Juicio por jurados: “La idea es que todo el sistema sea juzgado mediante este procedimiento”
Así lo expresó en "Chat Político" Marcelo D'Agostino, subsecretario de Justicia de Mendoza. Analizó el proyecto presentado por el gobernador Rodolfo Suarez en la Legislatura para ampliar los procesos orales con participación de un jurado popular.
El gobernador Rodolfo Suarez envió días atrás a la Legislatura el proyecto de ley para la ampliación de juicios por jurados. El mismo contempla la incorporación de otros delitos referidos a abuso sexual seguido de muerte, homicidio y homicidio agravado. En una nueva edición de Chat Político, Marcelo D' Agostino, subsecretario de Justicia, analizó la necesidad de este avance y cómo se aplicaría la normativa, de ser aprobada en la Casa de las Leyes.
“Esta nueva ampliación estaba prevista desde que comenzaron los juicios por jurados en Mendoza. Este sistema, previsto en la Constitución provincial en tres artículos, era una deuda que tenían las provincias argentinas”, expresó el subsecretario.
Los juicios por jurados en Mendoza están vigentes desde abril de 2019, pero, en la actualidad, solo se aplican a los delitos contemplados en el artículo 80 del Código Penal, que son los que prevén penas de prisión perpetua.
“En Mendoza, se han realizado 29 juicios, casi un juicio por jurados por mes. Con la ampliación de este procedimiento a otros delitos, se estima aumentar el promedio mensual de un juicio por jurados a 2,5 en el mismo período. Comenzamos en abril de 2019 con el caso de Sebastián Petean Pocovi. Ya en 2019, se realizaron 14 juicios; en 2020 y producto de la pandemia, solo tres; y en 2021, 14 juicios. En lo que va de 2022, se han realizado dos, esto hace un total de 29 juicios, con la idea de ampliarlo para que todo el sistema sea juzgado por este procedimiento”, dijo D'Agostino.
De esta manera, se avanzaría en la aplicación del juicio por jurados en delitos como abuso sexual seguido de muerte (artículo 124 del Código Penal, que prevé una pena de prisión perpetua), homicidio en ocasión o con motivo de un robo (artículo 165 del Código Penal, que tiene penas de 10 a 25 años) y el homicidio agravado por el uso de arma de fuego (artículo 79 del Código Penal, en función del artículo 41 bis, que eleva en un tercio el mínimo y máximo de la escala penal).
Fuente: Señal U
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