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La querella pidió un cambio de calificación para el crimen de la menor. El juicio pasó a cuarto intermedio hasta el 25 de septiembre.
Foto: Axel Lloret
Unidiversidad / Milagros Martín
Publicado el 09 DE SEPTIEMBRE DE 2015
Por primera vez piden que se impute a un hombre acusado de matar a golpes a su hijastra por el delito de femicidio. En una nueva jornada por el juicio del caso de Luciana Rodríguez, la niña que falleció en enero de 2014 como consecuencia del maltrato sistemático ejecutado por su padrastro, la querella pidió que se caratule la causa bajo la figura de femicidio agravado por alevosía y ensañamiento. La abogada querellante, Graciela Cola, pidió el cambio de calificación argumentando que ha quedado acreditado que Jorge Orellano, padrastro de Luciana, sometía a violencia psicológica y física a todas las mujeres de su familia, incluida Rita Rodríguez, la madre de la pequeña.
Si bien generalmente se usa el término "femicidio" para referirse al asesinato de una mujer cometido por un hombre en el marco de una relación amorosa o sexual, la letrada apoya su pedido en la letra del inciso 11 del artículo 80 del Código Penal. Allí se estipula que debe quedar condenado a prisión perpetua cualquier hombre que mate a una mujer con violencia de género de por medio.
Según Cola, quien representa a la abuela materna de Luciana, existen tres componentes en términos jurídicos de la violencia de género: la existencia de abuso de una situación de poder de hecho de un hombre sobre una mujer, el hecho de que el agresor sea un hombre y la agredida una mujer, y la misoginia.
Ensañamiento y participación primaria
En la audiencia, la querella y la Fiscalía, que apoyó el pedido de cambio de carátula, solicitaron que al delito se le sume el agravante de ensañamiento, que refiere a hacer sufrir conscientemente a una persona hasta la muerte. Cola sostuvo esta postura diciendo que Luciana murió a causa de una violencia prolongada en el tiempo por parte de Orellano. Según está acreditado en la causa, los maltratos se venían sucediendo desde mediados de diciembre de 2013 y el asesinato de la menor ocurrió a principios del mes siguiente.
Los cambios pedidos también alcanzarían a Rita. En vez de coautora del femicidio, su rol en el crimen sería de participante primaria del delito agravado por el vínculo. Cola señaló que no se puede acusar de autoría a alguien que no se encontraba presente en el lugar del crimen, ya que se comprobó que Rita no estaba en su domicilio en el momento en el que Luciana fue asesinada. La pena por esta figura también es de prisión perpetua, porque la mujer no actuó en pos del cuidado de su hija aun teniendo conocimiento de la violencia a la que la niña estaba sometida por parte de Orellano.
Graciela Cola espera que estos nuevos “ajustes jurídicos”, tal como ella los denominó, sienten precedentes para futuros casos de violencia de género y femicidios. Se estima que el debate continúe el próximo 25 de septiembre, cuando posiblemente se presenten dos testigos más: un médico forense y un empleado de comercio cercano al domicilio de la familia, quien llamó al 911 aquel 7 de enero. Hasta entonces, la querella puede seguir sumando pruebas a sus acusaciones y la defensa puede rearmar su estrategia.
El caso
Luciana Rodríguez falleció a sus tres años el 7 de enero de 2014, luego de ser abandonada en una camilla de la Clínica Santa María de la Cuarta Sección. Luego de comprobarse a través de testigos que la menor era violentada constantemente por su padrastro, Jorge Orellano, este y la madre de Luciana, Rita Rodríguez, quedaron imputados. El juicio por este caso comenzó el pasado 31 de agosto.
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