Cierre de la AFIP: ¿qué cambia y qué pasará con el monotributo?
Análisis económico de la actualidad argentina junto a la economista Carina Farah.
24 DE OCTUBRE DE 2024
Así lo informó hoy a través de una resolución en el Boletín Oficial que elevó de un millón de pesos a un millón y medio de pesos el mínimo para la deducción de impuestos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elevó de $ 1 millón a $ 1,5 millones el mínimo a partir del cual los contribuyentes deben informar el detalle de los bienes al 31 de diciembre de cada año, con lo cual aumentó el 50 % el piso de ingresos brutos para la declaración informativa de los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales. Así lo informó la agencia de noticias Télam este jueves.
Lo hizo a través de la Resolución General 4493/2019 publicada esta mañana, en el Boletín Oficial, donde precisó que los beneficiarios de las rentas deben presentar anualmente el formulario 572 web a través del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (Siradig), aun cuando en dicho período fiscal no hubiera ingresos, deducciones o nuevas cargas de familia a informar.
La resolución remarca: “Razones de administración tributaria aconsejan elevar a $ 1,5 millones el importe a partir del cual los sujetos comprendidos deberán informar el detalle de los bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten aplicables a esa fecha y el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y pagos a cuenta”. La presentación de declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales, correspondientes al período 2018, vence el 13 de junio próximo.
En abril último, la Administración Federal de Ingresos Públicos también fijó nuevas condiciones para el impuesto a las Ganancias, en ese caso, sobre la renta financiera. Mirá la nota de Unidiversidad a continuación.
AFIP fijó las condiciones del Impuesto a las Ganancias sobre la renta financiera
La nueva resolución determinó la forma, el plazo y otros detalles que deben tener en cuenta los sujetos obligados para que puedan efectuar una correcta liquidación del gravamen.
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