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21 DE NOVIEMBRE DE 2024
El avance que significó la sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario dejó allanado el camino para que hoy las organizaciones defensoras de los derechos de la diversidad reclamen a los legisladores la aprobación de la Ley de Identidad de Género. En Mendoza las agrupaciones de minorías sexuales junto al INADI ya forman parte activa del reclamo, además piden la derogación de artículos discriminatorios del Código de Faltas.
Foto: Axel Lloret.
El actual escenario político y social que atraviesa el país invita a la lucha por la conquista de nuevos derechos civiles. Tal es así que con el mismo ímpetu con que se organizaron exitosamente el año pasado las agrupaciones de diversidad sexual para defender el proyecto de ley que proponía el matrimonio entre personas del mismo sexo, hoy se encuentran militando el derecho a la identidad legal para las personas trans (travestis, transexuales, transgéneros). Ante la dificultad que representa para ese sector acceder a derechos básicos como salud, educación, empleo - entre otros - , por no contar un DNI que acredite su verdadera identidad de género es que nació la iniciativa.
Desde la delegación provincial del Instituto Nacional contra la Discriminación y la Xenofobia (INADI) explicaron que en el marco del debate es de vital importancia comprender que las personas trans son aquellas que “se identifican o expresan con un género diferente al que les fue asignado desde su nacimiento”, y que la transexualidad “no es una enfermedad, sino una disconformidad física con los criterios culturalmente definidos de normalidad corporal”. Agregaron que “No existe una base médica real, se trata más bien de juicios valorativos acerca de lo que son y deben ser las mujeres, los hombres y la sexualidad”. En consecuencia, el instituto exige que el tema sea tratado desde una perspectiva social y de derechos humanos, y no biológica.
De esta manera se entiende por qué en la actualidad para las personas trans resulta problemático realizar cualquier trámite - desde el más cotidiano, ir al médico por ejemplo -, ya que se ven obligadas a mostrar un DNI que no representa su verdadera identidad, sino la que le fue establecida de acuerdo a su genitalidad a partir de su nacimiento, distinta a la que fueron construyendo en el transcurso de su vida. En este contexto se exponen a situaciones humillantes, que terminan reproduciendo la estigmatización social que padecen diariamente.
“A veces hasta desisten de ir a un hospital público o de votar a sus representantes en las elecciones para evitar posibles situaciones de discriminación”, explicó Diego Pedernera de Organización Mendocina de Integración de Minorías Sexuales (OMIN). Con este ejemplo queda reflejado hasta qué punto el hecho de no poseer una documentación acorde con la verdadera identidad termina obstaculizando el acceso a derechos básicos de los que sí puede gozar la mayoría.
El proyecto del derecho a la identidad
En el Congreso de la Nación ya se encuentran próximas a ser tratadas algunas iniciativas de Ley de Identidad de Género. La intención de los colectivos de diversidad sexual es que sean debatidas y consensuadas para su consiguiente aprobación.
Hasta el momento para acceder a la rectificación en la partida de nacimiento del nombre y sexo de la persona es necesario primero solicitar una autorización judicial para una operación de reasignación de sexo y cambio de nombre. Para eso, la persona interesada debe presentar un certificado médico que acredite que presenta una patología psiquiátrica, la que será constatada a través de pericias elaboradas por el cuerpo médico forense. Por lo tanto, el cambio de nombre se efectúa una vez ordenada judicialmente y concretada la intervención quirúrgica.
Ante el atropello que estos requerimientos significan para los derechos humanos de la personas trans, pues invaden la órbita de su intimidad y las obligan a exponerse a operaciones que no siempre desean, es que el proyecto propone el otorgamiento de la verdadera identidad a partir de trámites administrativos. Y por supuesto, sin la necesidad de solicitar una autorización judicial.
“La importancia del proyecto reside en que prioriza la identidad de género construida por la persona y no su genitalidad”, opinó Pedernera. “Exigir la intervención quirúrgica es, además de violatorio de los derechos humanos, ridículo porque nadie anda mostrando sus genitales para decir quién es”, cuestionó.
En Argentina existen casos aislados de personas que pudieron acceder al derecho a la identidad sin la necesidad de modificar quirúrgicamente su sexo. Uno de los más célebres es el de la actriz Florencia Trinidad - conocida mediáticamente como Flor de la V -, quien mediante una acción de amparo del Foro Argentino de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans (FALGB) y de la Asociación Travestis, Transexuales, Transgéneros de Argentina (ATTTA) logró dejar atrás el documento que falsamente acreditaba su identidad de varón por uno que señala su verdadero nombre, el femenino. Otro caso reciente es el fallo que autorizó el cambio de nombre y sexo en el DNI de 6 mujeres trans en la ciudad de Buenos Aires. El pedido había sido solicitado por medio de un amparo colectivo. Cabe destacar además, que la resolución exitosa de estos casos depende de la voluntad del juez interviniente, lo que nada garantiza un fallo a favor del demandante más allá de presentado el recurso.
La asesora legal de INADI Mendoza, Dra. Sandra Pasarella, explicó a NU Digital que en la provincia no existen antecedentes de este tipo. “En Mendoza se han hecho algunas presentaciones en el juzgado de familia por rectificación de partida de nacimiento, pero se trata de presentaciones hechas a través de la perspectiva de la disforia de género, es decir, en concordancia con el modelo biológico”, sostuvo.
