Fracking: organizaciones de distintos países respaldaron la presentación de Oikos ante la Corte

Sus integrantes explicaron por qué apoyan la acción de inconstitucionalidad contra el Decreto Provincial 248. Consideran que viola leyes nacionales y tratados internacionales.

Fracking: organizaciones de distintos países respaldaron la presentación de Oikos ante la Corte

Vaca Muerta es uno de los reservorios de hidrocarburos no convencionales más grandes de Sudamérica. Foto: ilustrativa

Sociedad

Fracking

Unidiversidad

Verónica Gordillo

Publicado el 26 DE FEBRERO DE 2021

Organizaciones nacionales e internacionales que trabajan en la defensa del ambiente apoyaron la acción de inconstitucionalidad que presentó Oikos ante la Suprema Corte de Justicia contra el Decreto Provincial 248. Este regula la declaración de impacto ambiental que deben obtener las firmas que pretendan utilizar la técnica de la fractura hidráulica para la exploración o explotación de hidrocarburos.

A través de una conferencia virtual, integrantes de las organizaciones Earthjustice, Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN),  Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos (Xumek) e Identidad Territorial Malalweche dieron las razones por las que apoyan la presentación de la ONG mendocina.

VER TAMBIÉN: Fracking: la Corte analizará el decreto reglamentario

 

Presentación ante la Corte

En abril de 2018, Oikos presentó acciones de inconstitucionalidad y procesal administrativa contra el Decreto Provincial 248, que se publicó el 9 de marzo en el Boletín Oficial. En esa norma, que reglamenta la evaluación de impacto ambiental, se establecen los estudios que deben aportar las compañías y los controles a los que estarán sometidas, además de determinar que la autoridad de aplicación es la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, a través de la Dirección de Protección Ambiental (DPA).

Oikos concretó la presentación ante la Corte porque es el máximo tribunal el que tiene la atribución de controlar la constitucionalidad de las normas. Esto no solo incluye las leyes vigentes, sino también los tratados internacionales a los que suscribió Argentina y que a partir de 1994 tienen rango constitucional.

El método de la fractura hidráulica está contemplado en leyes nacionales, pero son las provincias las que deben regular cómo se concretará y los controles que se aplicarán. Esta es una técnica para extraer hidrocarburos no convencionales que están atrapados en la roca, a través de la perforación de un pozo entubado a profundidad y la inyección de agua (y otros productos) a alta presión. 

VER TAMBIÉN:El fracking, en el centro de una audiencia pública

 

Las razones de las organizaciones

Los integrantes de las organizaciones coincidieron en dos aspectos: que el decreto viola leyes nacionales en materia ambiental, así como tratados internacionales a los que Argentina adhirió, y que existe información documentada respecto de los impactos negativos de la técnica en países donde se puso en marcha, tanto para el medio ambiente como para las comunidades.

Jacob Kopas, integrante de Earthjustice, explicó que el objetivo de la organización es compartir la experiencia acumulada en Estados Unidos, donde hace 15 años comenzaron a utilizar esta técnica considerada novedosa. Dijo que existen diversos estudios que muestran los riesgos y daños que conlleva para el medio ambiente y la vida humana.

Kopas enumeró esos riesgos: contaminación de aire por escapes de metano y de aguas de superficies por derrames, también de las subterráneas, y de temblores. Por esto, recalcó que antes de autorizar la técnica, es necesario contar con estudios serios que prevean cómo se mitigarán los posibles impactos.

El profesional explicó que gobiernos de otros países optaron poner en marcha lo que se conoce como “moratoria judicial" para salvaguardar los recursos, como Francia, Alemania, Inglaterra, Escocia, y Estados Unidos (en algunos estados, la técnica está permitida y en otros prohibida), frenos que también se implementaron en Brasil y Uruguay.

