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Permitirá, en forma virtual, continuar o reprogramar las audiencias conciliatorias ingresadas antes del 20 de marzo.
Fachada de la Subsecretaría de Trabajo. Foto publicada por sitioandino.com.ar
Fuente: Prensa Gobierno de Mendoza
Publicado el 20 DE ABRIL DE 2020
Mediante la publicación del Decreto 553, publicado este lunes en el Boletín Oficial de la Provincia, el gobernador de Mendoza, Rodolfo Suarez, dispuso la habilitación de manera excepcional y, por 30 días hábiles judiciales, la reapertura y funcionamiento de la Oficina de Conciliación Laboral (OCL).
Su puesta en marcha estará condicionada al uso de herramientas tecnológicas y de la información suministrada a través de las bases de datos de los organismos nacionales, provinciales o municipales, colegios profesionales de los operadores jurídicos, cámaras empresariales o entidades sindicales.
Por esto, la Subsecretaría de Trabajo y Empleo deberá elaborar el protocolo de actuación de los servicios habilitados:
Abogados laboralistas, "con las manos atadas" frente a los despidos
Abogados civiles y de familia aseguran que esos fueros no están funcionando durante la cuarentena obligatoria como dice afirmar el Gobierno. Frente a un caso de despido o incumplimiento de pago de alimentos, las y los damnificados no pueden defenderse ya que los letrados no pueden presentar recursos ante la Justicia porque no tienen permiso para circular, no están digitalizados y las respuestas de los jueces a casos urgentes no son rápidas.
Cumplimiento de los acuerdos ya celebrados
La puesta en marcha de la OCL permitirá contribuir a mitigar el impacto que la pandemia ha ocasionado en el ámbito de las relaciones laborales, mediante el uso de herramientas tecnológicas y procedimientos administrativos que puedan realizarse con la menor afectación de personal posible, en armonía con las disposiciones actuales de aislamiento.
Acerca de la OCL
La OCL, creada por Ley 8990 en 2017, funciona en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo, que tiene la competencia exclusiva para intervenir en los acuerdos conciliatorios espontáneos, tanto individuales como colectivos que se celebren entre trabajador y empleador respecto a la ejecución y extinción del contrato de trabajo. Es importante señalar que, durante la cuarentena, este organismo público continuó prestando servicios relacionados con la fiscalización de la legislación laboral vigente, inspecciones de urgencia y acciones vinculadas con conflictos laborales colectivos, teniendo en cuenta los servicios y actividades exentas del aislamiento.
Para obtener más información al respecto, los interesados pueden dirigir su consulta al siguiente correo electrónico: lcabrera@mendoza.gov.ar.
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