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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos se expresó a través de un comunicado. Dijo que la decisión de la Corte "se aparta de los estándares internacionales".
La CIDH celebró la aprobación en el Congreso de la ley que frena la aplicación del 2 x 1 para casos de lesa humanidad. Foto: Clarín.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó "su preocupación frente a la decisión de la Corte Suprema de Justicia de Argentina que se aparta de los estándares internacionales en la persecución de graves violaciones a los derechos humanos", en referencia al reciente fallo que benefició con la ley del 2 x 1 al represor Luis Muiña. La declaración la hizo a través de un comunicado de prensa sobre el fallo del 3 de mayo del máximo tribunal de la Nación, que “decidió aplicar un cómputo que tiene por efecto reducir sensiblemente el tiempo en prisión de una persona que fue condenada por crímenes de lesa humanidad.
Para eso, explicó la CIDH, “aplicó el artículo 7 de la ley 24390, la que estuvo vigente de 1994 a 2001, conocida como ‘2x1’, porque permitía que, luego de transcurridos los dos años de prisión preventiva permitidos por ley, se pudiera computar dos días de prisión por cada día transcurrido en detención sin sentencia definitiva”. “La Corte Suprema aplicó esta ley fuera del marco de su vigencia, ya que la persona favorecida por esta decisión estuvo detenida preventivamente a partir del 1.º de octubre de 2007”, indicó en su comunicado el organismo.
En su comunicado establece: “La CIDH expresa su consternación por la interpretación y aplicación realizada por la Corte Suprema de Justicia porque el beneficio se aplica a la persona encontrada culpable y sentenciada a prisión por haber cometido un crimen de lesa humanidad”. Agrega que la obligación, conforme al derecho internacional, de enjuiciar y castigar a los perpetradores de cometer graves violaciones a los derechos humanos se desprende de la obligación de garantía prevista en la Convención Americana.
“Los delitos de lesa humanidad tienen una serie de características diferenciadas del resto de los delitos por los fines y objetivos que persigue, que es el concepto de la humanidad como víctima. Los Estados tienen por lo tanto la obligación internacional de no dejar impunes estos crímenes y asegurar la proporcionalidad de la pena. La aplicación del 2 x 1 u otros beneficios no deberían servir para desvirtuar la proporcionalidad de la pena para las personas responsables de crímenes de lesa humanidad. Su aplicación tornaría inadecuada la sanción que se impuso, lo que es contrario a los estándares interamericanos de derechos humanos”, expresa el comunicado.
La CIDH se solidarizó con quienes exigieron en Argentina el derecho a la verdad y aseguró que tomó nota de la aprobación y promulgación en el Congreso de la Ley 27362, 12 de mayo. En este sentido, la CIDH celebró lo establecido en el artículo 1.º, que establece que el beneficio del 2 x 1 "no es aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho interno o internacional".
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes, que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal y no representan sus países de origen o residencia.
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