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Será la primera hipótesis que se tendrá en cuenta. Funcionarios del Ministerio Público Fiscal recibirán una capacitación obligatoria para abordar casos con perspectiva de género.
Foto: Noticias Mendoza
Unidiversidad / Fuente: Los Andes
Publicado el 07 DE OCTUBRE DE 2019
Funcionarios y magistrados del Ministerio Público Fiscal recibirán una capacitación obligatoria durante el mes de octubre para abordar las investigaciones de muertes violentas de mujeres con perspectiva de género. Esto significa que la primera hipótesis que se deberá considerar desde el comienzo es que se trató de un femicidio. Así, tendrán que recabar las pruebas necesarias para demostrarlo, algo que de ser considerado un homicidio puede hacer que se pierdan, informó Los Andes.
El Protocolo de Investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género, redactado en Mendoza y vigente desde el 14 de febrero, es una adaptación del Modelo de Protocolo Latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio) elaborado por la ONU. Este documento será el que se bajará durante las tres capacitaciones programadas.
Así, el protocolo define a la perspectiva de género como una categoría de análisis que permite comprender cómo la diferencia en los roles, funciones y atributos asignados, en una sociedad determinada, a los varones y a las mujeres influye sobre los comportamientos sociales e institucionales. Los femicidios son ecuadrados en un contexto de discriminación y dominación de género y no como conducta aislada.
La Ley nacional 26791, de 2012, estableció la reclusión o prisión perpetua en casos de femicidio. Sin embargo, en el proceso, las concepciones de quienes intervienen terminan atravesando el desarrollo y es por eso que se considera necesario establecer estas pautas con perspectiva de género, dado que no siempre son contempladas.
Para Rosana Dottori, responsable de la Dirección de Enlace Institucional del Ministerio Público Fiscal que organiza las capacitaciones, no siempre es fácil garantizar esta perspectiva. “Los estándares internacionales lo exigen y esa es la debida diligencia (...) este protocolo determina un piso mínimo y cuáles son las herramientas de la Justicia”, señaló a Los Andes, y es por eso que la aplicación es obligatoria.
Graciela Bianchi, de Madres de Pie Mendoza, destacó que antes no se consideraba esto y por eso se perdían muchas pruebas. También hizo referencia al caso de Julieta González, el autor de cuya muerte fue recientemente sentenciado a 18 años de cárcel por homicidio simple. Esto generó una fuerte reacción de quienes defendían que se trataba de un femicidio y el cuestionamiento del juez interviniente, Mauricio Juan.
Julia Morcos, del colectivo Ni Una Menos Mendoza, consideró: “En los cargos más altos, hay escasa participación de las mujeres, y eso hace que persista una mirada patriarcal masculinizada, una opinión que siguen instalando en lo social y cultural”, opinó. La integrante de Ni Una Menos Mendoza también hizo referencia a la Ley 26485, de protección integral a las mujeres, que está vigente desde 2009 y la consideró “una ley muy clara”. Sin embargo, resaltó que pese a esto hacen falta protocolos, por lo que tampoco habría garantías de que estos se cumplan.
El protocolo mendocino define femicidio y feminicidio. Establece al femicidio como todas las formas de asesinato sexista, es decir, aquellos realizados por varones motivados por creer tener derecho a ello o superioridad sobre las mujeres, por placer o deseos sádicos hacia ellas, o por la suposición de propiedad sobre las mujeres.
El femicidio refunda y perpetúa los patrones que culturalmente han sido asignados a las mujeres: subordinación, debilidad, sentimientos, delicadeza, feminidad, etc. Los actos femicidas claramente reproducen los estereotipos de la masculinidad asociada a la fortaleza física y al poder para controlar las vidas y los cuerpos de las mujeres.
En tanto, el feminicidio es el acto de matar a una mujer solo por el hecho de su pertenencia al sexo femenino, al que se le suma significado político al considerar la falta de respuesta del Estado. Es el incumplimiento de sus obligaciones internacionales de garantía, incluso el deber de investigar y de sancionar.
Así, el protocolo define a la perspectiva de género como una categoría de análisis que permite comprender cómo la diferencia en los roles, funciones y atributos asignados, en una sociedad determinada, a los varones y a las mujeres influye sobre los comportamientos sociales e institucionales. Los femicidios son encuadrados en un contexto de discriminación y dominación de género y no como conducta aislada.
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