La ética y la vida: eutanasia, buena muerte, muerte digna
Existen tres proyectos de ley que buscan que una persona que sufre una enfermedad grave, crónica e irreversible decida cuándo morir. Podrían debatirse el año que viene.
Foto: El Resaltador
Por Unidiversidad
Publicado el 22 DE DICIEMBRE DE 2021
Se denomina "Ley de Derecho a la Prestación de Ayuda para Morir Dignamente", pero por la historia de vida que la inspiró se la conocerá como “Ley Alfonso”. Con este son tres los proyectos de ley que buscan que una persona que sufre una enfermedad grave, crónica e irreversible decida cuándo morir.
En Este Lejano Planeta hablamos con Ignacio Maglio, presidente del capítulo argentina de la Red de Bioética y abogado del Hospital Muñiz, Fundación Huésped y sanatorio Finocchietto, quien explicó en qué consiste la eutanasia, la muerte digna y cuáles son los proyectos que podrían debatirse el próximo año.
“Se acaban de incorporar tres proyectos de ley para legalizar la eutanasia, ya que hasta la fecha, esta práctica supone un delito penal. Es por ello, que en los tres proyectos se trata de aprobar la eutanasia o el suicidio medicamente asistido. En la eutanasia, el procedimiento lo realiza las y los médicos, mientras que en el suicidio medicamente asistido es la propia persona la que se autoadministra esa medicación”.
De acuerdo a este proyecto, quien requiera el procedimiento médico, deberá ser argentino o acreditar una residencia mayor a un año en el país, ser mayor de edad y plenamente capaz. En el caso de que la persona sea incapaz o no pueda manifestar su voluntad, sólo se le dará curso a la eutanasia si existe una directiva anticipada, es decir, que el paciente haya dejado asentado que ese es su deseo. Un médico responsable y un médico consultor, independientes entre sí, y una consejería compuesta por psicólogos y psiquiatras intervendrán en el proceso. Deben certificar que el paciente sufra una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante. También evaluarán su voluntad de morir y si fue debidamente informado sobre la práctica durante todo el proceso.
“Es importante poder hablar de la muerte. El pedido de la muerte es una suerte de autonomía del ejercicio de un derecho, el cual es el derecho a decidir sobre la propia vida. Lo que aquí está en juego es la imposibilidad y el miedo que muchas veces tenemos al hablar de la muerte”, afirmó Maglio.
Contempla dos modalidades: la eutanasia, que es cuando un profesional de la salud administra la sustancia que provoca la muerte, y la muerte asistida, caso en el que el profesional de la salud prescribe la sustancia para que quien pide el procedimiento se la autoadministre. La prestación estaría incluida en el Programa Médico Obligatorio y en el Programa de Garantía de Calidad de la Atención Médica. Contempla, además, la objeción de conciencia individual o de las instituciones de salud, en los mismos términos que la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. También prevé la creación de una Comisión Nacional de Evaluación y Control con el propósito de garantizar el cumplimiento de las disposiciones de la Ley.
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Entrevista con Ignacio Maglio.
Presidente del capítulo Argentina de la Red de Bioética
Fuente: Este Lejano Planeta / eldiarioar.com.ar
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