Ficha Limpia: en Mendoza, 12 personas fueron rechazadas para participar en las PASO 2021
La provincia es la única que tiene la ley aprobada y promulgada. No rige para cargos nacionales. Los y las candidatas que sorteen las primarias deberán revalidar sus antecedentes.
Foto: ilustrativa
La denominada Ley de Ficha Limpia es una norma que incorpora requisitos a la reglamentación existente sobre las condiciones necesarias para ser candidata o candidato a cargos públicos electivos. Establece la imposibilidad para aquellas condenadas penalmente por delitos de corrupción y otros que se consideran odiosos y graves para la ciudadanía, exigiendo iguales requisitos para todos los funcionarios estatales de todos los niveles del Gobierno provincial y municipal.
Mendoza es la única provincia que tiene la Ley de Ficha Limpia aprobada y promulgada en el país. También está aprobada en Chubut, pero no está promulgada.
María José Sanz, diputada provincial por Cambia Mendoza y una de sus impulsoras, afirmó a Unidiversidad: “Pretendemos que se haga eco en el resto de las provincias y que se trate en la Nación. Hay 16 proyectos presentados en el Congreso nacional hasta el momento”.
Ficha Limpia habla claramente de que es para personas condenadas –en Mendoza es en primera instancia– y se detalla para delitos vinculados con la corrupción, contra la integridad sexual de las personas, contra la vida (homicidios, asesinatos, etc.) y delitos contra la integridad. Los delitos de corrupción son muy amplios, van desde la malversación de fondos públicos hasta enriquecimiento ilícito.
“Cuando la persona esté condenada por algunos de los delitos estipulados, mientras dure su condena, no podrá ser candidata ni ejercer ningún cargo público de referencia. En Mendoza, también abarca los poderes Ejecutivo y el Judicial”, expresó Sanz. El derecho a poder elegir y ser elegidos son derechos constitucionales, pero mientras dura la condena, lo que hace Ficha Limpia es proteger a la ciudadanía de una persona corrupta, homicida, etc.
“Cuando cerraron las lista en Mendoza para los precandidatos a las PASO 2021, aproximadamente una docena de personas –de los 2600 candidatos y candidatas que se presentaron– registraron antecedentes penales de estos tipos de delitos tipificados. En estos casos, la Junta Electoral tuvo que comunicarse con las agrupaciones políticas correspondientes y tuvieron que cambiar a esas personas”, afirmó la diputada.
Además, es importante recalcar como información que todos los postulantes que sorteen las PASO tendrán que volver a presentar sus certificados de antecedentes penales. Esto se hace porque, durante ese lapso previo a las legislativas generales, puede pasar que una persona que se presentó como candidato o candidata obtenga sentencia firme por algún delito.
Ahora, ¿qué pasaría si una persona ya asumió como funcionario o funcionaria y resulta condenada? “En ese caso, es la Cámara (Diputados o Senado) la que define si esa persona debe renunciar o no, dependiendo del tratamiento de los fueros que tenga. En este sentido, me parece que es una discusión que debemos dar en la provincia a la hora de modificar el tema de los fueros”, declaró Sanz.
Ficha Limpia a nivel nacional
En cuanto al tratamiento de Ficha Limpia en el resto de las provincias, la diputada provincial indicó: “El año pasado, cuando tratamos la ley en Mendoza, varias provincias se animaron a tratarlo como proyecto. En Neuquén, los votos fueron negativos; en Córdoba, no se alcanzaron los números para el quorum; en Misiones, salió con despacho en comisiones, pero no llegó a ser tratado”.
“Va a depender de que las provincias ‘empujen’ la aprobación en cada una de sus jurisdicciones. De esta manera, no le quedará otro camino al Congreso de la Nación. Además, creo que la presión social sobre los actos de corrupción por parte de algunos candidatos y candidatas está haciendo que prestemos atención en cuanto a este tema”, señaló la diputada.
El caso Sebastián Romero en la provincia de Santa Fe
Fue noticia y se hizo viral en redes sociales en las últimas semanas: Sebastián Romero será precandidato a senador nacional por el Frente de Izquierda y de los Trabajadores (FIT) en Santa Fe. Se trata del militante que se hizo "famoso" por lanzar un mortero contra las fuerzas de seguridad durante las protestas frente al Congreso de diciembre de 2017 contra la reforma previsional que impulsaba el gobierno de Mauricio Macri.
En 2017, la Corte Suprema de Justicia de la Nación avaló este criterio al pronunciarse en el caso del expresidente y exsenador fallecido Carlos Menem.
¿Qué dice la ley?
La ley fue aprobada por mayoría de votos y establece además que los partidos políticos o alianzas electorales deberán exigir a todos sus precandidatos y candidatos el Certificado de Antecedentes Penales que acompañará la presentación de listas. De no hacerlo, tendrán 24 horas para su presentación o el reemplazo del candidato, bajo riesgo de que la lista no pueda participar de las elecciones.
En líneas generales, se incorporaron más delitos a las limitaciones para poder ser candidato a un cargo electivo, “como el homicidio simple; todas las agravantes del homicidio; el homicidio culposo agravado por conducción indebida, cuando una persona ha ingerido sustancias, alcohol, o por exceso de velocidad, con abandono de persona; el homicidio como resultado de riña; la privación ilegítima de la libertad; la desaparición forzada de personas; la tortura, o cuando una persona encargada de un menor de 10 años no lo presenta a sus padres o tutores cuando le fuera requerido”, enumeró Sanz. “La explotación por trabajo infantil, la coacción, las amenazas agravadas, el robo seguido de homicidio, la extorsión y el secuestro extorsivo, fraude a la Administración Pública, y un capítulo que también se incluye son los delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional”, agregó.
La Convención Americana de Derechos Humanos, a la que nuestro país adhiere constitucionalmente, sostiene en su artículo 23 que todos los ciudadanos tienen derecho a “votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas”, aunque este derecho puede ser reglamentado “por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal”.
Cabe destacar que la Ley de Ficha Limpia es a nivel provincial, por lo que se exige el Certificado de Antecedentes Penales a los candidatos y candidatas que se postulen a cargos de nivel provincial. Por ello, quedan exceptuados los cargos a nivel nacional –diputados y senadores–.
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