Kopas subrayó que, a su entender, Mendoza tiene dos caminos: puede “entrar a ciegas” y permitir la técnica, o aprender de los errores de otros países y conocer mejor los impactos que tiene. “Esperamos que la Corte vaya por ese camino”, recalcó.

VER TAMBIÉN: Acuerdo de Escazú: de qué se trata el pacto verde que ratificó Argentina

 

Los riesgos

El geólogo Andrés Ángel, de AIDA, explicó los impactos de la técnica que están documentados: desencadenamiento de sismos, exacerbación del cambio climático, acuíferos contaminados, intervenciones en el territorio (durante y posterior a la construcción del pozo), entre otras.

Claudia Velarde Ponce de León, también integrante de AIDA, comentó que la técnica presenta un “alto grado de complejidad e incertidumbre científica” por su impacto en el medio ambiente. Pese a esto, dijo que la organización busca aportar su experiencia acumulada, como el caso de Colombia, donde se frenó en base a fundamentos jurídicos, científicos y políticos.

La letrada dijo que el decreto mendocino no toma en cuenta la incertidumbre científica, no contempla todos los daños ni el principio de precaución, un concepto clave de derecho internacional. Además, subrayó que ignora el incremento de emisiones de metano, lo que agrava el cambio climático. Basada en estos fundamentos, la profesional dijo que los integrantes de la Corte local tienen la posibilidad de dar un mensaje claro en cuanto al cuidado del medio ambiente.

Santiago Cané, de FARN, aseguró que el objetivo de sacar el Decreto 248 fue legalizar el fracking y no proteger el medio ambiente. Describió la norma como débil, por considerar que no establece parámetros mínimos de seguridad para prevenir futuros daños, por lo que cualquier firma los cumplirá.

María José González, integrante de Xumek (organización que se presentó como “amiga del tribunal” en la causa que debe resolver), dijo que la letra del decreto “está en tensión” no solo con leyes nacionales, sino también internacionales, como el acuerdo de Escazú, que garantiza derechos en materia ambiental en América Latina y el Caribe, y al que Argentina adhirió.

Por su parte, Gabriel Jofré, de Identidad Territorial Malalwueche, explicó que se presentaron ante la Justicia para ser parte del proceso. Dijo que la experiencia de la técnica que el Gobierno autorizó en pozos de Malargüe se realizó sin respectar los procedimientos administrativos y con presión pública hacia los integrantes de organizaciones que defienden el medio ambiente.

Jofré comentó que tanto las firmas como los sindicatos planteaban la existencia de “licencia social” y ajusticiaban públicamente a las organizaciones ambientales”, ante una población empobrecida y con un elevado nivel de desempleo. Frente a esto, la organización planteó los riesgos y daños a los que se exponen con el uso de la técnica.

 

Presentación de pruebas y opinión de Fiscalía

Los integrantes de la Sala 1 de la Corte analizan la acción de inconstitucional que presentó Oikos contra el decreto provincial. Ahora se encuentran en la etapa de presentación de pruebas, la que debería concluir en marzo.

Como parte del proceso, y debido a que la acción es contra la Provincia, ya emitió su opinión Fiscalía de Estado. En el escrito, se detalló que la demanda de Oikos “no está correctamente planteada en lo formal y no debería prosperar”, teniendo en cuenta que la posibilidad de desarrollar el fracking no proviene del decreto cuestionado, sino de la Ley nacional 27007, de acuerdo a información aportada a Unidiversidad desde la Dirección de Asuntos Ambientales de ese organismo.

En el escrito, profesionales de Fiscalía entendieron que el decreto cuestionado “aumenta las exigencias del régimen de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) vigente, siendo legítimo que se aumenten los controles específicos frente a dicha actividad”. Por esto, expresaron que la anulación del mismo no impediría la realización de la técnica (vigente por la Ley 27007) sino que le restaría controles, en la medida en que estaría sometido al régimen general de EIA.

fractura, hidráulica, fracking, ambiente, oikos, mendoza,