La funcionaria aseguró que por estos días INADI realizará tres presentaciones donde se planteará el pedido desde el enfoque de los derechos humanos; es decir, "sin la necesidad de presentar certificado médico y sin solicitar pericia del médico forense”, aclaró. Las mismas se corresponden con los planteamientos del proyecto de Ley de Identidad de Género, ya que procuran no intervenir en el propio y personal proyecto de vida del solicitante.
Además, los referentes explicaron que la iniciativa se acompaña de otra propuesta de Ley, la de Atención Sanitaria Integral para personas trans. Según detalló Pasarella esta medida contempla la posibilidad de que sean el Estado a partir de los organismos públicos de salud, las obras sociales y las empresas de medicina prepaga, quienes tengan que hacerse cargo de los costos de las intervenciones quirúrgicas en los casos de que integrantes de la comunidad trans del país deseen modificar su genitalidad.
El trasfondo de dicha propuesta tiene que ver con que en la actualidad un alto número de personas termina sufriendo graves consecuencias físicas, a veces hasta llegan a la muerte, por no poder costear la intervención quirúrgica de cambio de sexo en el ámbito privado y con las garantías sanitarias pertinentes. Esto, sumado a otros efectos lamentables de no poseer una identidad correcta y legal, hace que la edad promedio de las personas trans en Argentina sea de apenas 35 años, según señalan estadísticas oficiales.
“Las compañeras de menos recursos se hacen transformaciones del cuerpo de manera casera o ingieren hormonas fuera de la prescripción médica que terminan dañando su vida”, relató Pedernera para demostrar que esta problemática debe entenderse como un tema de “salud pública”, tal como subrayó la referente local de INADI.
El código del estigma
En la provincia, el INADI y las organizaciones LGBT vienen organizando una serie de foros destinados a debatir estas temáticas y plantear pasos a seguir en conjunto con el fin de militar los proyectos de restitución de derechos para la diversidad.
Sandra Pasarella contó que a lo largo de estos encuentros aparece como recurrente el antiguo planteo de las chicas trans sobre la persecución policial que padecen en las calles de la ciudad. Por lo tanto, además de la necesidad de luchar por la sanción de la Ley de Identidad de Género, surgió la propuesta de reclamar a los legisladores la derogación de los artículos discriminatorios del Código Penal de la provincia, que data del año 1965 y fue creado bajo la Ley 3365.
“Los Códigos de Falta son normas de convivencia entre los vecinos, y en la mayoría de las provincias han sido reformados con esta perspectiva, pero en Mendoza no. De hecho tenemos una legislación con fecha del siglo pasado”, se lamentó. También dio cuenta que las normas contravencionales “tienen sus antecedentes en lo que han sido los viejos edictos de la policía”; y que en este sentido “siempre son utilizados como herramientas de control social para disciplinar a sectores que han sido históricamente discriminados y vulnerados como son los homosexuales, las lesbianas, las transexuales, los jóvenes, los pobres, los adictos, etc.”
A su vez, el Código mendocino está desactualizado respecto a los Tratados Internacionales de Derechos Humanos incorporados a la Constitución Nacional desde 1994. Por lo tanto debe considerárselo como “anticonstitucional” y "violatorio de derechos humanos".
En concreto, desde INADI y las agrupaciones LGBT se cuestionan dos artículos puntuales del Código de Faltas provincial: el que hace a la “Prostitución escandalosa y homosexualidad” (Art. 54 y 54 bis) y el que se refiere a la “Prostitución peligrosa” (Art. 55 y 55 bis).
Para estas organizaciones, los artículos antes citados son utilizados por la policía como “herramientas para hostigar y perseguir a los grupos vulnerados y estigmatizados”. En este punto es necesario entender que las mujeres trasn en situación de prostitución han sido empujadas a subsistir de ese modo debido a la falta de una documentación que las identifique correctamente, y a los condicionamientos sociales que presentan. En la mayoría de los casos se trata de personas que han sido rechazadas de su propio núcleo familiar desde muy pequeñas, y que a esa ausencia de contención se le suma la carencia de una documentación acorde. Esta situación ha ido cerrando sus posibilidades laborales.
De acuerdo a los testimonios de transexuales que asisten a los foros, la policía se apoya en estas normas para “coimearlas” en sus puestos de trabajo. “Si no pagamos el ´permiso´ nos llevan presas sin ninguna garantía”, contó una integrante de la comunidad trans.
Además, las fuerzas policiales se basan en dichos artículos para “judicializar la salud de las trans”, ya que se les ordenan exámenes médicos compulsivos y se les aplican peores reprimendas a quienes estén afectadas por enfermedades de transmisión sexual.
Sobre esta realidad que deben afrontar las personas indocumentadas por el solo hecho de haber construido una identidad de género distinta a su genitalidad, es que el INADI y las organizaciones de la diversidad planean el próximo martes 17 de mayo, fecha en que se celebra internacionalmente el “Día contra la Homofobia, Lesbofobia y Transfobia”, solicitar públicamente a los legisladores mendocinos la derogación de los artículos discriminatorios del Código de Faltas provincial. Además, pedirán que la Ley de Identidad de Género sea declarada de interés legislativo.
No obstante, para Pasarella con esto no basta para frenar los flagelos a los que socialmente se expone a este sector: “Si la policía no se plantea puertas adentro el tema de la formación de su personal estos hechos discriminatorios seguirán ocurriendo. Es imprescindible que la perspectiva de derechos humanos avance en la institución policial”, concluyó.
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