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Serán intermedias. El dato se dio a conocer en una reunión sobre la reforma del Ministerio Público Fiscal.
Alejandro Gullé, el primero en la foto, es el principal militante de la reforma de la ley de Ministerio Público Fiscal. Foto: Prensa Diputados de Mendoza.
En un plenario en el que se reunieron las comisiones de LAC, las bicamerales de Hacienda y de Seguridad y el Procurador de la Corte, Alejandro Gullé, se debatió sobre el proyecto de reforma de la ley de Ministerio Público Fiscal. Allí trascendió que la nueva legislación prevé sanciones intermedias para los fiscales.
El debate sobre la reforma de la Ley del Ministerio Público cada vez está más cerca de llegar al recinto de la Legislatura. Esta mañana algunos legisladores se reunieron con el Procurador de la Corte, quien dio respuestas e hizo aclaraciones sobre diversas inquietudes que tenían senadores y diputados.
La modificación en la legislación sobre el Ministerio Público pretende, principalmente, dividir dicho organismo y así crear un Ministerio Público de Defensa. Gullé expresó hoy que considera una “esquizofrenia funcional” el hecho de que las estrategias de defensa y de investigación estén bajo una misma persona: el Procurador. Sin embargo, en el plenario se trataron otros aspectos que quizás en un primer momento se consideraron de menor relevancia.
María José Ubaldini, senadora del Partido Justicialista (PJ), había señalado anteriormente algunas falencias o errores en la reforma de la ley. Una de ellas apuntaba al artículo 28, en el inciso 21, sobre la facultad disciplinaria del Procurador. Esta parte de la legislación especifica que esa figura será capaz de aplicar a todos los miembros del Ministerio Público Fiscal las sanciones que correspondan.
Lo que Ubaldini señaló, y con lo que hoy Gullé manifestó estar de acuerdo, fue que ese inciso debería afectar a todos los fiscales excepto a los magistrados, ya que la sanción que se les aplique debe estar acordada por un jury de enjuiciamiento y una sola persona. El recientemente designado Procurador estuvo de acuerdo con esa observación y aseguró que la redacción del artículo será modificada. Además, explicó junto al radical Juan Carlos Jaliff que habrá otro tipo de sanciones a fiscales, calificadas como “intermedias” entre el apercibimiento y el jury. Son ejemplos la suspensión o la multa.
También trascendió en la reunión el tema de los fiscales sustitutos. Estos serán “reemplazantes” de los fiscales en caso de renuncia, muerte, destitución o licencia prolongada. También será el Procurador quien los designe a través de un orden de prioridad establecido por la ley reformada: en primer lugar estarán los miembros del Ministerio Público, le seguirán los miembros del Poder Judicial y los abogados de la matrícula. Estos deberán haber rendido y aprobado las evaluaciones para el cargo ante el Consejo de la Magistratura. En caso de que no hubiese “candidatos” entre esas tres opciones, se podrá elegir un fiscal sustituto entre los funcionarios del Ministerio Público que reúnan los requisitos constitucionales para el cargo por cubrir.
Gullé destacó, al comienzo del plenario, la relevancia de esta reforma, ya que considera que es un avance significativo en cuanto a la autonomía del Ministerio Público Fiscal, sobre todo en lo que se refiere a la autonomía financiera del organismo. También señaló la importancia de rever las condiciones laborales de los fiscales en sus oficinas, porque –según aseguró– trabajan en situaciones indignas. Al final, agradeció a todos los legisladores que asistieron a la reunión para poder tratar la nueva legislación.
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