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23 DE DICIEMBRE DE 2024
Cómo deberían ser las cárceles según la ley y cómo son en la realidad, según el supremo Jorge Nanclares. El abordaje judicial ante la nueva política criminal.
Nanclares aseguró que uno de los principales fines de las cárceles es la reinserción de los internos. Foto: Axel Lloret
Jorge Fernández Rojas y Milagros Martín Varela
Publicado el 27 DE AGOSTO DE 2017
La imagen imponente de Jesús Misericordioso impresiona en el despacho que tiene el juez de la Corte Jorge Nanclares en el cuarto piso del Palacio Judicial. El magistrado, uno de los integrantes del Alto Tribunal, confiesa que es un cuadro donado al Poder Judicial y que pidió tenerlo a su cuidado. Esa actitud marca la mirada de Nanclares, su pensamiento cristiano y su consecuente análisis jurídico buscando hablar pausadamente del tópico precipitado de una pregunta fatal desde el punto de vista social: ¿para qué sirven las cárceles?
Al plantearle el interrogante, Nanclares se acomodó en el sillón y se dispuso a ser entrevistado con la idea de responder cuestionamientos que, desde la letra, en el Código Penal y en la misma Constitución Nacional parecen obvios, pero que en la práctica están muy lejos de serlo.
“Tendríamos que empezar diciendo para qué sirve el Derecho Penal. Es un mecanismo institucional para que los delincuentes retribuyan a la sociedad el daño que han causado. Ese sería el carácter punitivo. Además está la prevención, y este es el sentido que tiene la cárcel. La segunda finalidad de las cárceles es lograr la reinserción social, entonces vamos al artículo 18 de la Constitución Nacional, donde se dice que las cárceles serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos. En un país con mayor desarrollo institucional y económico, la cárcel solamente priva de la libertad a alguien que ha cometido un ilícito; le provee un programa de reinserción social que tiene que ver con la posibilidad de trabajo y educación del interno, primero en la cárcel, y después le asegura una salida laboral, de alguna manera, cuando termina de cumplir la condena”, respondió.
Jorge Nanclares, ministro de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza. Foto: Axel Lloret
¿Cuál es la responsabilidad que tiene la Justicia en este proceso en cuanto a la persona privada de la libertad?
La primera responsabilidad que tiene es la de investigar el delito, condenar o absolver al imputado y después, en la fase de ejecución de sentencias, hay un juez que es el que tutela los derechos y el régimen progresivo de la pena que tiene que cumplir el interno. Los sistemas penitenciario y carcelario funcionan bastante deficientemente en América Latina, en Argentina y en Mendoza. Sabemos que la política de reinserción, por más esfuerzo que se haga desde cada una de las gestiones de gobierno, no logra sus objetivos. Esto se comprueba con los niveles de reincidencia que hay.
¿La Corte hace visitas al sistema penitenciario?
Por la Constitución, tenemos la obligación de hacer dos visitas anuales. Yo creo que estas visitas tienen dos objetivos importantes: primero, una actitud del juez de acompañar al interno, no solamente para condenarlo, sino también para dialogar con él. Y a nosotros, desde la Corte, nos sirve para hacer una supervisión, para saber cómo están las causas en función de lo que nos van informando los internos.
¿Y hay algunos casos que le llaman la atención más que otros en estas últimas visitas?
El mayor reclamo que suelen hacer los internos es sobre los problemas de salud que tienen, porque los servicios sanitarios de la provincia están colapsados y en ese orden tampoco suelen tener prioridad. En lo demás, por lo que he observado, evidentemente hay una superpoblación que atenta contra la posibilidad de que la reinserción sea una política personalizada.
¿Cómo nota, desde su ámbito, los cambios que ha generado la modificación en la ley de las prisiones preventivas?
No voy a hacer una observación política, sino que simplemente voy a decir que existe una ley aprobada en la Legislatura y que ha establecido las condiciones de la prisión preventiva. Existe una política criminal, que diseña y de la que se hace responsable el Poder Ejecutivo. Hoy por hoy, con el nuevo Procurador de la Corte, la ha tomado como base para darles las directivas generales a los fiscales, para que actúen conforme a esa decisión política. El actual gobierno ha decidido una política persecutoria. Los fiscales actúan en ese sentido; los jueces vigilamos que las garantías constitucionales de las víctimas y de los imputados se cumplan.
En cuanto a la aplicación de esa ley, ¿se garantizan los derechos del imputado?
Se garantizan en la medida en que se pueda, porque las condiciones penitenciarias no lo aseguran del todo; el hecho de que cada tanto tengamos una muerte en las cárceles implica que se garanticen relativamente. Esto ocurre en todas las cárceles del mundo y mucho más en las cárceles latinoamericanas, que son muy deficientes.
¿La prisión preventiva ha aumentado la población carcelaria?
Obviamente, ha aumentado la población carcelaria y han aumentado las condiciones de superpoblación. Si enfrentamos un problema de inseguridad, una de las decisiones eficaces es la de actuar en un sentido represivo. Pero eso pone en evidencia que las instituciones, sobre todo en materia penitenciaria, no funcionan bien. Nunca han funcionado bien; llevo treinta años en la Corte y siempre he dicho que las condiciones de muchas cárceles son indignas.
¿Cómo se para la Justicia ante problemas como las demoras y las prisiones preventivas?
La Justicia Penal está sufriendo transformaciones muy importantes; una de ellas fue el cambio del sistema inquisitivo al sistema acusatorio. Otro ha sido la oralización de algunas etapas de la investigación, fundamentalmente la audiencia de control de prisión preventiva. Va a haber un sistema más similar al sistema norteamericano, donde el juez cumple una agenda, un tiempo en el que va resolviendo las causas que le asigna el sistema. La idea es llegar a una agilización que se logra a través de la oralidad, que la da la virtualidad del expediente. Vamos a ver si tenemos así juicios más breves y sentencias más rápidas.
¿Qué valoración hace sobre la ley de trabajo para los presos?
Es una decisión política que no la voy a cuestionar, porque no corresponde, que está inserta en una idea de reinserción social. Lo que tenemos que lograr es que la cárcel sea un instrumento eficaz de reinserción social. Si no, si la cárcel sigue siendo la universidad del delito para aprender cómo delinquir mejor, no sirve. Yo diría que, más que una obligación, es un derecho. A mí siempre me ha parecido que la herramienta del Derecho Penal no es la más idónea para solucionar los problemas de la seguridad, pero es la herramienta que tenemos y es comprensible, porque la agredida es la sociedad –que es también donde se produce la delincuencia– y necesita la reparación del daño.
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