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05 DE DICIEMBRE DE 2024
La Red Ambientalista presentó una acción de inconstitucionalidad contra la resolución 249. Determina el proceso que deben respetar las firmas para preservar y controlar la calidad del agua.
La empresa El Trébol inició las tareas en Puesto Rojas para explorar hidrocarburos ubicados en yacimientos no convencionales. Foto: Prensa Gobierno.
Integrantes de Oikos Red Ambiental presentaron una acción de inconstitucionalidad contra una resolución del Departamento General de Irrigación (DGI), que establece medidas de prevención y control para preservar la calidad del agua en todos los proyectos donde una empresa utilice la técnica de la fractura hidráulica. Así lo confirmó Juan Carlos Nievas, abogado de la organización.
Esta presentación se conoce pocos días después de que el Ejecutivo anunciara que la firma El Trébol SA había iniciado las tareas en Puesto Rojas, Malargüe, con la intención de extraer hidrocarburos asentados en reservorios no convencionales.
Fracking: la Corte analizará el decreto reglamentario
Integrantes de Oikos presentaron un recurso de inconstitucionalidad ante el supremo tribunal mendocino. El Ejecutivo ya fue notificado y tiene 20 días para contestar.
La presentación
La acción de inconstitucionalidad que presentó la organización va contra la resolución 249 del Honorable Tribunal Administrativo del DGI, fechada el 15 de junio de 2018. En el escrito, se establecen las medidas preventivas y los controles que deben cumplir las empresas que realicen actividades de exploración o explotación sobre formaciones hidrocarburíferas no convencionales (con la técnica de la fractura hidráulica) para preservar la calidad de las aguas superficiales y subterráneas.
La resolución de Irrigación está atada al decreto provincial 248, que regula la Declaración de Impacto Ambiental que deben cumplimentar todas las empresas que pretendan utilizar el método de la fractura hidráulica. Esto obedece a que en uno de sus artículos encomienda a Irrigación, teniendo en cuenta su autarquía constitucional, que regule todo lo inherente a la prevención en el cuidado del agua.
Nievas explicó que el fundamento central de la presentación es que –a su entender– la resolución viola el orden de prioridades establecido en la Ley de Aguas, que se oculta información pública y que no se permite la participación ciudadana en la toma de decisiones. Desde la oficina de Prensa de Irrigación, explicaron que los integrantes de la Dirección de Asuntos Legales del organismo estudian la contestación, ya que tienen veinte días hábiles para concretarla. Además, informaron que darán intervención a Fiscalía de Estado, como sucede siempre en estos casos.
Fracking: Nanclares propone una audiencia pública
El presidente de la Suprema Corte sugirió que ese tipo de consulta podría ser útil para determinar la postura de la provincia ante la explotación de recursos petrolíferos no convencionales.
A la Corte
Esta es la segunda presentación que concreta la red ambiental relacionada con la fractura hidráulica. En abril de 2018, presentó ante la Suprema Corte de Justicia una acción de inconstitucionalidad y una penal administrativa contra el decreto provincial 248, que reglamenta la Declaración de Impacto Ambiental que deben obtener todas las empresas que pretenden utilizar la técnica de la fractura hidráulica.
Luego de la presentación, el presidente de la Corte, Jorge Nanclares, explicó que propondría realizar una audiencia pública, teniendo en cuenta la complejidad de la problemática. Para que esta iniciativa se convierta en realidad, es necesario contar con el consenso de todos los integrantes del tribunal.
Defienden estándares ambientales del fracking
El Gobierno insiste en la calidad del decreto 248, que regula la práctica.
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