamen: mínimo de tres años.

Actualización del valor del alquiler

Actual: no se permite la indexación, aunque los aumentos se pactan por lo general teniendo en cuenta la inflación, pero sin un parámetro generalizado, y cada seis meses.

Dictamen: el alquiler se actualizará anualmente según una fórmula mixta oficial, que se compondrá en partes iguales por inflación y por índice de salarios.

Rescisión del contrato por parte del inquilino

Legislación actual: si el inquilino desea irse anticipadamente, sin importar cuándo, debe pagar una indemnización al propietario.

Dictamen en Diputados: si el inquilino desea irse anticipadamente y lo hace hasta tres meses antes de finalizar el contrato, no pagará indemnización.
 

Garantía

Actual: otro inmueble; para acceder a la vivienda, el inquilino debe presentar como garante a un tercero propietario.

Dictamen: se crea un abanico de posibles garantías; además de otro inmueble, aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o garantía personal del inquilino (recibo de sueldo, al que puede sumarse el del o la cónyuge, o certificado de ingresos).

Comisión inmobiliaria

Actual: la paga el inquilino, o bien el inquilino y el propietario.

Dictamen: el proyecto no establece nada al respecto. Este punto quedará sujeto a las leyes provinciales.

Juicios por desalojo

Actual: hay procedimientos judiciales ordinarios de desalojo por falta de pago o vencimiento del contrato que suelen ser lentos, salvo provincias que los abreviaron.

Dictamen: deberá sustanciarse por el proceso más expeditivo que tenga cada provincia, no por el proceso ordinario, que suele ser lento.

Depósito

Actual: hay inmobiliarias que exigen dos meses de alquiler.

Dictamen: será solamente un mes de depósito como máximo y el monto no podrá ser mayor al equivalente al primer mes de alquiler.

Expensas

Actual: se estila que las ordinarias las paga el inquilino,, y las extraordinarias, el propietario, aunque hay contratos que establecen que ambas corren por cuenta del inquilino.

Dictamen: las ordinarias las paga el inquilino y las extraordinarias, el propietario, y si hubiera algún gasto extraordinario que el consorcio incluya dentro de las ordinarias, también deberá correr por cuenta del propietario. Por ejemplo: si el consorcio decide pintar el edificio y no cuenta ese gasto como extraordinario, deberá afrontarlo el propietario.

 

"Es un buen proyecto"

En diálogo con Radio Mitre, el Presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina, Alejando Bennazar, explicó: “Se trata de un buen proyecto porque se trabajó entre todas las partes. Fundamentalmente, se cambia el mecanismo de actualizaciones y también las garantías necesarias para alquilar”.

“El punto que más nos preocupaba era la intervención profesional y por ende la remuneración por un trabajo de mediación de partes. El proyecto original buscaba eliminar el servicio o intervenir la provisión de una de las partes, tal como sucede en la Capital Federal. Esto quedó subsanado y la parte contratante va a tener que ponerse de acuerdo con el profesional interviniente que esté matriculado como corredor inmobiliario”, aclaró Bennazar.

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