El fin de los linchamientos mediáticos

Ecuador acaba de aprobar su nueva Ley de Medios, una interesantísima nueva referencia en materia comunicacional en Latinoamérica. Hasta el momento, Ecuador y Argentina son los dos países que han logrado poner en cuestión el poder monopólico de los medios de comunicación privados.

El fin de los linchamientos mediáticos

Foto: Agencia EFE

Sociedad

Unidiversidad

Rodrigo Farías

Publicado el 17 DE JUNIO DE 2013

Más de cuatro años de gestión ha implicado la sanción de la nueva Ley de Comunicación que finalmente se volvió una realidad el pasado 14 de junio de 2013 en Ecuador. La ley ecuatoriana posee un espíritu similar a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual argentina, aunque, por un lado, presenta características legislativas más modestas, como, por ejemplo, al momento de normar la regulación digital; por otro lado, incorpora innovaciones conceptuales como la noción de “linchamiento mediático”, que identifica y sanciona potenciales operaciones mediáticas orientadas al desprestigio discrecional realizado sobre personas físicas o jurídicas.

Como toda acción que influye de manera sustancial en la vida social y política de un país, la medida ha obtenido el apoyo o el rechazo, según el caso, de los sectores de interés puestos en juego. Desde la oposición al gobierno de Rafael Correa, solidarizada con los intereses de los medios de comunicación privados, han definido a la norma como una “ley mordaza”, debido a que en el texto se establecen procedimientos de sanción frente a casos que no se ajusten a los parámetros de responsabilidad comunicacional establecidos en la ley. Por otro lado, y en opuesto sentido, innumerables organizaciones sociales y políticas han celebrado la medida debido a que establece una reorganización del sistema comunicacional del país, ya que instituye una nueva distribución de las licencias que abre la posibilidad de participación a nuevos actores. A partir de la Ley se propone dividir el otorgamiento de licencias en tres partes: 33 por ciento a entidades privadas, 33 por ciento a instituciones públicas y 34 por ciento a organizaciones comunitarias.

Para llevar adelante el nuevo reparto de las licencias, la ley establece la creación de una Consejo de Regulación de Medios, que tendrá por función regular  el acceso a la información, contenidos y franjas horarias, como así también la elaboración de reglamentos y de informes para la adjudicación de frecuencias, entre otras competencias.

Los miasmas opositores

Esta nueva distribución cambiará radicalmente el panorama mediático ecuatoriano, fuertemente monopolizado durante décadas por parte del sector financiero de ese país, constituido por un grupo de familias que lograron hacerse con el control de los bancos y medios de comunicación nacionales más importantes.

Desde finales de la década del 90, la Banca de Ecuador avanzó fuertemente sobre la propiedad de distintos medios de comunicación y con ello concibió un enorme poder de influencia social afín a sus intereses sectoriales. Sin embargo, desde los inicios de su primer Gobierno, Rafael Correa combatió esta situación logrando que en 2011 se impidiera por ley la co-propiedad de bancos y medios. La Ley de Medios se presenta como el siguiente avance en torno a la democratización de la comunicación, luego de haber conseguido su desvinculación de los bancos.

Con respecto a las voces opositoras de la ley y a los sectores que han ostentado hasta el momento el control comunicacional, el legislador y patrocinante de la medida, Mauro Andino, sostuvo: “Sus intereses son seguir siendo las únicas voces escuchadas. Quienes no han dudado en tratar la información como un negocio o mercancía no han parado ni van a parar de criticar este proyecto de ley a lo largo de estos cuatro años, como lo han hecho difundiendo ideas erróneas y manipuladas”, dijo Andino.

La trayectoria del debate

En gran medida, el proyecto estuvo trabado durante casi un período completo de gobierno por la fuerte presión e influencia de los medios de comunicación privados de ese país sobre los cuerpos legislativos opositores, que durante este tiempo tuvieron la capacidad de frenarla en base al porcentaje de representación que poseían sus miembros frente a la Asamblea de Ecuador.

A diferencia de la situación previa a la rotunda victoria electoral del partido Alianza País, encabezado por el presidente Rafael Correa, esta vez el oficialismo contó con una holgada mayoría constituida por 100 de un total de 137 legisladores. De esta forma, el texto de la flamante ley de medios ecuatoriana pudo ser aprobado por 108 votos a favor, contra 26 votos negativos y una abstención.

Por otra parte, para la sanción de la ley también resultó necesaria la incorporación al debate de los distintos actores sociales. En función de tal objetivo, se utilizó en Ecuador una metodología similar a la empleada en la Argentina basada en consultas populares amplias donde se discutieran los distintos aspectos comprendidos en el proyecto.

El proceso de inscripción del debate en la sociedad fue paulatino. En función de esto, en una nota publicada en cuestiondigital.com, la periodista Sally Burch indicó que “si bien no se logró –como en Argentina que las organizaciones sociales se movilizaran muy proactivamente a su favor, poco a poco estas tesis fueron adquiriendo legitimidad en la sociedad, a tal punto que ahora ni siquiera los sectores de derecha y los grandes medios se atreven, por lo general, a desconocer abiertamente la justeza del reparto equitativo de las frecuencias”. Otro tanto expresó la presidenta de la Asamblea, Gabriela Rivadeneira, al momento de aprobarse la ley, quien sostuvo que “ningún proyecto de ley ha sido tan debatido, tan socializado como el proyecto de Ley de Comunicación”.

Las propuestas

Aunque terminológicamente parezcan diferentes, conceptualmente, en términos generales, la ley argentina y la ecuatoriana responden a un mismo espíritu. En este sentido, a diferencia de la legislación argentina que entiende a la comunicación como un derecho antes que como un servicio, la nueva norma ecuatoriana, en palabras de su mentor, Mauro Andino, define a la comunicación como un servicio público que debe ser prestado con responsabilidad y calidad.

Si bien la medida no permite ninguna posibilidad de censura previa, sí identifica responsabilidades ulteriores en base a lo que se publique en los medios de comunicación. En función de ello es que se establece la creación de una Superintendencia de Información y Comunicación, que tendrá como obligación establecer mecanismos de vigilancia, auditoría, intervención y control del buen oficio de los medios de comunicación y que tendrá capacidad para sancionar su actuación en los casos correspondientes.

Otro punto interesante de la ley es que también se ocupa de las condiciones laborales de los/las trabajadores/as de comunicación. En este sentido, establece mecanismos de sanción para aquellos medios de comunicación en los que se sostengan condiciones precarias de trabajo. También propone la regulación del oficio periodístico, obligando a que las tareas informativas sean producidas por profesionales de la comunicación, quedando abierta la posibilidad de que los espacios de opinión o especializados sean trabajados por cualquier persona.

Otro punto de suma importancia es el referido a la eliminación y prohibición de monopolios de medios audiovisuales. En esto, la ley ecuatoriana es mucho más avanzada que la argentina, dado que es más rigurosa que la LSCA a la hora de establecer límites de propiedad de licencias. La Ley de Medios ecuatoriana establece que una persona natural o jurídica no puede acceder más que a la propiedad de una matriz de radio en AM, una en FM y una en televisión. La norma también prevé la reversión al Estado de las frecuencias que estén mal habidas o que hayan incumplido con sus obligaciones legales.

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