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La Ley Nº 27.399 habilita al Ejecutivo a fijar hasta tres feriados puente por año para promover la actividad turística. Hoy se publicó en el Boletín Oficial el decreto que establece las fechas. Habrá un megaferiado para Semana Santa del año que viene.
Foto archivo Marcelo Fernández para UNCUYO
Unidiversidad / Fuente: Infobae
Publicado el 10 DE NOVIEMBRE DE 2017
La ley 27.399, que fue promulgada semanas atrás, habilitó al Poder Ejecutivo a fijar hasta tres feriados puente por año para promover la actividad turística. La norma, además, establece que los feriados trasladables cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles pueden ser trasladados al día lunes anterior y, aquellos que caigan jueves y viernes, al lunes siguiente.
A través del decreto 923/2017, que fue publicado en el Boletín Oficial de este viernes con la firma del presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Turismo, José Gustavo Santos, se comunicó que serán feriados puente los días 30 de abril, 24 de diciembre y 31 de diciembre. Son los tres lunes que anteceden a los feriados por el Día del Trabajador, Navidad y Año Nuevo, respectivamente. El mismo texto adelanta los días que oficiarán de puente en 2019: los lunes 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre.
El ministro de Turismo destacó la importancia de los fines de semana largos para la economía nacional: "Representan el 27,5 % de los viajes que realizan los argentinos durante el año y esto se refleja en empleo genuino y en el derrame en las economías regionales".
"El objetivo de nuestra gestión es tener un promedio de 9 fines de semana largos por año, ya que son útiles y responden a una nueva demanda del turista que estila realizar varias escapadas durante el año", señaló el ministro Santos luego de que se oficializara el cronograma de feriados.
Más allá del esquema de feriados, la ley 27.399 establece como días no laborables para quienes profesen la religión judía los días del Año Nuevo Judío (Rosh Hashana), dos (2) días, el Día del Perdón (Iom Kipur), un (1) día, y de la Pascua Judía (Pesaj) los dos (2) primeros días y los dos (2) últimos días. Por otra parte, fija como días no laborables para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión islámica, el día del Año Nuevo Musulmán (Hégira), el día posterior a la culminación del ayuno (Id Al-Fitr); y el día de la Fiesta del Sacrificio(Id Al-Adha). Los trabajadores que no prestaren servicios en las festividades religiosas mencionadas "devengarán remuneración y los demás derechos emergentes de la relación laboral como si hubieren prestado servicio", dice el texto.
Así, para 2018 tendremos diez fines de semana largos, con un megaferiado de cinco días para Semana Santa
En tanto, para 2019 los fines de semana largos serán lunes 31 de diciembre de 2018 y martes 1 de enero de 2019, Carnaval (4 y 5 de marzo), Semana Santa (18 y 19 de abril), lunes 17 de junio, lunes 8 y martes 9 de julio (primer puente), y los lunes 19 de agosto, 14 de octubre y 18 de noviembre (los dos primeros son puente).
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